Condena a Espa?a por negar la residencia a inmigrantes con papeles de la UE
Los inmigrantes extracomunitarios con m¨¢s de cinco a?os de residencia legal en cualquier pa¨ªs de la Uni¨®n Europea tienen derecho a vivir y trabajar en Espa?a con los mismos derechos que en el pa¨ªs en que la obtuvieron. El Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas ha condenado al Gobierno espa?ol por no adaptar a su derecho nacional la directiva europea que estableci¨® en 2003 el Estatuto de los nacionales de terceros pa¨ªses residentes de larga duraci¨®n que exig¨ªa una reforma de la Ley de Extranjer¨ªa antes del 23 de enero de 2006.
Los extracomunitarios residentes durante m¨¢s de cinco a?os en cualquier pa¨ªs de la UE que desearan trabajar en Espa?a ten¨ªan que contar hasta ahora con un permiso de trabajo y residencia espa?ol lo que, en la pr¨¢ctica, les obligaba a iniciar todos los tr¨¢mites burocr¨¢ticos (en algunos casos volver a su pa¨ªs para hacer un visado) ya que no se consideraban v¨¢lidos los papeles obtenidos en otros pa¨ªses europeos. Sin esa documentaci¨®n exigida por la Ley de Extranjer¨ªa, la estancia m¨¢xima de estos ciudadanos en Espa?a era de tres meses.
La sentencia del tribunal de Luxemburgo considera que esa pr¨¢ctica es contraria al estatuto del residente de larga duraci¨®n que recoge la directiva. En sus art¨ªculos 14 y siguientes, esa norma establece que estos inmigrantes tienen derecho a residir en cualquier otro estado miembro diferente del que inicialmente los acogi¨® con la finalidad de trabajar o estudiar.
Reforma legal
El Gobierno aleg¨® ante el tribunal que la transposici¨®n de la norma europea exige una reforma de la Ley de Extranjer¨ªa que necesita una mayor¨ªa absoluta del Parlamento, por lo que no fue posible aprobarla en el plazo que establec¨ªa la propia norma y que termin¨® en 2006.
"No puede considerarse que la legislaci¨®n espa?ola adapte el derecho interno, ni tan siquiera parcialmente, a la directiva", mantiene el tribunal. "Espa?a no ha dado explicaci¨®n alguna acerca del modo en que se calcula el per¨ªodo de cinco a?os que permite acceder al estatuto de residente permanente", contin¨²a la sentencia que recuerda que el derecho espa?ol no regula "los requisitos de residencia de los nacionales de terceros pa¨ªses" a los que otro Estado miembro haya concedido ese estatuto.
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