Represi¨®n infantil
Dados los tiempos que corren entiendo, y ahora despu¨¦s dir¨¦ por qu¨¦, que hay que traer a este espacio el art¨ªculo 19 del Estatuto de Autonom¨ªa para Andaluc¨ªa. Este art¨ªculo declara, como uno de los deberes pol¨ªticos p¨²blicos, que "las personas menores de edad tienen derecho a recibir de los poderes p¨²blicos de Andaluc¨ªa la protecci¨®n y la atenci¨®n integral necesarias para el desarrollo de la personalidad". Quiere decir que los poderes p¨²blicos est¨¢n obligados a ayudar a los menores para que logren alcanzar su destino dentro de la sociedad. Pues bien, ha tenido que ser en Sevilla cuando el presidente del PP, y candidato a gobernar por su grupo en Espa?a, donde diga que si gobierna va a rebajar penal a los 12 a?os. Un anuncio en pol¨ªtica criminal que es una aberraci¨®n social; supone un retroceso en los valores sociales de protecci¨®n a la infancia y entronca con la etapa m¨¢s oscura del nacional catolicismo hist¨®rico espa?ol.
A los ni?os de 12 a?os, por mucho que se empe?e Mariano, les falta madurez mental, moral y f¨ªsica. Un ni?o de 12 a?os, en cuanto no se ha desarrollado f¨ªsica ni psicol¨®gicamente, no puede comprender el alcance de sus actos. En cuanto no puede comprenderlos no es imputable y, si no es imputable, carece de capacidad para responder. Es algo que hay que tener muy claro.
Los ni?os a esta edad, y basta para saberlo con un cerrar los ojos, nos preguntan si pueden ir a cumplea?os y salir solos con sus amigos. Las respuestas de sus padres, normalmente, son un no salvo que vayan acompa?ados por mayores. El hecho de que haya ni?os que con esta edad infrinjan la ley y, algunos, sean peligrosos, no cambia ni puede cambiar que, con esta edad, carecen de la facultad de comprender el alcance de sus actos. Es m¨¢s, y esto lo sabe cualquier persona, el ni?o distorsiona la realidad hasta el punto que sus actos m¨¢s da?inos los desdibuja y toma de ellos lo que le resulta atractivo. De ah¨ª que adoptar posicionamientos en contra de la infancia s¨®lo puede entenderse como la sustituci¨®n de los valores de esta sociedad por la represi¨®n como instrumento de convivencia. Y cuando estos instrumentos se ofrecen sin pudor me vienen a la memoria otros similares. Recuerdo que, en la llamada etapa preconstitucional, las leyes (sic) de este tiempo diferenciaban entre hijos leg¨ªtimos e ileg¨ªtimos. Dentro de ¨¦stos distingu¨ªa a los no naturales; aquellos cuyos padres no pod¨ªan casarse. A estos ni?os el sistema les quitaban todos sus derechos; a veces hasta la vida. S¨ª, la vida. Eran tiempos en los que estaba prohibido el aborto, pero en cambio si una madre o unos abuelos maternos mataban al hijo reci¨¦n nacido, esto es que ya hab¨ªa nacido y respiraba, el art¨ªculo 410 del C¨®digo Penal castigaba con una pena de seis meses y un d¨ªa de prisi¨®n siempre que el asesinato del peque?o se cometieran para "ocultar la deshonra de la madre". O lo que es lo mismo si la madre se quedaba embarazada y no se pod¨ªa casar legalmente con el padre porque estaba casado o no pod¨ªa casarse -verbigracia: un cura u obispo- y se sent¨ªa avergonzada estaba favorecida penalmente. Nada de aborto; por lo sano y por la honra, a sacrificar al ni?o para evitar el deshonor sexual. Un privilegio, en cuanto a la sanci¨®n penal, que segu¨ªa vivo en el a?o 1976 y que, creo, se derog¨® en el a?o 1979. En fin que ya est¨¢ bien que, a pretexto unas veces de la honra y otras del orden, se tiren los ni?os a los retretes de la basura. Tal vez no estar¨ªa mal, ahora que los Obispos del Sur se preocupan tanto porque lo hagamos sin cond¨®n y por apostar por partidos que no negocian con terroristas, tambi¨¦n dieran su opini¨®n. Que hablaran; y dijeran si la represi¨®n infantil debe sustituir el "dejar que los ni?os se acerquen a m¨ª". En cualquier caso obispos aparte -ya no gobiernan ni llevan bajo palio a los autores legales de aquellos "privilegios"- lo importante es lo que piense el PP-A. Si Arenas aplaude la nueva represi¨®n infantil o, por el contrario, va a ser coherente con el Estatuto que aval¨® su grupo; con el art¨ªculo 39 de la Constituci¨®n y con la Convenci¨®n sobre los Derechos del Ni?os que ofrece tutela a los menores que sean sujetos activos y pasivos de delitos.
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