Los obispos siguen despidiendo a docentes de religi¨®n pese a la LOE
La "partida de bautismo", exigencia para acceder a un contrato del Estado
"Nuestro gozo en un pozo". As¨ª define la Federaci¨®n Estatal de Profesores de Religi¨®n (Feper) el estado de ¨¢nimo con que vive el desarrollo de la Ley Org¨¢nica de Educaci¨®n (LOE), un a?o despu¨¦s de su aplicaci¨®n. Los obispos siguen despidiendo a docentes de religi¨®n sin explicaci¨®n alguna y, seg¨²n los dirigentes de la Feper, "el Gobierno tambi¨¦n vulnera su ley por miedo a los movimientos de la jerarqu¨ªa o utiliz¨¢ndonos como moneda de cambio para granjearse la comprensi¨®n episcopal".
Las consecuencias son, de momento, cuatro nuevas sentencias en los cuatro ¨²ltimos meses por despidos nulos, obligados los prelados a pagar, adem¨¢s, cuantiosas indemnizaciones por "da?os morales" y "atentado a derechos fundamentales de la persona", como la propia imagen y el honor. Feper, adem¨¢s, tiene en el contencioso-administrativo del Tribunal Supremo un recurso, admitido a tr¨¢mite, contra el real decreto "regulando el estatus de los docentes de religi¨®n por debajo de lo decidido en la LOE".
La Ley Org¨¢nica de Educaci¨®n acord¨®, tras severas disputas entre el Gobierno y la Conferencia Episcopal, que "los profesores que imparten la ense?anza de las religiones deber¨¢n cumplir los requisitos de titulaci¨®n establecidos para las distintas ense?anzas reguladas". Adem¨¢s, orden¨® que esos docentes est¨¦n amparados por el Estatuto de los Trabajadores pese ser elegidos por las confesiones religiosas -en el caso de la cat¨®lica, por cada obispo diocesano-, y no pertenecer a los cuerpos de funcionarios docentes.
El legislador decidi¨®, tambi¨¦n, que quienes accedan a esa funci¨®n lo hagan "mediante criterios objetivos de igualdad y m¨¦rito"; que la determinaci¨®n del contrato, a tiempo completo o a tiempo parcial seg¨²n lo requieran las necesidades, corresponda a las administraciones competentes, y que "la remoci¨®n, en su caso, se ajustar¨¢ a derecho". Un real decreto, de fecha 1 de junio de 2007, concretaba sin g¨¦nero de dudas los requisitos que deb¨ªa cumplir cada docente "para ser contratado por el Estado como profesor de religi¨®n".
La respuesta episcopal -"con la pasividad del Gobierno", seg¨²n Feper- fue endurecer sus propios "requisitos". Lo hizo por acuerdo de la asamblea de la Conferencia Episcopal y uno de los documentos que debe presentar ahora "el solicitante para obtener la Declaraci¨®n Eclesi¨¢stica de Competencia Acad¨¦mica" es una "partida de Bautismo".
"Meros catequistas"
Detr¨¢s de este tipo de exigencias est¨¢ la idea de que los profesores de religi¨®n en las escuelas p¨²blicas -contratados y pagados por el Estado "de entre los propuestos" por los obispos- "son meros catequistas", denuncia el presidente de Feper, Rafael Ram¨ªrez. Su vicepresidente, Luis Guridi, culpa al Tribunal Constitucional de esa actitud, cuando hace un a?o, al denegar el amparo a una docente de religi¨®n en Canarias despedida "por vivir con un hombre sin ser su esposo", sentenci¨® que los obispos tienen derecho a exigir a los profesores de religi¨®n "ejemplo de vida acorde con la confesi¨®n de la que son docentes".
El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) acaba de emitir cuatro nuevas sentencias contra las di¨®cesis de Las Palmas y de Tenerife con la advertencia de que sus decisiones nunca pueden atacar "a derechos fundamentales". El TSJC condena a la Iglesia cat¨®lica a pagar las indemnizaciones debidas, y no al Gobierno canario, ejecutor de los despidos, como ven¨ªa ocurriendo hasta ahora.
Siete sentencias por un profesor
No es la primera vez que los obispos cosechan hasta seis condenas del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) por despedir, en otros tantos cursos, a un docente de religi¨®n. Esta vez, sin embargo, la acumulaci¨®n de reproches judiciales se produce en apenas cuatro meses. El protagonista es el profesor Mart¨ªn Domingo Su¨¢rez Quesada, despedido por el episcopado por ser dirigente de la Federaci¨®n de Profesores de Religi¨®n en la Confederaci¨®n Canaria de Trabajadores.Cada sentencia del TSJC va precedida, como es l¨®gico, de otra en primera instancia. Es decir, este trabajador acumula ya seis decisiones judiciales. Tambi¨¦n le afecta otra del Tribunal Constitucional inadmitiendo la cuesti¨®n previa de inconstitucionalidad planteada por el TSJC por el mismo caso.El calvario judicial del profesor Su¨¢rez lo inici¨® el obispado mandando el 14 de abril de 2005 una carta a todos los alumnos del centro en que daba clase, anunci¨¢ndoles con graves descalificaciones que ya no era su profesor por carecer de la "missio can¨®nica" y de la titulaci¨®n exigida. Su¨¢rez llevaba cinco a?os en el puesto a satisfacci¨®n del empleador.Las sentencias del TSJC llevan fecha de 1 de octubre y 17 de diciembre de 2007, y de 4 de enero de 2008, esta ¨²ltima absolviendo a la Administraci¨®n del pago de la indemnizaci¨®n acordada, 12.015,20 euros m¨¢s salarios atrasados. El pagano, dice el tribunal, ser¨¢ el obispado, responsable ¨²nico de los "da?os morales, de imagen y al honor" causados al despedido.
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