Una sentencia obliga a retirar 145.000 toneladas de residuos
El vertedero ilegal de Montica?o los acogi¨® sin control
Unas 145.000 toneladas de residuos industriales te¨®ricamente no peligrosos, pero sobre cuya entrada y dep¨®sito no se efectu¨® ning¨²n control, tendr¨¢n que ser trasladados desde el vertedero de Montica?o, en Arteixo, a otro lugar autorizado si adquiere firmeza una sentencia reciente del Juzgado de lo Contencioso Administrativo de A Coru?a, recurrida ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia.
Montica?o, entre las parroquias de Pastoriza y Suevos del citado municipio, es un enclave de gran valor paisaj¨ªstico y zona de protecci¨®n forestal. Tambi¨¦n alberga yacimientos megal¨ªticos, con m¨¢moas y otros vestigios. Hace cuatro a?os el Juzgado de lo Contencioso n¨²mero 3 de A Coru?a ya consider¨® ilegal el vertedero, anulando las licencias de obras y apertura concedidas por el Ayuntamiento de Arteixo. El mismo juzgado ordena ahora, en otro fallo emitido en febrero que responde a la solicitud de ejecuci¨®n de la sentencia anterior, el traslado de los residuos y la restauraci¨®n medioambiental del entorno.
El vertedero ha sido utilizado por Coac¨®n, SL, empresa que luego compr¨® Cespa, del grupo Ferrovial, con autorizaci¨®n municipal para poner en marcha una planta de clasificaci¨®n de residuos inertes para la recuperaci¨®n de terrenos. En Montica?o se ven¨ªa extrayendo granito alterado (jabre) desde 1991, sin planificaci¨®n ni licencia alguna. Lo que empez¨® siendo "regeneraci¨®n de una cantera", mediante posteriores licencias para "mejora de instalaciones" acab¨® siendo, a partir de 2004, "con la aparente inactividad del ¨®rgano auton¨®mico" [Conseller¨ªa de Medio Ambiente, dirigida por Carlos del ?lamo], un vertedero de 110.000 metros cuadrados en los que se han depositado 145.000 metros c¨²bicos de residuos industriales te¨®ricamente inertes y no peligrosos, pero sin control de entrada. "Los hay peligrosos", aseguran fuentes de la empresa Xiloga, SL, que present¨® la demanda judicial contra la actividad de Coac¨®n. Es una zona de intensas escorrent¨ªas. Adem¨¢s, hay viviendas a unos 50 metros, cuando la distancia m¨ªnima preceptiva es de 500 metros.
El Ayuntamiento y la concesionaria consideran que la demolici¨®n de instalaciones y la reposici¨®n de los terrenos resultan muy problem¨¢ticas desde el punto de vista econ¨®mico y medioambiental. La sentencia entiende, sin embargo, que "existen soluciones reales al problema creado" y que debe costearlas Coac¨®n, as¨ª como el plan de restauraci¨®n, con la conformidad municipal y de la Conseller¨ªa de Medio Ambiente.
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