Coartadas
La Fiscal¨ªa General del Estado, que ten¨ªa abierta una investigaci¨®n a la fiscal¨ªa sevillana con motivo de la muerte de la ni?a Mari Luz, ha decidido no abrir expediente disciplinario al fiscal encargado del caso. Considera que esta fiscal¨ªa act¨²o con profesionalidad; tambi¨¦n que los errores que se hayan podido producir son imputables a la Audiencia por su tardanza en resolver, y al juez por "el retraso" en la ejecuci¨®n efectiva de la sentencia. De otra parte la Asociaci¨®n Profesional de la Magistratura, a la que est¨¢ afiliado el juez, interesa del CGPJ que archive el expediente abierto a este magistrado; dice que si existi¨® alguna responsabilidad son imputables a la secretaria del juzgado y al fiscal, que est¨¢n encargados de velar por el cumplimiento de las sentencias que tengan inter¨¦s p¨²blico y social -por el comunicado el juez no debe estar obligado, y, por la decisi¨®n de la fiscal¨ªa, los fiscales en este caso tampoco-. Al mismo tiempo, y como si se acabara de descubrir que la Justicia es lenta, los medios de comunicaci¨®n destacan la carencia de medios personales y materiales. Ante este panorama no es extra?o que los padres y familia de Mari Luz organicen una caravana para pedir firmas a favor de la cadena perpetua. Al menos les puede ayudar a manifestar su rabia e impotencia y pensar que pueden evitar casos de sufrimiento como el suyo. Es comprensible, aunque muchos no estemos de acuerdo en la imposici¨®n de penas de cadena perpetua. Lo que resulta menos comprensible es que el Ayuntamiento de Huelva, que es una instituci¨®n democr¨¢tica, ayude a la financiaci¨®n de una caravana que va contra los principios constitucionales de reinserci¨®n e imposici¨®n de penas degradantes. Claro que, por poco que se piense, lo que en el fondo de esta caravana subyace es una desconfianza en la Justicia y en los mecanismos para exigir responsabilidades a los encargados de su gesti¨®n.
De todas formas no ser¨¦ quien, sin conocer en toda su extensi¨®n lo que ha sucedido o, mejor dicho, lo que no ha sucedido, esto es que el presunto asesino de Mari Luz no estuviera en prisi¨®n, diga cu¨¢les han sido las causas de este contradi¨®s y sus responsables. Su fijaci¨®n, en un Estado de derecho, corresponde a los ¨®rganos encargados de la instrucci¨®n. Dar, pues, una opini¨®n fijando responsables, ser¨ªa tan carente de sentido como dar una opini¨®n favorable a favor de una actuaci¨®n profesional impecable, sin m¨¢s base -que se conozcan- que las trayectorias profesionales de unos y otros, la integraci¨®n en una asociaci¨®n, cuando no hacerlas desaparecer con cargo al atasco judicial. Claro que el hecho de no dar una opini¨®n de fondo por estas y aquellas razones, no impide que, por dogma de fe, se tengan que aceptar que la falta de medios materiales y personales puedan ser los responsables de todos los desaguisados judiciales. Durante muchos a?os, y por lo que veo durante muchos m¨¢s, ha servido y va a seguir sirviendo, como coartada para tapar los fracasos judiciales. Se acaba de conocer que el Supremo ha absuelto a tres atracadores porque los autos se hab¨ªan extraviado durante cinco a?os tras el armario de una magistrada, debe ser que los armarios no se pueden limpiar o que el responsable es quien limpia. Pero en fin, que hay que aceptar que, aunque jam¨¢s la Administraci¨®n de Justicia haya contado con m¨¢s medios, siguen siendo insuficientes. Sin embargo, tal vez, con la aportaci¨®n de medios, y para lograr una cierta eficacia, pudiera ser necesaria una separaci¨®n entre lo jurisdiccional -que afecta a la independencia- y lo organizativo -que afecta a la gesti¨®n- y se admita que el hecho de aplicar principios organizativos, como se aplican en otros ¨¢mbitos, no atenta a la independencia judicial. En cualquier caso, y mientras llegan nuevos medios y se aplican principios organizativos de empresa, no estar¨ªa nada mal que el CGPJ resuelva el expediente abierto y decida si ha existido infracci¨®n administrativa, o no. Al menos, tendr¨ªamos la tranquilidad de saber que los retrasos no se han incrustado tambi¨¦n en el propio Consejo, y no les vale de excusa para retrasar la conclusi¨®n de un expediente que no debe ser muy complejo a tenor de la realidad documental de los autos y de la celeridad de la Fiscal¨ªa General del Estado en resolver.
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