Nuevo ataque judicial a Ciudadan¨ªa
El Tribunal Superior andaluz asume la tesis de los obispos sobre la sexualidad
El Tribunal Superior de Justicia de Andaluc¨ªa (TSJA) asume la tesis, abanderada por la Conferencia Episcopal, de que la asignatura Educaci¨®n para la Ciudadan¨ªa impone lo que los obispos llaman "ideolog¨ªa de g¨¦nero" (propugnar que a la persona no le define el sexo, sino la opci¨®n sexual elegida por cada cual). Una sentencia dictada por la sala de lo Contencioso Administrativo del TSJA ha anulado las referencias al g¨¦nero recogidas en la normativa aprobada por la Junta de Andaluc¨ªa para implantar y desarrollar los contenidos de Educaci¨®n para la Ciudadan¨ªa.
El TSJA deja en manos del Supremo la decisi¨®n sobre el fondo de la materia
Dos jueces han emitido un voto particular a favor de la asignatura
La sentencia responde al recurso presentado por un padre que entiende que la asignatura vulnera sus derechos fundamentales. ?ste fue el primero de varios recursos interpuestos con el mismo argumento por un grupo de padres andaluces, entre ellos Manuel y Carlos Seco Gordillo, dos hermanos militantes del PP que han tenido cargos relevantes en el partido (el primero fue diputado por Sevilla durante dos legislaturas y el segundo es un dirigente local).
La resoluci¨®n, con fecha de ayer, ha sido emitida por el pleno de la secci¨®n Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJA. De los cinco miembros que participaron en la deliberaci¨®n, dos han emitido un voto particular para desmarcarse de la decisi¨®n de sus compa?eros. Estos dos magistrados (Rafael S¨¢nchez Jim¨¦nez y Eloy M¨¦ndez Mart¨ªnez) consideran que la asignatura no vulnera ni derechos fundamentales ni el principio de neutralidad ideol¨®gica de la educaci¨®n. "Se pretende inculcar el rechazo a toda discriminaci¨®n por raz¨®n de sexo y de inclinaci¨®n sexual, lo cual, naturalmente, no est¨¢ re?ido con valor constitucional alguno, ni, por supuesto, con el derecho de los padres a elegir la formaci¨®n moral de sus hijos", se?alan los dos jueces en su escrito de voto particular.
Entre los tres que s¨ª firman la sentencia est¨¢ de nuevo Enrique Gabald¨®n Codesido, hijo del fundador del Foro de la Familia y numerario del Opus Dei, que ha participado en otras sentencias que eximen cautelarmente de Ciudadan¨ªa a varios alumnos andaluces. Otro de los firmantes, Victoriano Valpuesta, tambi¨¦n es fiel, seg¨²n varias fuentes, de esta organizaci¨®n religiosa. El tercer magistrado que suscribe el fallo es Joaqu¨ªn S¨¢nchez Ugena.
La sentencia anula parcialmente cuatro apartados de las ordenes auton¨®micas del 10 de agosto de 2007, por las que se desarrolla el curr¨ªculo correspondiente a la ense?anza primaria y secundaria de los alumnos andaluces. La primera alusi¨®n que el TSJA ordena suprimir es la expresi¨®n "de g¨¦nero", empleada por la norma auton¨®mica al hablar de que la asignatura que se imparta a los alumnos de primaria deber¨¢ fomentar "el rechazo de todo tipo de discriminaci¨®n por raz¨®n de nacimiento, de capacidad econ¨®mica o condici¨®n social, de g¨¦nero y de raza". Seg¨²n los jueces, la "expresi¨®n 'de g¨¦nero' sustituye a la expresi¨®n 'de sexo' contenida en el art¨ªculo 14 de la Constituci¨®n para introducir expl¨ªcitamente la ideolog¨ªa de g¨¦nero en el curr¨ªculo". La sentencia no anula toda la frase, sino s¨®lo esa expresi¨®n ("de g¨¦nero").
Los tres jueces tambi¨¦n se oponen al uso de esta expresi¨®n en la norma relativa a la ense?anza secundaria, cuando, como en el caso anterior, el texto auton¨®mico habla de inculcar el rechazo a la discriminaci¨®n por raz¨®n "de g¨¦nero".
Con el mismo argumento ("por una determinaci¨®n normativa inequ¨ªvoca de la ideolog¨ªa de g¨¦nero"), el TSJA pide borrar de la orden andaluza otra frase en la que se explica que la asignatura fomenta el respeto "a todas las opciones vitales". "La educaci¨®n ha de atender al respeto de las diversas opciones vitales de las personas y los grupos sociales, desarrollando la sensibilidad y la actitud cr¨ªtica hacia estereotipos racistas, xen¨®fobos, machistas y hom¨®fobos", recog¨ªa el texto de la Junta de Andaluc¨ªa. Como en el caso anterior, no se anula toda la frase sino s¨®lo la expresi¨®n "opciones vitales", ya que los jueces hacen suyo el argumento que esgrimen los padres que recurrieron la asignatura ("los padres tenemos derecho a educar a nuestros hijos en la concepci¨®n de la sexualidad que resulte conforme a nuestras convicciones, sin perjuicio de educarlos en el respeto a otras orientaciones sexuales").
Por ¨²ltimo, los jueces anulan un p¨¢rrafo de la orden andaluza que hace referencia a la adolescencia como "etapa fundamental en la definici¨®n de las identidades". La frase que insta a suprimir la sentencia es la siguiente: "Dado que la construcci¨®n de la identidad es una tarea compleja es necesario que la contribuci¨®n de la escuela a ese proceso de construcci¨®n huya de la simplificaci¨®n y de los enfoques esencialistas, para asumir, una perspectiva compleja y cr¨ªtica". Seg¨²n los magistrados andaluces, la Junta ha vuelto a caer aqu¨ª en elevar a rango de ley lo que ellos entienden como "ideolog¨ªa de g¨¦nero".
Los tres jueces que firman el fallo entienden, adem¨¢s, que la asignatura "sobrepasa los l¨ªmites de la neutralidad ideol¨®gica" que la Constituci¨®n exige en las aulas. Seg¨²n recogen en la sentencia, el contenido de Ciudadan¨ªa supone la elaboraci¨®n "de un tratado o corpus de lo que es el individuo y de lo que debe ser" lo que implica "una construcci¨®n ideol¨®gica de la persona [... ]dirigida expl¨ªcitamente a la formaci¨®n moral de los alumnos". Por estas razones, los magistrados sostienen que la asignatura "violenta la libertad ideol¨®gica y religiosa de las personas y el mismo principio de pluralismo pol¨ªtico constituido como uno de los valores superiores del ordenamiento jur¨ªdico"
No obstante, los jueces andaluces dejan en manos del Tribunal Supremo la decisi¨®n definitiva sobre la pol¨¦mica materia, ya que su desarrollo b¨¢sico est¨¢ recogido en dos reales decretos, a los que tambi¨¦n se dirig¨ªa el recurso de los padres andaluces, pero sobre los que el TSJA no tiene competencias. As¨ª, en su fallo, los magistrados acuerdan plantear una cuesti¨®n de ilegalidad al Supremo para que resuelva sobre los dos reales decretos que definieron la asignatura.
El alto tribunal tendr¨¢ tambi¨¦n que deliberar sobre el recurso contra la sentencia del TSJA que la Junta de Andaluc¨ªa ya anunci¨® ayer que va a presentar. No obstante, la consejera de Educaci¨®n, Teresa Jim¨¦nez, se?al¨® que el fallo del TSJA no "afecta" en la pr¨¢ctica a la ense?anza de Educaci¨®n para la Ciudadan¨ªa. "S¨®lo cambia dos expresiones y un p¨¢rrafo", apunt¨® la consejera. "La sentencia mantiene la obligatoriedad de la asignatura y no altera los objetivos de la misma", a?adi¨®. Hasta que el Supremo no se pronuncie, la Junta no se plantea cambiar esas expresiones de la normativa auton¨®mica que rechazan los tres jueces del TSJA.
Lo que dicen los reales decretos
- En primaria, un criterio de evaluaci¨®n es "reconocer y rechazar situaciones de discriminaci¨®n, marginaci¨®n e injusticia e identificar los factores sociales, econ¨®micos, de origen, de g¨¦nero o de cualquier otro tipo que las provocan".
- En la ESO, "identificar y rechazar, a partir del an¨¢lisis de hechos reales o figurados, las situaciones de discriminaci¨®n hacia personas de diferente origen, g¨¦nero, ideolog¨ªa, religi¨®n, orientaci¨®n afectivo-sexual y otras, respetando las diferencias personales y mostrando autonom¨ªa de criterio".
Lo que dicen los decretos andaluces
- La asignatura inculca "el respeto de los derechos humanos y de las libertades fundamentales [...]. El ejercicio responsable de estos derechos y deberes comportar¨¢ el rechazo de todo tipo de discriminaci¨®n por raz¨®n de nacimiento, de capacidad econ¨®mica o condici¨®n social, de g¨¦nero y de raza".
- "Dado que la construcci¨®n de la identidad es una tarea compleja es necesario que la contribuci¨®n de la escuela a ese proceso huya de la simplificaci¨®n [...] para asumir una perspectiva compleja y cr¨ªtica".
El argumentario del TSJA
- En la orden andaluza, "la expresi¨®n 'de g¨¦nero' sustituye a la expresi¨®n constitucional 'de sexo' para introducir expl¨ªcitamente la ideolog¨ªa de g¨¦nero en el curr¨ªculo. Por tanto, no toda la frase sino s¨®lo esta expresi¨®n 'de g¨¦nero' [...] ha de ser declarada nula".
- La asignatura incurre en "una determinaci¨®n normativa inequ¨ªvoca de la ideolog¨ªa de g¨¦nero", por lo que la frase que alude a huir de la simplificaci¨®n y asumir una perspectiva cr¨ªtica en el proceso de la construcci¨®n de la identidad "ha de ser declarada nula".
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