6.000 sentencias de menores no se ejecutan por falta de medios
El Poder Judicial detecta que faltan centros, educadores y medidas terap¨¦uticas
Innumerables voces han pedido en los ¨²ltimos a?os sucesivos endurecimientos de la Ley del Menor. Pero, ?se han puesto todos los medios para que esta norma, que entr¨® en vigor en 2001, funcione? ?Hay plazas en los centros, educadores para la libertad vigilada, medidas socioeducativas adecuadas? ?Est¨¢n los reformatorios en buenas condiciones? ?Hay centros terap¨¦uticos, como manda la ley, para los drogadictos o enfermos ps¨ªquicos? No. Un reciente informe del servicio de inspecci¨®n del Consejo General del Poder Judicial ha detectado graves deficiencias en la aplicaci¨®n de la ley. Hay casi 6.000 sentencias cuya ejecuci¨®n no se puede iniciar por falta de medios. De ellas, 2.825 (el 48%) se dictaron en 2004 o antes. Es decir, en una jurisdicci¨®n en la que es fundamental la rapidez para evitar que los menores que han cometido delitos no se conviertan en grandes delincuentes, pueden pasar a?os antes de que se ejecute una medida que el juez ha considerado imprescindible para recuperar al menor.
El informe habla de "quiebra del sistema" por falta de recursos
Las diferencias entre regiones "vulneran el principio de igualdad ante la ley"
La rapidez de la medida es b¨¢sica para lograr la resocializaci¨®n
El propio informe afirma que la insuficiencia y escasez de recursos ha supuesto, de hecho, "la quiebra del sistema", ya que "la imposibilidad de ejecutar una medida en el momento adecuado supone finalmente que los objetivos educadores y resocializadores de la jurisdicci¨®n de menores no pueden ser alcanzados". Y a?ade, tambi¨¦n, otro aspecto preocupante: las diferencias en la ejecuci¨®n de las medidas en funci¨®n de d¨®nde se cometa el delito, ya que las competencias en esta materia las tienen las comunidades aut¨®nomas. El informe habla incluso de una "vulneraci¨®n del principio de igualdad del menor ante la ley".
No hay medios suficientes para llevar a cabo las medidas en el momento en que se necesitan. El n¨²mero total de sentencias pendientes de ejecuci¨®n era, a finales de 2006, de 30.000. Pero esta cifra engloba tanto las resoluciones que se estaban tramitando como aquellas que no hab¨ªan empezado a ejecutarse. As¨ª que la Inspecci¨®n del Poder Judicial decidi¨® mandar cuestionarios a los 81 juzgados de menores para precisar la informaci¨®n. De ellos, s¨®lo se ha obtenido -a lo largo de 2007- informaci¨®n v¨¢lida de 65, pero se trata de un muestreo del que ya se pueden extraer conclusiones. En cualquier caso, dado que no son datos totales, los resultados reales ser¨ªan a¨²n peores que los que revela el informe.
A finales de 2006 hab¨ªa 10.455 sentencias cuya ejecuci¨®n no se hab¨ªa iniciado. En 4.595 casos era porque el menor estaba cumpliendo otra medida, pero, en otros 5.850 (el 56%) el problema era la escasez de medios: la Administraci¨®n no hab¨ªa puesto ning¨²n recurso a disposici¨®n del juzgado. 4.483 casos eran anteriores a 2006. Es decir, los condenados llevaban m¨¢s de un a?o, y hasta cinco, esperando la ejecuci¨®n de su medida. No todas las comunidades funcionan igual. Valencia, Andaluc¨ªa y Catalu?a, eran, con diferencia, las regiones con un mayor n¨²mero de menores esperando que se les asignara un recurso. En Navarra, sin embargo, no hab¨ªa ninguno en esta situaci¨®n.
Para agilizar las ejecuciones en los casos en los que a un mismo menor se le imponen varias medidas, en la reforma de la ley de diciembre de 2006 se dispuso que fuera un solo juez el que se encargara de controlarlas todas, y que pudiera unificarlas. Esta posibilidad no ha servido de nada ni se est¨¢ aplicando con car¨¢cter general, como se?ala el informe del CGPJ. Los medios inform¨¢ticos para que los distintos juzgados compartan informaci¨®n sobre cada menor son casi inexistentes.
La Ley de Responsabilidad Penal del Menor, que entr¨® en vigor en 2001, recog¨ªa todo un cat¨¢logo de medidas que se pod¨ªan imponer a los menores. El esp¨ªritu de la ley, que buscaba por encima de todo la resocializaci¨®n, confiaba en que se pudiera tratar a cada menor seg¨²n sus necesidades. La realidad, sin embargo, es que esto es imposible porque la mayor¨ªa de estas medidas no se llevan a cabo adecuadamente.
Sobre el tratamiento de los menores con problemas de drogas y trastornos mentales el informe es contundente: no hay ni centros ni medios efectivos. En cuanto a los reformatorios, se indica que no hay plazas suficientes en todos los territorios, as¨ª que muchas veces deben buscarse reformatorios en otras provincias, lo que supone que la medida se retrasa de forma excesiva y "se desarraiga al menor de su familia y entorno". Una de las medidas estrella que planteaba la ley era la libertad vigilada. Se trataba de que el menor quedara en libertad pero tutelado estrechamente por un educador que le ayudara a no volver a delinquir, estudiara cu¨¢les eran los problemas que le hab¨ªan llevado a cometer el delito y la mejor forma para solucionarlos.
Es la medida que m¨¢s imponen los jueces (lo hacen en el 30% de los casos). Pero es ineficaz. No hay suficientes equipos ni educadores, as¨ª que muchas veces la medida estrella no va m¨¢s all¨¢ de que el menor acuda de tanto en tanto a firmar un papel y hable cinco minutos con un educador que tiene muchos otros a los que atender. Hay escasez de profesionales y no siempre est¨¢n especializados. Como en otros casos, la situaci¨®n no es igual en todas las comunidades. En algunas, como el Pa¨ªs Vasco o Asturias, la medida funciona mejor.
El informe alerta tambi¨¦n sobre la necesidad de controlar la gesti¨®n de los centros de menores, mayoritariamente en manos privadas. Mientras que una privatizaci¨®n de las c¨¢rceles de adultos hubiera acarreado un serio debate p¨²blico, los reformatorios se privatizaron sin que apenas se hablara del asunto. En comunidades como Madrid o Andaluc¨ªa m¨¢s del 85% est¨¢n en manos de asociaciones. Muchas veces, son fundaciones de empresas que nada tienen que ver con la protecci¨®n de menores. En algunos casos, son incluso constructoras que se lucran con la edificaci¨®n de los centros. El informe del Poder Judicial hace hincapi¨¦ en la necesidad de que los jueces controlen la ejecuci¨®n de las medidas y las administraciones extremen sus mecanismos de vigilancia.
Las medidas no funcionan
- Internamiento en centros cerrados. No hay plazas suficientes y no todas las provincias cuentan con un centro donde cumplir la medida.
- Arresto de fin de semana. No funciona. No hay centros.
- Internamiento en centros terap¨¦uticos. En la mayor¨ªa de las comunidades, no existen estos centros. No hay medios efectivos para los menores con trastornos mentales y problemas de consumo de drogas, ni tratamientos ambulatorios.
- Medidas de r¨¦gimen abierto. No hay plazas suficientes, ni educadores, ni equipos especializados para centros de d¨ªa o medidas socioeducativas.
- Libertad vigilada. Incumplimiento por falta de equipos. En algunas comunidades aut¨®nomas no funciona en absoluto.
- Mediaci¨®n. Apenas se usa salvo en Catalu?a.
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