El TSJA rompe la pol¨ªtica educativa en pleno proceso de escolarizaci¨®n
Los jueces hacen tambalear la normativa de la Junta para adjudicar plazas
La pol¨ªtica educativa de la Junta de Andaluc¨ªa recibi¨® ayer una nueva zancadilla de la sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andaluc¨ªa (TSJA). Pero esta vez, la decisi¨®n de los jueces puede hacer que se tambalee todo el sistema de escolarizaci¨®n de la Administraci¨®n auton¨®mica, regido por la limitaci¨®n del n¨²mero de alumnos por aulas (la llamada ratio) como base para garantizar la calidad de la educaci¨®n.
Seg¨²n una sentencia del alto tribunal andaluz, el derecho de los padres a elegir el colegio de sus hijos debe prevalecer sobre la limitaci¨®n de plazas escolares. La decisi¨®n de los magistrados, los mismos que cuestionaron Educaci¨®n para la Ciudadan¨ªa, puede dinamitar el proceso de escolarizaci¨®n, y m¨¢s a¨²n cuando la sentencia llega a ocho d¨ªas de que acabe el plazo de presentaci¨®n de alegaciones de padres cuyos hijos se hayan quedado fuera del centro elegido como primera opci¨®n.
El fallo del tribunal responde a la denuncia presentada por los padres de una ni?a que en el curso 2005-2006 no fue admitida en el colegio concertado Santa Ana de Sevilla. Los padres recurrieron la exclusi¨®n de su hija porque la Junta no hab¨ªa tenido en cuenta que su hermana estudiaba en el mismo centro. Sin embargo, los jueces consideran que los progenitores tienen derecho a elegir el colegio que quieren para sus hijos por lo que "no es preciso" ni siquiera valorar si a la ni?a le correspond¨ªan m¨¢s puntos en el proceso de baremaci¨®n.Tres folios y medio le bastan a la Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo del TSJA para hacer saltar por los aires las normas de escolarizaci¨®n de la Junta. La batalla de algunos padres por escolarizar a sus hijos en un determinado centro (casi siempre concertado) ha marcado en los ¨²ltimos a?os el proceso de adjudicaci¨®n de plazas en Andaluc¨ªa.
Hasta ahora, la Junta ha hecho valer sus competencias para dictar las normas que regulan los procesos de escolarizaci¨®n de alumnos, entre ellas la limitaci¨®n del n¨²mero de estudiantes por aula. Cuando en un centro hay m¨¢s solicitudes de admisi¨®n que plazas disponibles, la Consejer¨ªa de Educaci¨®n aplica un sistema de baremaci¨®n (ver vi?eta adjunta) para determinar qu¨¦ ni?os son los que entran y cu¨¢les se quedan fuera. El TSJA arrebata esta competencia al Gobierno andaluz. Seg¨²n los jueces, "no existe dato objetivo que determine el perjuicio del inter¨¦s general por la mayor escolarizaci¨®n de menores en el centro".
La sentencia est¨¢ firmada por los mismos tres jueces que, hace apenas un mes, anularon todas las referencias al g¨¦nero de los contenidos de Educaci¨®n para la Ciudadan¨ªa y que ya han dictado varios fallos en los que eximen a alumnos de esta asignatura: Enrique Gabald¨®n Codesido, hijo del fundador del Foro de la Familia y numerario del Opus Dei; Victoriano Valpuesta, que tambi¨¦n es fiel, seg¨²n varias fuentes, de esta organizaci¨®n religiosa; y Joaqu¨ªn S¨¢nchez Urgena, que, en esta ocasi¨®n, act¨²a como ponente.
La propia abogada de los padres que denunciaron a la Junta, Carmen Garc¨ªa D¨ªaz, reconoci¨® ayer que la sentencia va m¨¢s all¨¢ de lo que ella hab¨ªa pensado y los padres hab¨ªan pedido. "Nosotros s¨®lo solicit¨¢bamos que se le reconociera el derecho a obtener puntos por tener una hermana en el centro, pero los jueces no argumentan que est¨¦ mal baremado el caso, sino que los padres tienen derecho a elegir el colegio y que porque haya unos ni?os m¨¢s por clase no se perjudica a nadie". La letrada admite que no sabe las consecuencias que puede tener el fallo si todos los padres que quieren un colegio que, seg¨²n la Junta, no les corresponde, recurren a los tribunales.
En su auto, los jueces asumen que en el proceso de escolarizaci¨®n hay unos "inetreses en conflicto": la limitaci¨®n de alumnos por aula frente al "perjuicio psicol¨®gico que pudiera airrogarse al ni?os con sucesivos cambios de entorno educativo, emotivo y de amistados". Pero, "sobre todo", los magistrados entienden que la ratio que establece la Junta se contrapone con "el ejercicio al derecho de los padres a que sus hijos reciban formaci¨®n religiosa y moral que est¨¦ de acuerdo con sus propias convicciones (art¨ªculo 27 de la Constituci¨®n)". Y en este choque de intereses, ganan, seg¨²n los jueces del TSJA, los padres.
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