Los jueces, en el laberinto
La respuesta de la Audiencia Nacional a los casos de las calles dedicadas a terroristas es un aut¨¦ntico galimat¨ªas
Nada hay en el ¨¢mbito de la justicia tan desasosegante para los ciudadanos como que los jueces adopten resoluciones aparentemente contradictorias sobre casos te¨®ricamente iguales. El caso de que un mismo precepto sirva para absolver al presidente del Banco Santander, Emilio Bot¨ªn, y para condenar a Juan Mar¨ªa Atutxa, ex presidente del Parlamento vasco, es paradigm¨¢tico. Y, sin embargo, es la esencia misma del derecho, la interpretaci¨®n de la norma, que en su expresi¨®n m¨¢s elevada, cuando los int¨¦rpretes son el Tribunal Supremo y el Constitucional, constituyen la doctrina, la llamada jurisprudencia.
Pues bien, la respuesta dada por la Audiencia Nacional a la decena de querellas presentadas en su mayor¨ªa por la asociaci¨®n Dignidad y Justicia contra los alcaldes de aquellas localidades del Pa¨ªs Vasco y Catalu?a que han dedicado calles, plazas o parques a terroristas muertos es un aut¨¦ntico galimat¨ªas.
Todos estaremos de acuerdo -menos los terroristas y sus simpatizantes- en que es indigno poner a una calle el nombre de un terrorista, lo mismo que lo ser¨ªa ponerle el de un pederasta, y que, en tanto no se retire, supone una afrenta permanente para sus v¨ªctimas, y m¨¢s si se trata del mismo pueblo en el que la v¨ªctima resid¨ªa. Sin embargo, imputar por ello a los actuales alcaldes de esos municipios por el delito de enaltecimiento del terrorismo es cuando menos discutible.
Y lo es, porque la totalidad de los plenos municipales en los que se acord¨® asignar nombres de terroristas de ETA o de Terra Lliure a calles, plazas y parques, o dedicarles placas y monolitos, e incluso concederles el t¨ªtulo de hijos predilectos de la localidad, se celebraron a finales de los setenta y principios de los ochenta, es decir, hace m¨¢s de 25 a?os. Por tanto, los actuales regidores, que nunca estuvieron en aquellos plenos ni decidieron nada, no son autores de ning¨²n delito, ni de apolog¨ªa del terrorismo, vigente en 1979 -que habr¨ªa prescrito-, ni de enaltecimiento, que fue introducido en 2000 en el C¨®digo Penal.
Pero fue la redacci¨®n del art¨ªculo 578, que castiga la humillaci¨®n a las v¨ªctimas, la que permiti¨® las querellas. El mencionado precepto se?ala: "El enaltecimiento o la justificaci¨®n por cualquier medio de expresi¨®n p¨²blica o difusi¨®n de los delitos de terrorismo o de quienes hayan participado en su ejecuci¨®n o la realizaci¨®n de actos que entra?en descr¨¦dito, menosprecio o humillaci¨®n de las v¨ªctimas de los delitos terroristas o de sus familiares, se castigar¨¢ con la pena de prisi¨®n de uno a dos a?os".
?Por qu¨¦? Porque Dignidad y Justicia se dirigi¨® a cada ayuntamiento reclamando la retirada de los nombres y s¨ªmbolos. Y es la respuesta o la ausencia de respuesta a ese requerimiento lo que supone un nuevo acto susceptible de ser interpretado como delito.
Tanto la Fiscal¨ªa de la Audiencia Nacional como la Abogac¨ªa del Estado se han opuesto a esa interpretaci¨®n por entender que la respuesta de la corporaci¨®n es un mero acto administrativo y, como tal, recurrible en la v¨ªa contencioso-administrativa, que es el camino a seguir -sin duda, lento- para retirar los nombres de los terroristas de las calles. As¨ª lo ha expuesto el fiscal en todos los casos: Arrigorriaga, Amorebieta, Durango, Leioa y Etxebarri, en Vizcaya; Zizurkil, Hernani y Tolosa, en Guip¨²zcoa; Etxarri Aranatz, en Navarra, y Santa Coloma de Cervell¨®, en Barcelona.
Varios jueces de instrucci¨®n, como Santiago Pedraz, Fernando Andreu o Ismael Moreno, archivaron las querellas contra los ediles de Arrigorriaga -plaza dedicada al dirigente etarra Jos¨¦ Miguel Be?ar¨¢n, Argala, muerto en un atentado en 1979-, Amorebieta y Etxebarri -calles dedicadas a los etarras Txiki y Otaegi, fusilados durante el franquismo-, Leioa -calle en honor del primer muerto de ETA, Txabi Etxebarrieta- y Santa Coloma de Cervell¨® -v¨ªa p¨²blica que homenajea a Jaime Mart¨ªnez Vendrell, que particip¨® en el asesinato del industrial Bult¨®-. Entend¨ªan, como el fiscal, que no hab¨ªa delito y que la remoci¨®n del nombre de las calles deb¨ªa resolverse en la jurisdicci¨®n contencioso administrativa. Pues bien, con estos casos han aflorado las diferentes sensibilidades existentes en la Audiencia. Un tribunal ha confirmado el archivo por inexistencia de delito en el caso de Amorebieta, pero otros dos han revocado decisiones de Pedraz y Moreno y han ordenado que se investigue la posible existencia de delitos. Mientras, el pleno municipal de Zizurkil ya ha retirado los s¨ªmbolos asignados a los etarras Joseba Arregi y Jos¨¦ Luis Geresta.
Sin embargo, el caso que m¨¢s ha llamado la atenci¨®n ha sido el de Hernani, en el que el juez Fernando Grande-Marlaska, con pasi¨®n de converso, ha forzado la interpretaci¨®n de la norma y ha ordenado, como medida cautelar y para evitar la reiteraci¨®n delictiva, la retirada de la placa y el monolito que recordaban la figura del jefe del comando Araba Jos¨¦ Miguel Ariztimu?o, Pana, en un parque de la localidad. El juez orden¨® a la Ertzaintza la retirada de los s¨ªmbolos, y a la alcaldesa, Marian Beitialarrangoitia, la eliminaci¨®n del nombre del etarra del callejero de la villa, bajo apercibimiento de que, de no hacerlo, ser¨ªa considerado un indicio de delito.
La defensa de la alcaldesa aleg¨® que un tribunal hab¨ªa considerado que hechos de an¨¢loga significaci¨®n no ten¨ªan relevancia penal y que la v¨ªa adecuada era la contencioso-administrativa, pero Marlaska rechaz¨® la argumentaci¨®n se?alando que el pronunciamiento de la Sala no era pac¨ªfico y que otros tribunales han resuelto lo contrario. Lo dicho, un galimat¨ªas.
Un magistrado, a prop¨®sito de este laberinto, recordaba en tono jocoso que cuando ¨¦l estudiaba en la Escuela Judicial se contaba que cuando Mois¨¦s baj¨® del monte Sina¨ª con las Tablas de la Ley, el pueblo estaba muy revuelto por las limitaciones que impon¨ªa el sexto mandamiento en materia de sexo. Ante sus quejas, Mois¨¦s les dijo: "No os preocup¨¦is, sobre eso el Se?or ha dicho que admitir¨¢ jurisprudencia".
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