Un mar de dudas entre los aspirantes
La carrera contrarreloj de los grandes y peque?os grupos que han concurrido al concurso e¨®lico convocado por Industria tuvo en las ¨²ltimas semanas un obst¨¢culo imprevisto: las dudas generadas por los requisitos establecidos en el decreto y la orden que regula el proceso. El propio departamento que dirige Fernando Blanco se ha encargado de aclarar y resolver las principales cuestiones planteadas por los futuros adjudicatarios. Entre otros, uno de los interrogantes que preocupaban a los empresarios era la definici¨®n, contenidos y alcance de los proyectos de desarrollo econ¨®mico aparejados a la solicitud de megavatios.
Tambi¨¦n hab¨ªa dudas sobre la legalidad de que un mismo grupo optase a las concesiones con la compa?¨ªa matriz y una filial a la vez. Y los interesados no ten¨ªan una idea clara sobre la f¨®rmula para acreditar la capacidad y solvencia de las propuestas en cuanto a los fondos propios de las sociedades y el contenido de las memorias que deben justificar los planes de evacuaci¨®n (conexi¨®n a la red). Adem¨¢s, algunos ayuntamientos plantearon a Industria consultas sobre los medios que deb¨ªan articular para apoyar sus solicitudes y acreditar su capacidad econ¨®mica ante su eventual presentaci¨®n al concurso.
Uno de los puntos del decreto que m¨¢s preguntas suscit¨® fue el de la participaci¨®n p¨²blica en los proyectos, una de las grandes novedades introducidas por Industria frente a anteriores convocatorias. En la mayor¨ªa de los casos, la conseller¨ªa recomend¨® incluir en las ofertas una opci¨®n de compra a favor de la Xunta en la que se comprometiese la gratuidad de la transmisi¨®n. Industria tambi¨¦n indic¨® la conveniencia de que se especificasen los criterios para el reparto de dividendos en las compa?¨ªas adjudicatarias que cuenten con participaci¨®n p¨²blica.
La conseller¨ªa que dirige el nacionalista Fernando Blanco aclar¨® que los fondos propios (capital y reservas) de cada una de las sociedades que concurran al proyecto tienen que representar el 20% del total de la inversi¨®n necesaria para la puesta en marcha de los parques. La capacidad econ¨®mica debe ser acreditada bien por una persona f¨ªsica, bien por la promotora que solicita la autorizaci¨®n o simplemente por los socios que participan directamente en la compa?¨ªa. La solvencia, recuerdan en Industria, debe ser acreditada en el supuesto de que la solicitud de autorizaci¨®n sea transmitida a una sociedad filial.
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