Aval para la acusaci¨®n popular
Adem¨¢s del mamporro jur¨ªdico propinado por la Audiencia Provincial de Madrid a la teor¨ªa de la conspiraci¨®n sobre el 11-M, la sentencia significa un aval para el ejercicio de la acci¨®n popular que consagra la Constituci¨®n y que garantiza que los procesos penales no se archiven por falta de acusaci¨®n cuando el ministerio fiscal no se encuentra motivado para "promover la acci¨®n de la justicia" que le encomienda la Ley Fundamental.
La sentencia notificada ayer -pr¨¢cticamente firme, porque ser¨¢ muy dif¨ªcil que prospere contra su racionalidad un recurso de casaci¨®n- dedica m¨¢s de la mitad de sus 51 folios a combatir la pretensi¨®n del fiscal y la defensa de que el caso se sobreseyera, en aplicaci¨®n de la doctrina del Tribunal Supremo sobre el caso Bot¨ªn, por supuestos delitos contra la Hacienda P¨²blica, archivado en 2007 por falta de legitimaci¨®n de la acusaci¨®n popular. El tribunal que preside Alberto Jorge Barreiro descuartiza jur¨ªdicamente esa sentencia de la Sala Penal del Supremo, al que tilda de incongruente, por cuanto que pocos meses despu¨¦s, en abril de 2008, estim¨® legitimada a la acusaci¨®n popular en el caso Atutxa, por un delito de desobediencia al Tribunal Supremo.
Uno de los argumentos que la sentencia critica duramente a la Sala Penal del Supremo es que trate de justificar la falta de legitimaci¨®n de las acusaciones populares en que favorecen la celeridad de los procesos penales. La Audiencia Provincial lo tacha de "endeble", ya que, seg¨²n recuerda, la interpretaci¨®n jurisprudencial permite que las acusaciones populares sigan interviniendo en las fases de instrucci¨®n, que son las m¨¢s largas. En concreto, la instrucci¨®n del caso Bot¨ªn dur¨® diez a?os, desde 1992 a 2002, a?o en que se produjo la reforma legislativa, con base en la cual el Supremo quiso interpretar en 2007 que con la acusaci¨®n popular no bastaba para proseguir el proceso contra el importante banquero.
A la espera de una tercera sentencia del Supremo, que establezca una doctrina acorde con "la certeza y la cientificidad del derecho", el tribunal ratifica la legitimaci¨®n de las acusaciones populares en el caso ¨¢cido b¨®rico, mientras justifica haber apartado de la causa a la Abogac¨ªa del Estado, que actuaba como "ministerio fiscal bis".
La sentencia explica que las tres acusaciones populares, al acusar de falsedad en documento oficial a cuatro polic¨ªas, "siempre estar¨ªan legitimadas" por cuanto el tipo penal de la falsedad defiende "un bien jur¨ªdico colectivo: las funciones que desempe?an los documentos en el tr¨¢fico jur¨ªdico".
Lo que ocurre es que los acusados no hab¨ªan cometido ese delito, por lo que han sido absueltos.
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