Becas y becarios en la empresa
Situadas en la frontera entre el contrato de trabajo y la formaci¨®n, las becas son una figura jur¨ªdica proclive a suscitar controversias. Las ventajas que supone para las empresas disponer de un becario en lugar de un trabajador (posibilidad de eludir la r¨ªgida legislaci¨®n laboral, retribuciones rid¨ªculas, evitar la Seguridad Social) provocan que muchas traten de acogerse a esta figura, con independencia de que se den o no los requisitos para ello. Los expertos consideran que la mayor parte de los becarios existentes en Espa?a encubren una actividad laboral. Pero disfrazar una relaci¨®n laboral con el ropaje de una beca constituye una actuaci¨®n en fraude de ley que lleva consigo su nulidad.
Dejando a un lado al "becario de investigaci¨®n", las becas "en general" son asignaciones orientadas a posibilitar el estudio y formaci¨®n. Lo que sucede es que ese estudio y formaci¨®n fructifican normalmente en la realizaci¨®n de una actividad.
Tanto en la beca como en el contrato hay, por tanto, una actividad que es objeto de una remuneraci¨®n; de ah¨ª la zona fronteriza existente entre ambas instituciones. Ciertamente, el hecho de que en ambos casos se realice un trabajo y se perciba una retribuci¨®n puede hacer dif¨ªcil la distinci¨®n en supuestos l¨ªmite.
La clave para distinguir entre beca y contrato radica en que la finalidad perseguida en la concesi¨®n de becas no estriba en beneficiarse de la actividad del becario, sino en la ayuda que se presta en su formaci¨®n. Los tribunales reiteran que el rasgo diferencial de la beca es su finalidad de facilitar el estudio y la formaci¨®n del becario, y no la de apropiarse de los resultados o frutos de su esfuerzo, obteniendo de ellos una utilidad en beneficio propio.
De esta forma, si se acredita que el prop¨®sito principal del v¨ªnculo no es el de contribuir a la formaci¨®n del becario, sino obtener un trabajo necesario para la actividad de la empresa, la conclusi¨®n ser¨¢ que la relaci¨®n ser¨¢ laboral.
El dato esencial es pues qui¨¦n resulta m¨¢s beneficiado. El becario debe realizar una actividad dirigida esencialmente a su formaci¨®n y s¨®lo indirectamente puede proporcionar alguna utilidad a la empresa; pero si sus esfuerzos van dirigidos sobre todo a satisfacer las necesidades de la entidad que le ha concedido la beca, estaremos ante una relaci¨®n laboral.
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