Justicia tiene listo el reglamento para reconocer a las v¨ªctimas del franquismo
90 personas han pedido ya al ministerio la declaraci¨®n como represaliados
Ocho meses despu¨¦s de la aprobaci¨®n de la pol¨¦mica Ley de Memoria, el Gobierno empieza a desarrollarla. Sobre todo en uno de sus puntos m¨¢s novedosos, el de la creaci¨®n de una declaraci¨®n solemne de reparaci¨®n y reconocimiento personal para todas las v¨ªctimas de la Guerra Civil y de la posterior represi¨®n franquista.
El Ministerio de Justicia tiene ya redactado el reglamento que desarrolla la ley en este punto (su art¨ªculo 4) y lo enviar¨¢ en las pr¨®ximas semanas al Consejo de Estado para su aprobaci¨®n definitiva, seg¨²n un portavoz de este departamento.
El reconocimiento oficial no implica ninguna ayuda econ¨®mica
Este documento oficial, que implica un reconocimiento que han reclamado muchas v¨ªctimas, debe ser expedido por Justicia, seg¨²n la ley. El Gobierno quiso crear un tribunal de cinco notables que lo expidiera tras una investigaci¨®n, pero ante la pol¨¦mica creada, y tras la oposici¨®n del PP, que podr¨ªa bloquear la creaci¨®n de este ¨®rgano, decidi¨® que sea Justicia quien lo d¨¦ casi autom¨¢ticamente, tras una peque?a investigaci¨®n de los datos aportados por la v¨ªctima o cualquiera de sus familiares.
A pesar de que en las asociaciones de represaliados hay bastante confusi¨®n respecto a qui¨¦n expide este documento y c¨®mo pedirlo, el Gobierno no ha hecho ning¨²n tipo de publicidad. Justicia asegura que ya lo han solicitado 90 personas.
Para muchos represaliados supervivientes -ya muy ancianos en su mayor¨ªa- y sobre todo para los familiares de los asesinados, el reconocimiento oficial de lo injusto de su condena, aunque no implique ninguna compensaci¨®n econ¨®mica -la ley las excluye- es importante. Al contrario de lo que sucedi¨® en otras dictaduras, la Transici¨®n espa?ola se realiz¨® sin ruptura legal con el r¨¦gimen anterior, de manera que, por ejemplo, la sala de lo Militar del Tribunal Supremo rechaza sistem¨¢ticamente la revisi¨®n de juicios sumar¨ªsimos del franquismo, realizados sin niguna garant¨ªa legal, porque considera que se realizaron seg¨²n la legalidad vigente y por tanto son leg¨ªtimos. Las familias de Juli¨¢n Grimau o Salvador Puig Antich se han topado con este muro.
Este reconocimiento oficial no equivale a la nulidad de las condenas que reclamaban y reclaman las asociaciones, pero es el primer documento de un Gobierno de Espa?a que sirve como reparaci¨®n de las v¨ªctimas de la Guerra Civil y la represi¨®n franquista.
El Gobierno, sin embargo, tal y como ha denunciado Joan Herrera, diputado de ICV y uno de los principales art¨ªfices de la Ley de Memoria, apenas ha desarrollado esta normativa. No s¨®lo no ha elaborado el mapa de fosas a que le obliga el art¨ªculo 12. Tampoco ha redactado ning¨²n reglamento ni medida de presi¨®n para cumplir el art¨ªculo 15, que anima a la desaparici¨®n de s¨ªmbolos franquistas en ayuntamientos e iglesias. El color pol¨ªtico marca, como siempre, la decisi¨®n. Mientras en A Coru?a la nueva administraci¨®n socialista cambia calles y hospitales dedicados a falangistas, las estatuas de Franco siguen en pie en Santander -pendiente de unas obras de un aparcamiento- o Melilla y no hay noticia de iglesias que hayan retirado la conocida placa de "ca¨ªdos por Dios y por Espa?a".
Lo que dice la ley
- Art¨ªculo 4. Declaraci¨®n de reparaci¨®n y reconocimiento.
4.1. Se reconoce el derecho a obtener una Declaraci¨®n de reparaci¨®n y reconocimiento personal a quienes durante la Guerra Civil y la dictadura padecieron los efectos de las resoluciones a que se refieren los art¨ªculos anteriores.
4.4. Las personas o instituciones previstas en los apartados anteriores podr¨¢n interesar del Ministerio de Justicia la expedici¨®n de la Declaraci¨®n. A tal fin, podr¨¢n aportar toda la documentaci¨®n que sobre los hechos o el procedimiento obre en su poder.
4.5. La Declaraci¨®n a que se refiere esta ley ser¨¢ compatible con cualquier otra f¨®rmula de reparaci¨®n prevista en el ordenamiento jur¨ªdico y no constituir¨¢ t¨ªtulo para el reconocimiento de responsabilidad patrimonial del Estado ni de cualquier Administraci¨®n P¨²blica.
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