El bipartito desbloquea tras dos a?os la ley que regular¨¢ la publicidad oficial
El borrador fija criterios objetivos para el reparto de anuncios entre los medios
La Xunta planea aprobar en dos semanas el proyecto de Ley de Publicidad Institucional, la tercera iniciativa que los socios del bipartito se comprometieron a aprobar para favorecer la "regeneraci¨®n democr¨¢tica" de Galicia tras 16 a?os de gobiernos del PP. Las dos primeras normas, concebidas al servicio del cambio prometido por PSdeG y BNG (Transparencia y Subvenciones), ya vieron la luz, pero la de Publicidad Institucional permanec¨ªa bloqueada desde hace casi dos a?os. Socialistas y nacionalistas no se pon¨ªan de acuerdo sobre la regulaci¨®n de la contrataci¨®n de publicidad por parte de las diferentes conseller¨ªas.
El proyecto no proh¨ªbe anunciar los logros de la Administraci¨®n
El Gobierno, sin embargo, decidi¨® tras el verano desempolvar el borrador de la ley y lo ha hecho manteniendo el texto original redactado por la Secretar¨ªa Xeral de Comunicaci¨®n, que depende directamente del presidente Emilio P¨¦rez Touri?o. Completados todos los tr¨¢mites, ahora s¨®lo est¨¢ pendiente de la opini¨®n de la Comisi¨®n Galega de Cooperaci¨®n Local, en la que est¨¢n representados ayuntamientos y diputaciones.
Este tr¨¢mite es imprescindible porque el proyecto en cuesti¨®n propone la creaci¨®n de una comisi¨®n de control para informar acerca de los proyectos de anuncios o campa?as publicitarias institucionales de las conseller¨ªas, pero tambi¨¦n de las diputaciones, los ayuntamientos o cualquier entidad o sociedad p¨²blica que dependa de las administraciones auton¨®mica o local.
El borrador sit¨²a la comisi¨®n de control en la ¨®rbita de la Secretar¨ªa de Comunicaci¨®n de la Xunta. Tal y como est¨¢ formulada, de ella formar¨¢n parte "representantes de las personas jur¨ªdicas, entes y organismos sometidos al ¨¢mbito de aplicaci¨®n" de la ley y "por personas expertas independientes y de reconocido prestigio procedentes del ¨¢mbito acad¨¦mico o profesional".
Las funciones de la comisi¨®n incluyen emitir informes no vinculantes sobre los proyectos de anuncios o campa?as publicitarias que le sean remitidos por los sujetos y entidades sometidos al ¨¢mbito de aplicaci¨®n de la ley. Este ¨®rgano de control tendr¨¢ capacidad para resolver las reclamaciones que se presenten contra anuncios o campa?as publicitarias institucionales, as¨ª como de ordenar su cese o rectificaci¨®n a petici¨®n de "cualquier persona que ostente un inter¨¦s leg¨ªtimo" y previa audiencia a sus promotores, si estima que "un anuncio o una campa?a institucional vulnera los principios recogidos en la ley".
El borrador define como publicidad institucional "toda forma de comunicaci¨®n, difundida por cualquier medio por una administraci¨®n p¨²blica o por un ente, organismo, fundaci¨®n o sociedad dependiente de aquella, con el fin de promover su imagen, sus actividades o fomentar valores de inter¨¦s p¨²blico". S¨®lo excluye los anuncios que deban publicarse por mandato legal o aquellos que tiene por objeto la contrataci¨®n de bienes servicios.
En cuanto a la contrataci¨®n de la publicidad, el texto de la Xunta establece que para adjudicar los "contratos de publicidad, creaci¨®n publicitaria, difusi¨®n publicitaria y patrocinio" deber¨¢n "respetarse los principios de publicidad, concurrencia y no discriminaci¨®n", as¨ª como valorar, preferentemente, "precio, originalidad y creatividad", adem¨¢s de "precio, difusi¨®n y audiencia" cuando el contrato implique difundir la publicidad.
La publicidad institucional "deber¨¢ identificarse claramente" y, en todo caso, "deber¨¢n deslindarse de manera perceptible las comunicaciones hechas con una finalidad informativa de las que se realicen como veh¨ªculos de la publicidad institucional". Al mismo tiempo, "deber¨¢ mencionarse expresamente" la administraci¨®n o administraciones que hayan promovido el mensaje publicitario.
Con todo, el borrador del proyecto de ley no incluye los art¨ªculos m¨¢s exigentes de la normativa estatal sobre el mismo asunto. El documento no hace referencia alguna a la prohibici¨®n de promover campa?as que tengan como finalidad destacar los logros de gesti¨®n de la administraci¨®n o de sus entidades. Tampoco pone coto a la publicaci¨®n de anuncios durante el per¨ªodo previo a las campa?as electorales y limita ¨²nicamente su difusi¨®n durante los quince d¨ªas que anteceden a la votaci¨®n.
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