El Poder Judicial avala la ley del Gobierno para una profunda reforma en los juzgados
La norma descarga de trabajo a los jueces y da m¨¢s competencias a los secretarios
M¨¢s poder para los 3.976 secretarios judiciales, que asumir¨¢n nuevas competencias, y menos trabajo para los 4.543 jueces, que se librar¨¢n de algunas tareas burocr¨¢ticas que ahora tienen encomendadas. ?sa es la intenci¨®n de un proyecto de ley que el Consejo de Ministros aprobar¨¢ en las pr¨®ximas semanas y que cuenta de antemano con el visto bueno del Consejo General del Poder Judicial.
El Gobierno pretende resolver con esta medida legal algunos de los principales problemas de saturaci¨®n de una administraci¨®n de justicia donde trabajan unas 50.000 personas, entre jueces, secretarios judiciales, fiscales y funcionarios. En los ¨²ltimos diez a?os, los juzgados y tribunales espa?oles han pasado de tramitar 6,3 millones de asuntos al a?o a m¨¢s de 8,3 millones. Y de tener 1,8 millones de asuntos pendientes al finalizar 1998 a cerrar 2007 con m¨¢s de 2,4 millones.
Antes de que la nueva ley vea la luz, el polvor¨ªn de la justicia le ha estallado en las manos al Gobierno. El descontento de distintos colectivos (jueces y secretarios judiciales fundamentalmente) por cuestiones variopintas (nombramiento de cargos, sanciones por el caso Tirado, declaraciones de miembros del Gobierno o reformas pendientes) ha desembocado en un paro que dej¨® sin actividad el pasado martes buena parte de los juzgados de toda Espa?a.
La masiva protesta llega cuando el Gobierno se ha embarcado en una profunda renovaci¨®n de la justicia, cuyo primer exponente ser¨¢ el proyecto de Ley de Implantaci¨®n de la Nueva Oficina Judicial, que conlleva reformas en una decena de leyes para cambiar el funcionamiento de los juzgados.
El Consejo General del Poder Judicial, seg¨²n explicaron a este peri¨®dico vocales del organismo, dar¨¢ el pr¨®ximo jueves su visto bueno a la reforma legal. Sus puntos principales, recogidos en el anteproyecto de ley que ha estudiado el Poder Judicial, son los que siguen:
- Descarga de trabajo para jueces y magistrados. Se atribuyen a otros funcionarios -esencialmente a secretarios judiciales- aquellas responsabilidades y funciones que no tienen car¨¢cter jurisdiccional y que hasta ahora desempe?aban los jueces.
- Nuevas competencias de los secretarios judiciales. El texto se?ala: "Deber¨¢ comprobar el cumplimiento de los requisitos formales exigidos en cada orden jurisdiccional y para cada uno de los procedimientos antes de que el juez o tribunal se pronuncien acerca de las admisiones".
Y a?ade: "En aquellos casos en que se pueda poner fin a un procedimiento judicial como consecuencia de la falta de actividad de las partes o por haber llegado ¨¦stas a un acuerdo, el secretario judicial puede dictar un decreto que ponga fin al procedimiento". "El secretario judicial tendr¨¢ competencia para la declaraci¨®n de terminaci¨®n anticipada del proceso por desistimiento a solicitud expresa del actor o la terminaci¨®n del proceso por satisfacci¨®n extraprocesal".
- Grabaci¨®n del juicio para que no sea necesaria la asistencia del secretario. "El documento electr¨®nico que contenga la grabaci¨®n del juicio, siempre que incorpore la firma electr¨®nica reconocida del secretario judicial, constituir¨¢ el acta a todos los efectos. En estos casos no ser¨¢ necesaria la presencia del secretario judicial en la sala".
- Desaparici¨®n de las actas manuscritas. "Se establece adem¨¢s de forma obligatoria la extensi¨®n del acta por procedimientos inform¨¢ticos, con ello se busca la desaparici¨®n de las actas manuscritas, en muchos casos ilegibles, tan frecuentes todav¨ªa en muchos ¨®rganos jurisdiccionales espa?oles".
- Se?alamientos de vistas. "Ser¨¢ el secretario judicial quien, desde un servicio centralizado y gestionando una agencia programada de se?alamientos, establezca una fecha para los mismos. El se?alamiento se verificar¨¢ teniendo en cuenta los criterios que el presidente de la sala o secci¨®n o el titular del ¨®rgano judicial les indiquen en lo concerniente tanto a su organizaci¨®n general del trabajo como a la duraci¨®n aproximada de la vista en concreto, seg¨²n hayan podido determinar una vez estudiado el asunto o pleito de que se trate".
- Subastas por Internet. "Se modificar¨¢ la regulaci¨®n de las subastas judiciales para permitir que bajo la direcci¨®n del secretario judicial puedan efectuarse pujas electr¨®nicas siempre que se cuente con los medios t¨¦cnicos para ello. La participaci¨®n en las subastas judiciales podr¨¢ realizarse a trav¨¦s de Internet sin requerir la presencia f¨ªsica obligatoria de los intervinientes en una sala. Con ello adem¨¢s se evita la discriminaci¨®n, puesto que hay m¨¢s participaci¨®n, se fomentan la transparencia y publicidad, se obtienen mejores precios y se evitan las pr¨¢cticas de colusi¨®n, es decir, el pacto entre dos personas para perjudicar a terceros".
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