La UE llevar¨¢ el control de m¨¢s de 100.000 sustancias qu¨ªmicas
Todas las sustancias qu¨ªmicas que se usen con cualquier fin en Espa?a deber¨¢n ser registradas en la Agencia Europea de Sustancias y Preparados Qu¨ªmicos, dependiente de la UE. En la documentaci¨®n se incluir¨¢n sus aplicaciones y los estudios acerca de su seguridad. M¨¢s de 100.000 productos se ver¨¢n afectados.
El real decreto que traspone la directiva europea REACH (siglas en ingl¨¦s de Registro, Evaluaci¨®n y Autorizaci¨®n de Sustancias Qu¨ªmicas) establece que las empresas que incumplan esta obligaci¨®n podr¨¢n ser multadas con 1,2 millones de euros. Las responsables de las investigaciones y sanciones ser¨¢n las comunidades aut¨®nomas.
Con la nueva reglamentaci¨®n, se cierran algunos agujeros que hab¨ªa en el control de estos productos, que van desde aditivos a pinturas, pasando por f¨¢rmacos, fertilizantes y cualquier otra sustancia "no natural". Hasta ahora, el registro y su control s¨®lo hab¨ªa que hacerlo en el pa¨ªs en el que se fabricaba o empleaba primero, y los dem¨¢s Estados de la UE aceptaban ese control. En Espa?a, Sanidad s¨®lo interven¨ªa si se utilizaban m¨¢s de 10 kilogramos (una cantidad imposible de alcanzar en el caso, por ejemplo, de algunos aditivos de los que se usan menos miligramos por unidad de producto final). Ahora ya no ser¨¢ as¨ª.
Consumidores
El real decreto es consecuencia de una directiva europea aprobada hace casi dos a?os. Sin embargo, la iniciativa, que sufri¨® una fort¨ªsima contestaci¨®n por parte de las empresas qu¨ªmicas, perdi¨® durante su tramitaci¨®n un aspecto que las organizaciones de consumidores y ecologistas consideraban fundamental. En los primeros borradores, aparte del registro y control se obligaba a los fabricantes y a quienes usaban los compuestos a buscar sustitutos menos nocivos para el medio ambiente o las personas, y, si los hab¨ªa, a reemplazarlos.
Pero esa cl¨¢usula de seguridad se elimin¨® del texto final, que se limita a establecer que, l¨®gicamente, la cantidad m¨¢xima segura no podr¨¢ ser superada, pero evita la comparaci¨®n con otras alternativas que tuvieran menos riesgos. Por ejemplo, si un conservante tiene un efecto secundario en grandes cantidades, y hab¨ªa otro que serv¨ªa para lo mismo pero sin esa contraindicaci¨®n, el texto original obligaba a cambiarlo, aunque fuera m¨¢s caro.
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