Obst¨¢culos legales y realidad social
La normativa espa?ola sostiene sobre dos pilares su oposici¨®n a los vientres de alquiler. La Ley de Reproducci¨®n Asistida de 2006 establece, por un lado, que la filiaci¨®n de los hijos nacidos por gestaci¨®n por sustituci¨®n viene determinada por el parto. Es decir: madre es quien da a luz. Pero adem¨¢s, considera "nulo de pleno derecho" cualquier contrato por el que se acuerde la gestaci¨®n por parte de una mujer en favor de terceros.
En el estado de California, principal destino de los espa?oles que salen al extranjero para tener hijos mediante esta f¨®rmula, el escenario regulador es radicalmente distinto. Para empezar, no existe una ley que aborde la cuesti¨®n. Las reglas de juego se basan en la jurisprudencia emanada de su Tribunal Supremo que fija que los derechos de los padres subrogantes deben prevalecer siempre sobre la madre natural, que en ning¨²n caso puede revocar el contrato. Estos acuerdos, no s¨®lo est¨¢n blindados. Son tan minuciosos y extensos que algunos incluyen aspectos del men¨² que debe seguir la gestante.
El momento clave del proceso se produce a los ocho meses de embarazo. Entonces es cuando tiene lugar el llamado juicio de paternidad en los juzgados de familia, en el que ante la presencia del ginec¨®logo que ha practicado la fecundaci¨®n in vitro, la agencia que ha seleccionado a la madre de alquiler, los padres y el resto de las partes interesadas, el juez asigna formalmente la paternidad a los contratantes, que quedar¨¢ reflejada en el certificado de nacimiento.
Los obst¨¢culos aparecen al pisar el consulado espa?ol de Los ?ngeles, que rechaza inscribir estos nacimientos. La tesis que sostiene la direcci¨®n general de los Registros y del Notariado es que estas parejas han hecho un fraude de ley ya que esta pr¨¢ctica no es legal en Espa?a. Algunos de los padres que se han desplazado a Estados Unidos comentan que los problemas se suelen resolver luego en Registro Civil Central de Madrid, aunque hay ocasiones en los que no es sencillo.
Juristas como Alfonso Luis Calvo Caravaca, catedr¨¢tico de Derecho Internacional Privado de la Universidad Carlos III de Madrid abogan por una reforma de la ley de Registro Civil "para evitar este tipo de problemas y adaptar la norma a la realidad social".
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