El C¨®digo Penal m¨¢s duro de la democracia
El Gobierno justifica la reforma en los sucesos que han "conmocionado" a la opini¨®n p¨²blica
El Consejo de Ministros aprob¨® ayer una contundente reforma del C¨®digo Penal de 1995, el de la democracia, para dar respuesta a las demandas sociales de mayor dureza en todos los niveles contra la delincuencia y el terrorismo. La elevaci¨®n de penas, junto a la aplicaci¨®n de la doctrina Parot, que permite extender las condenas hasta el l¨ªmite de 30 a?os de cumplimiento efectivo, juegan a favor de que el C¨®digo Penal pueda llegar a alcanzar niveles de dureza dif¨ªcilmente superables.
La vicepresidenta el Gobierno, Mar¨ªa Teresa Fern¨¢ndez de la Vega, y el ministro de Justicia, Mariano Fern¨¢ndez Bermejo, presentaron el endurecimiento de penas y medidas postdelictuales para delincuentes sexuales y terroristas con un mensaje claro: "No habr¨¢ ning¨²n resquicio para la impunidad".
Frente a los terroristas, "los ciudadanos estar¨¢n m¨¢s protegidos frente a quienes hayan quebrantado la ley tan gravemente, aunque hubieran cumplido la pena principal", asegur¨® Fern¨¢ndez de la Vega. La vicepresidenta se refer¨ªa a la pena estelar de la reforma, la "libertad vigilada", que equipara en tratamiento a los delincuentes sexuales con los violentos. Bermejo subray¨® que la libertad vigilada tiene por finalidad "una reinserci¨®n paulatina en la sociedad" del que ya ha cumplido la pena de c¨¢rcel.
El Gobierno admiti¨® que gran parte de la reforma ha estado motivada por "los acontecimientos que hace unos meses han conmocionado a la opini¨®n p¨²blica". En realidad, buena parte de la reforma, concordada con el PP, parece moldeada a golpe de titular informativo y en el extremo opuesto a lo que predicaba el PSOE en la pasada legislatura: evitar legislar en caliente. Algunas de las l¨ªneas directrices de la reforma son:
LIBERTAD VIGILADA La influencia de De Juana
El caso de Juan Ignacio de Juana, la posibilidad de que el terrorista m¨¢s odiado pudiera vivir junto a sus v¨ªctimas a la salida de prisi¨®n tras cumplir 18 a?os por 25 asesinatos, y el de Kandido Aspiazu, instalado en el mismo edificio que la viuda de su v¨ªctima, Ram¨®n Baglietto, o la salida de prisi¨®n de violadores como el de Vall d'Hebron o Pedro Luis Gallego, est¨¢n en buena medida tras la nueva pena de "libertad vigilada". El juez puede imponer que el ex preso est¨¦ siempre localizable, se presente peri¨®dicamente en el lugar que se establezca, comunique cada cambio de residencia, no se aproxime a la v¨ªctima o a aquellos de sus familiares u otras personas que se determine, no acuda o resida a determinados lugares... Esta pena, aplicable tambi¨¦n a delincuentes sexuales, podr¨¢ ser impuesta por un periodo de 10 a 20 a?os en casos de delitos graves. El juez podr¨¢ en cualquier momento reducir la duraci¨®n de la libertad vigilada o dejarla sin efecto.
Otra medida que refuerza la dureza en el tratamiento del terrorismo es la imprescriptibilidad de ese tipo de delitos cuando causen una muerte, lesiones con p¨¦rdida de miembros principales o consistan en el secuestro de una persona. No prescribir¨¢n tampoco las penas impuestas por dichos delitos.
PRESCRIPCI?N La pol¨¦mica de 'los Albertos'
La prescripci¨®n de los delitos viene siendo objeto desde antiguo una fuerte controversia entre el Tribunal Supremo y el Tribunal Constitucional. Pero la absoluci¨®n por el Tribunal Constitucional de Alberto Cortina y Alberto Alcocer, Los Albertos, del delito de apropiaci¨®n indebida de 25,4 millones de euros, aplicando una novedosa doctrina y revocando la condena del Supremo, provoc¨® la reacci¨®n de este ¨²ltimo, que reafirm¨® que seguir¨ªa aplicando su propio criterio. El texto facilitado ayer tras el Consejo de Ministros establece que "la presentaci¨®n de denuncia o querella ante un ¨®rgano judicial y contra persona determinada, suspender¨¢ el c¨®mputo de la prescripci¨®n".
Tambi¨¦n queda interrumpida la prescripci¨®n "cuando el juez instructor lleve a cabo una actuaci¨®n material sustancial, o bien cuando ordene a la polic¨ªa judicial la pr¨¢ctica de diligencias orientadas a la detenci¨®n de una persona determinada". El nuevo c¨®mputo sustituye el antiguo criterio de interrupci¨®n de la prescripci¨®n "desde el momento que el procedimiento se dirija contra el culpable".
En materia fiscal, se eleva a 10 a?os el plazo de prescripci¨®n de los delitos contra la Hacienda P¨²blica y la Seguridad Social, que ahora es de cinco a?os.
PIRATER?A Secuestro en el ?ndico
El secuestro del pesquero Playa de Bakio en aguas del oc¨¦ano ?ndico y los intentos fallidos de apoderarse de otros buques est¨¢n, sin duda, en el origen de la creaci¨®n del nuevo tipo penal de pirater¨ªa, que se incluye dentro de los delitos contra la comunidad internacional. Tambi¨¦n comprende los eventuales actos il¨ªcitos contra la navegaci¨®n a¨¦rea.
El delito de pirater¨ªa prev¨¦ una pena de prisi¨®n de 10 a 15 a?os al que se apodere, da?e o destruya una aeronave, un buque u otro tipo de embarcaci¨®n o plataforma en el mar, o atente contra las personas o bienes que se hallen a bordo. La pena se impondr¨¢ al margen de las que correspondan por los delitos cometidos.
El C¨®digo tambi¨¦n prev¨¦ una nueva pena de uno a tres a?os para el que se resista o desobedezca a un buque de guerra, aeronave militar u otros al servicio del Estado. La pena se elevar¨¢ a entre 10 y 15 a?os si en la resistencia se emplease violencia.
ORDENACI?N DEL TERRITORIO Contra el urbanismo salvaje
El urbanismo salvaje, las construcciones ilegales como la del hotel El Algarrobico en el Cabo de Gata (Almer¨ªa), son el referente de la reforma en materia de delitos urban¨ªsticos. Se elevan las penas para los promotores o t¨¦cnicos que lleven a cabo obras de urbanizaci¨®n, construcci¨®n o edificaci¨®n en zonas no autorizadas destinadas a viales o zonas verdes que tengan reconocido su valor paisaj¨ªstico, ecol¨®gico, hist¨®rico o cultural.
Se extiende el delito al momento de la urbanizaci¨®n de las obras ilegales o clandestinas y se perseguir¨¢ expresamente a las autoridades y funcionarios que silencien las infracciones urban¨ªsticas que observen en el ejercicio de sus funciones.
NUEVA DELINCUENCIA Asaltos a chal¨¦s
Los asaltos a chal¨¦s, como el del empresario Jos¨¦ Luis Moreno o el de la familia Tous, y los frecuentes alunizajes en escaparates comerciales son nuevas formas de delincuencia a las que da respuesta el delito de asociaci¨®n transitoria para delinquir. Castiga a quien se agrupa, aunque sea ocasionalmente, para cometer delitos, con una pena adicional de uno a tres a?os de c¨¢rcel adem¨¢s de la que le corresponda por el delito cometido. Los ataques a sistemas de informaci¨®n consistentes en borrar, da?ar, deteriorar, alterar, suprimir programas inform¨¢ticos ajenos se castigar¨¢n con pena de seis meses a tres a?os. Si se accede sin autorizaci¨®n a programas inform¨¢ticos vulnerando medidas de seguridad la pena m¨¢xima ser¨¢ de dos a?os.
Otro de los nuevos tipos penales trata de perseguir a organizaciones que adoptan forma de personas jur¨ªdicas para intentar eludir sus responsabilidades. Se establece una doble v¨ªa para exigir esa responsabilidad: junto a los delitos cometidos por los gestores de sociedades, se a?aden las infracciones por no haber ejercido la sociedad o empresa el debido control sobre sus gestores.
DELITOS SEXUALES El caso Mari Luz
El caso Mari Luz ha impregnado toda la reforma del cap¨ªtulo de delitos sexuales y ha endurecido la pr¨¢ctica totalidad de los delitos en que las v¨ªctimas son menores, a veces casi duplicando las penas. Es el caso de los abusos sexuales b¨¢sicos, que de estar penados entre dos y tres a?os de c¨¢rcel, pasan a estarlo de tres a seis a?os. El delito de abusos agravado, cuando la v¨ªctima es menor de cuatro a?os, pasa de entre dos y tres a?os de prisi¨®n a cuatro a?os y seis meses a 6 a?os. En el caso de que la v¨ªctima se encuentre en situaci¨®n de total indefensi¨®n, derivada de su escaso desarrollo intelectual y f¨ªsico, y en todo caso, cuando sea menor de cuatro a?os de edad, la pena alcanzar¨¢ los 15 a?os de prisi¨®n en el caso de ataque sexual con penetraci¨®n.
La reforma se complementa con la pena de privaci¨®n de la patria potestad en abusos o agresiones cometidas por los padres. Se tipifica tambi¨¦n la captaci¨®n de menores para participar en espect¨¢culos pornogr¨¢ficos, el ofrecimiento de pornograf¨ªa infantil y el hecho de lucrarse con estos espect¨¢culos.
Los principales cambios y novedades del C¨®digo Penal
- Libertad vigilada para violadores y terroristas. El juez podr¨¢ decretar que, una vez agotada la condena, se cumplan hasta 20 a?os de libertad vigilada, lo que incluye medidas especiales como la de estar siempre localizable, no poder acercarse ni comunicarse con su v¨ªctima, no desempe?ar determinadas actividades, no acudir o vivir en determinados lugares, obligaci¨®n de participar en programas formativos... El juez puede imponer tambi¨¦n el seguimiento con dispositivos electr¨®nicos.
- Imprescriptibilidad de los delitos de terrorismo m¨¢s graves. Aquellos que han causado muerte, lesiones graves o secuestros no prescribir¨¢n.
- Endurecimiento de los delitos contra la libertad sexual. Se tipifican nuevos delitos como el de captaci¨®n de menores para participar en espect¨¢culos pornogr¨¢ficos y se incorpora la figura del cliente en el delito de prostituci¨®n cuando la relaci¨®n afecte a menores. Adem¨¢s, se prev¨¦ la privaci¨®n de la patria potestad y se endurece el acceso al tercer grado penitenciario. Y se agrava la pena cuando la v¨ªctima se encuentre en total indefensi¨®n o sea menor de cuatro a?os.
- Asociaci¨®n delictiva de car¨¢cter transitorio. Esta nueva figura castiga a quien se agrupa, aunque sea de forma provisional, para delinquir.
- Pirater¨ªa. Se introduce este nuevo tipo penal que se castiga con entre 10 y 15 a?os de prisi¨®n.
- Trata de seres humanos. Se tipifica como un delito aut¨®nomo que se castigar¨¢ con penas de entre cinco y ocho a?os de prisi¨®n. Trata de penar la explotaci¨®n de personas con fines laborales (incluida la esclavitud) o sexuales o para extraer sus ¨®rganos corporales.
- Corrupci¨®n entre particulares. Los directivos o empleados de empresas particulares que ofrezcan o acepten sobornos ser¨¢n condenados con penas de c¨¢rcel de seis meses a cuatro a?os.
- Mayor pena por cohecho.Se eleva el m¨ªnimo de dos a tres a?os de prisi¨®n para los funcionarios que reciban o soliciten d¨¢divas o retribuciones. El m¨¢ximo sigue en seis.
- Estafa a inversores. En este nuevo delito incurrir¨¢n los administradores de sociedades que coticen en el mercado de valores y falseen sus balances o informaciones sobre sus recursos, actividades o negocios para captar inversores u obtener cr¨¦ditos o pr¨¦stamos.
- Se eleva la prescripci¨®n de los delitos fiscales. Se incrementa de cinco a diez a?os el plazo de prescripci¨®n de delitos contra la Hacienda P¨²blica.
- Mayor facilidad para el decomiso de bienes procedentes de actividades delictivas. En la nueva regulaci¨®n se establece la presunci¨®n de procedencia il¨ªcita cuando el valor del patrimonio sea desproporcionado con respecto a los ingresos legales.
- Nuevos delitos contra la ordenaci¨®n del territorio. Se ampl¨ªan las obras ilegales y clandestinas objeto de este delito a las obras de urbanizaci¨®n.
- Medidas contra la complicidad en infracciones urban¨ªsticas. Se perseguir¨¢ expresamente a las autoridades y funcionarios p¨²blicos que silencien las infracciones urban¨ªsticas que observen en el ejercicio de sus funciones.
- Nuevos delitos inform¨¢ticos. Se castigar¨¢n las conductas consistentes en borrar, da?ar, deteriorar, alterar, suprimir o hacer inaccesibles datos o programas inform¨¢ticos ajenos.
- Acoso laboral. Contempla pena de prisi¨®n de 6 meses a dos a?os para quienes, en el marco de cualquier actividad laboral, realicen actos de grave acoso psicol¨®gico u hostilidad que generen en la v¨ªctima sentimientos de humillaci¨®n.
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