La Audiencia cierra el paso a la causa contra la rebeli¨®n franquista
El golpe de Estado de Franco no est¨¢ entre los delitos que juzga el tribunal, seg¨²n la Sala de lo Penal - Los juzgados locales podr¨¢n seguir ordenando exhumaciones
La Audiencia Nacional no es competente para investigar la insurrecci¨®n franquista contra la Rep¨²blica que se inici¨® en Melilla el 17 de julio de 1936. La Sala de lo Penal de ese tribunal confirm¨® ayer con el voto a favor de 14 de sus 18 magistrados -tres votaron en contra y otro m¨¢s se encontraba de permiso- que el juez Baltasar Garz¨®n no es competente para encausar a Francisco Franco y otros 44 miembros de sus gobiernos y de Falange que se sublevaron contra el Gobierno constitucional hace 78 a?os, causando una guerra civil que dej¨® centenares de miles de muertos y desaparecidos. Y no lo es porque ese golpe de Estado no fue un delito contra la forma de Gobierno, como aleg¨® Garz¨®n, sino una rebeli¨®n, que no se encuentra entre los cr¨ªmenes atribuidos a la Audiencia.
14 de los 17 magistrados niegan la competencia de Garz¨®n en el caso
El pleno rechaz¨® el recurso de la nieta de Negr¨ªn contra el veto a desenterrar
Lo que el pleno de la Sala de lo Penal debati¨® ayer durante m¨¢s de cuatro horas, en realidad, estaba ya resuelto, aunque de otra manera. El 18 de noviembre, Garz¨®n se inhibi¨® de su causa en favor de 62 juzgados territoriales al considerar que la responsabilidad de Franco y de los altos cargos que protagonizaron la represi¨®n durante la guerra y la posguerra estaba extinguida por el fallecimiento de ¨¦stos. Quedaba viva, sin embargo, la cuesti¨®n de competencia que interpuso ante la Sala contra Garz¨®n el fiscal jefe de la Audiencia, Javier Zaragoza, una impugnaci¨®n sin precedentes en la historia del tribunal y que tiene su origen en el enfrentamiento personal entre Zaragoza y Garz¨®n por este caso.
El pleno de ayer dio en parte la raz¨®n al fiscal al negar que el juez sea competente para investigar la dictadura. Pero no porque sus principales protagonistas est¨¦n muertos desde hace a?os, sino porque el delito investigado no se encuentra en el cat¨¢logo de los que, seg¨²n el art¨ªculo 65 de la Ley Org¨¢nica del Poder Judicial, corresponde enjuiciar a la Audiencia. En el auto por el que inici¨® su investigaci¨®n el pasado 16 de octubre, Garz¨®n justific¨® su competencia al considerar que el golpe de Estado franquista era un delito "contra los altos organismos de la Naci¨®n y la forma de Gobierno", cuya investigaci¨®n corresponde a la Audiencia.
Ese criterio fue mayoritariamente rechazado por los magistrados. La mayor¨ªa entendi¨® que la sublevaci¨®n militar fascista de julio de 1936 constituir¨ªa en realidad un delito de rebeli¨®n, que no se encuentra entre los delitos contra la forma de Gobierno, como manten¨ªa el fiscal. Su investigaci¨®n, seg¨²n su escrito, no corresponder¨ªa a la Audiencia, sino a la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, la encargada de instruir y juzgar las causas contra los miembros del Gobierno.
La decisi¨®n, de la que fue ponente el presidente, Javier G¨®mez Berm¨²dez, no fue, en cualquier caso, pac¨ªfica. Contra ella votaron los magistrados Jos¨¦ Ricardo de Prada, Ram¨®n S¨¢ez Valc¨¢rcel y Clara Bayarri. Otros dos magistrados mostraron serias discrepancias con los argumentos que finalmente se impusieron y, aun considerando que Garz¨®n no es competente en la causa, anunciaron la presentaci¨®n de un voto particular para exponer sus propios razonamientos jur¨ªdicos.
El fallo, que no fue hecho p¨²blico, no afecta al resto de actos ordenados por Garz¨®n en su auto. La causa seguir¨¢ viva en los juzgados a favor de los cuales se inhibi¨® el 18 de noviembre, si as¨ª lo estiman sus titulares, que podr¨¢n seguir adelante ordenando la apertura de fosas. La suspensi¨®n de exhumaciones decretada por la Sala el 7 de noviembre queda sin efecto dado que la competencia para decidir sobre ellas ya ha sido transferida a los juzgados de las poblaciones de los enterramientos. El juez envi¨® ayer a los juzgados de Pamplona, Herrera del Duque (Badajoz), Trujillo (C¨¢ceres) y Astorga (Le¨®n) las solicitudes de apertura de cinco fosas.
Queda por resolver el recurso de apelaci¨®n ante la Sala presentado por el fiscal y que Garz¨®n no admiti¨® a tr¨¢mite por considerar que, previamente, el ministerio p¨²blico debi¨® presentar otro ante ¨¦l. Fuentes de la Audiencia aseguran que no ser¨¢ tramitado por los 18 miembros de la Sala, sino por una secci¨®n penal (tres magistrados), que muy probablemente lo archivar¨¢n, seg¨²n fuentes jur¨ªdicas, por quedar sin contenido.
Los magistrados rechazaron el pasado mi¨¦rcoles el recurso presentado por la nieta del ex presidente del Consejo de Ministros de la Rep¨²blica, Juan Negr¨ªn, contra la decisi¨®n de suspender cautelarmente la apertura de fosas por vulnerar su derecho a la tutela judicial efectiva al no haber permitido alegar a las partes. El tribunal asegura que se trataba de una medida de especial urgencia solicitada por el fiscal, por lo que no era necesario que se diera traslado a las partes para adoptarla.
Ese argumento es al que se acoger¨¢ la Asociaci¨®n para la Recuperaci¨®n de la Memoria Hist¨®rica, que ayer anunci¨® que recurrir¨¢ la decisi¨®n "por haber sido apartada del procedimiento".
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