Interior endurece las sanciones a 'ertzainas' condenados por violencia conyugal
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El Departamento de Interior ha endurecido las sanciones disciplinarias impuestas a los agentes de la Ertzaintza en el caso de que sean condenados por los tribunales por delitos relacionados con la violencia contra la mujer. Los agentes pueden ser sancionados con m¨¢s de dos a?os de suspensi¨®n de funciones. La revista Ertzaintza Gaur, publicaci¨®n oficial de la consejer?ia, se?ala en su ¨²ltima entrega que Interior ha endurecido las sanciones para este tipo de delitos dentro de una pol¨ªtica coherente con la sensibilizaci¨®n social e institucional sobre la violencia conyugal y la necesidad de trabajar para erradicarla.
La ley de Polic¨ªa y el Reglamento de R¨¦gimen Disciplinario de la Ertzaintza consideran como faltas determinados actos y conductas aunque se registren en el ¨¢mbito de la vida privada de los agentes y, por tanto, cuando se encuentran fuera de servicio. Los tipos penales relativos a los delitos por violencia dom¨¦stica y de g¨¦nero incluyen siempre penas privativas de libertad, por lo que una eventual condena por parte de los tribunales supone incurrir en una falta de car¨¢cter muy grave de acuerdo con el r¨¦gimen disciplinario de la Ertzaintza.
La Ley de Polic¨ªa y el R¨¦gimen Disciplinario de la Ertzaintza detalla como faltas las conductas constitutivas de infracci¨®n penal cometidas por agentes tanto dentro como fuera del servicio. As¨ª, el Departamento de Interior abre un expediente disciplinario interno cuando un ertzaina recibe un castigo penal. Y se reserva el car¨¢cter de falta muy grave a aquellos delitos que lleven aparejada en el C¨®digo Penal una pena privativa de libertad, tal y como sucede con los delitos relacionados con la violencia conyugal. Este car¨¢cter se mantiene con independencia incluso de que la sentencia condenatoria imponga finalmente dicha pena.
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