El juez anula la multa de 24 millones a Sandok¨¢n por un retraso
El Ayuntamiento de C¨®rdoba busca cobrar con un nuevo expediente sancionador
Nuevo rev¨¦s para el Ayuntamiento de C¨®rdoba. Un juez de lo Contencioso-administrativo ha dictado una sentencia en la que considera que el expediente sancionador que el gobierno municipal que dirige Rosa Aguilar (IU) abri¨® contra las naves ilegales de Arenal 2000, la empresa del constructor Rafael G¨®mez, ha caducado.
Seg¨²n este expediente, G¨®mez -conocido en C¨®rdoba como Sandok¨¢n- deb¨ªa pagar al Ayuntamiento una multa de 24,6 millones de euros. La sentencia dice que cuando se dict¨® y se notific¨® la resoluci¨®n sancionadora, el 1 y el 10 de agosto de 2006, el procedimiento ya hab¨ªa caducado al haber transcurrido m¨¢s de 12 meses desde su inicio el 22 de junio de 2005.
A pesar de que en el fallo de la sentencia el juez hace saber que existe posibilidad de interponer recurso de apelaci¨®n contra la misma ante el Tribunal Superior de Justicia de Andaluc¨ªa, el presidente de la Gerencia Municipal de Urbanismo (GMU), Andr¨¦s Oca?a, anunci¨® ayer que no se iba a seguir este tr¨¢mite y que se iba a acatar la sentencia, aunque no la compartiesen.
La raz¨®n es simple: el recurso alargar¨ªa el proceso m¨¢s all¨¢ de la fecha l¨ªmite en la que prescribe la infracci¨®n, al cumplirse los cuatro a?os del mismo. Para evitar esto, el Ayuntamiento ha ideado una nueva estrategia. Hoy mismo, el Consejo Rector de la GMU, presidido por el propio Oca?a, se reunir¨¢ y ordenar¨¢ el inicio de un nuevo expediente sancionador contra las naves de Rafael G¨®mez. "Al iniciarse un nuevo expediente, se evita la prescripci¨®n", afirm¨® Andr¨¦s Oca?a.
La multa a Sandok¨¢n lleva tramit¨¢ndose desde junio del a?o 2005, cuando se detectaron las primeras obras. En un principio, la GMU paraliz¨® las mismas. Pero ¨¦stas se terminaron, pese a la prohibici¨®n existente. Es entonces cuando arranca el expediente sancionador, que finalmente fija una multa de 24,6 millones, en funci¨®n de la tasaci¨®n realizada de las construcciones. Arenal 2000 intent¨® revocar la sanci¨®n o, en todo caso, paralizar su pago hasta que existiese sentencia firme. El TSJA acab¨® revocando esas pretensiones. Ning¨²n tribunal aprob¨® la paralizaci¨®n cautelar del proceso. Entonces, la salida legal que encontr¨® la empresa fue otra: demostrar la caducidad del expediente sancionador. Algo que ha conseguido en funci¨®n de la sentencia conocida ayer.
Una de las claves de la sentencia se basa en el punto cuarto del art¨ªculo 195 de la Ley de Ordenaci¨®n Urbana de Andaluc¨ªa (LOUA). En su primer p¨¢rrafo, viene a decir que un expediente sancionador s¨®lo se puede suspender si es la Administraci¨®n competente para imponer la sanci¨®n (en este caso la GMU) la que informa al Ministerio Fiscal, suspendiendo el procedimiento hasta el pronunciamiento de la autoridad judicial.
En el caso de las naves de Sandok¨¢n, fue el fiscal quien en septiembre de 2005 vio indicios de infracci¨®n penal, a trav¨¦s de una denuncia, poni¨¦ndolo en conocimiento del Ayuntamiento. En opini¨®n del Consistorio, esta misma secuencia, aparece en el segundo p¨¢rrafo del mismo punto de la ley, que contempla que la Administraci¨®n pueda tener conocimiento, por otras v¨ªas, de las posibles actuaciones penales y decida la suspensi¨®n del procedimiento sancionador. Y bas¨¢ndose en este hecho, la GMU defiende la legalidad de su actuaci¨®n. Aunque el juez opine lo contrario. La Fiscal¨ªa, finalmente, archiv¨® las diligencias en enero de 2006 y devolvi¨® el caso al Ayuntamiento.
Fechas clave
- Junio de 2005. Se detectan obras ilegales de naves en la sede de Arenal 2000
- 22 de junio. El Ayuntamiento inicia el proceso sancionador
- 10 de enero de 2006. La Fiscal¨ªa archiva las diligencias informativas que abri¨® para analizar si hab¨ªa delito
- 1 y 10 de agosto de 2006. Se notifica la resoluci¨®n sancionadora, m¨¢s de 12 meses despu¨¦s de que se inicie el proceso
- 16 de marzo de 2009. El juez anula la sanci¨®n por estar caducada.
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