Una anciana denuncia a la Xunta por dilapidar sus bienes
La mujer fue incapacitada y obligada a vender por la d¨¦cima parte de su valor un edificio catalogado de Vilagarc¨ªa
Mercedes Rodr¨ªguez Mouriz fue incapacitada durante tres a?os hasta que la Justicia rectific¨® el error y reconoci¨® su cordura en 2006. Para entonces su patrimonio, un edificio de doble fachada situado en el centro de Vilagarc¨ªa, que estaba catalogado como patrimonio que hab¨ªa que preservar, fue demolido y reconstruido por la Xunta con todos los parabienes de jueces y fiscales en un proceso plagado de irregularidades.
La anciana acaba de presentar una demanda contra dos de los responsables de la Fundaci¨®n Galega para a Tutela de Adultos (Funga), dependiente de la Xunta. Durante su err¨®nea incapacidad, esta instituci¨®n se apresur¨® a vender su casa. Hasta en siete ocasiones, Mercedes le ha reclamado sin ¨¦xito, por v¨ªa judicial, la devoluci¨®n del patrimonio y la de sus enseres personales, de los que hoy en d¨ªa se desconoce el paradero.
El solar fue tasado en 549.577 euros, pero a ella quedaron en darle 55.000
Seg¨²n el informe pericial, el valor del solar se tas¨® en 549.577,28 euros. Sin embargo, la Funga, encargada de la tutela de la mujer, acord¨®, como oferta m¨¢s ventajosa, que la empresa Promociones Domicres, S.L., que volvi¨® a construir un inmueble en el solar, le entregase 55.000 euros, m¨¢s un piso de 60 metros cuadrados, en la primera planta. El piso lo valoraron en 67.000 euros y tampoco le fue entregado. La compraventa la formalizan Fernando Jaime Quinza-Torroja Garc¨ªa, como responsable de la Funga, y Jos¨¦ Manuel Dom¨ªnguez Crespo, apoderado de la mencionada constructora.
Un caso ins¨®lito que paso a paso se detalla en una demanda de 54 folios, que tendr¨¢ que resolver un juzgado de Santiago, determinando el grado de responsabilidad penal en la que pudieron incurrir los representantes de la Funga, as¨ª como el resto de las personas, incluyendo los jueces y los fiscales, que acordaron su incapacitaci¨®n e intervinieron en la venta de su patrimonio.
Desde 2004, Mercedes Rodr¨ªguez emprendi¨® una cruzada ante los tribunales pidiendo justicia. En octubre de 2002, alegando que el estado del edificio en el que viv¨ªa sola y que hered¨® de sus padres se encontraba en estado ruinoso, dos polic¨ªas la sacaron de su casa, a la que nunca regres¨®. La llevaron al juzgado n¨²mero 1 de Vilagarc¨ªa, donde se inicia la declaraci¨®n de su incapacidad, sin el dictamen vinculante del m¨¦dico forense quien, sorprendentemente, no la reconocer¨ªa hasta dos meses despu¨¦s.
Para la defensa de Mercedes, que entonces ten¨ªa 80 a?os, "el episodio m¨¢s escandaloso" del proceso se produce el 28 de febrero de 2003, cuando se celebra el juicio con el que la declaran incapaz, a pesar de que no compareci¨® ni el letrado de la Xunta ni ning¨²n representante de la Funga (que actuaba como su defensora judicial), ni el m¨¦dico forense. Tampoco comprenden c¨®mo se promovi¨® el proceso sobre la base de que no se conoc¨ªa la existencia de familiares, cuando posteriormente se demostr¨® que no era cierto.
Pero "la mayor irregularidad", para la defensa de la anciana, es "que el mismo d¨ªa que el fiscal presenta la demanda de incapacidad, el juez de Vilagarc¨ªa dispone darle traslado a la persona presuntamente incapaz para comunicarle en su domicilio que pod¨ªa comparecer en el proceso". "?A qui¨¦n le dieron traslado?, ?y en qu¨¦ domicilio, si Mercedes Rodr¨ªguez estaba internada en un centro sanitario por orden judicial?", pregunta la denuncia.
Y tambi¨¦n se subraya el hecho de que la incapacidad de Mercedes se declara judicialmente el 18 de marzo de 2003 y un mes antes, el 10 de febrero, la Funga, "despu¨¦s de hacer una dejaci¨®n de sus obligaciones al no comparecer en el juicio", presenta un escrito al juzgado. En ¨¦ste pide autorizaci¨®n para iniciar los tr¨¢mites de venta del edificio, sobre el que no exist¨ªa declaraci¨®n de ruina. "No se comprende tanta desidia y negligencia por parte de esta instituci¨®n, que tendr¨¢ que rendir cuentas ante la Justicia y decir qu¨¦ ha hecho con los muebles y objetos personales de la tutelada", contin¨²a la demanda.
En contra de su voluntad, Mercedes Rodr¨ªguez no s¨®lo fue desalojada de su domicilio sino que pas¨® casi tres a?os de su vida internada en un centro psiqui¨¢trico en Beariz (Ourense). Uno de sus primos, que vive en Santiago, inici¨® su b¨²squeda cuando fue a visitarla y se top¨® con la casa demolida.
Cuando el juzgado autoriza a la Funga la venta del edificio, ¨¦sta le presenta las diferentes ofertas que ha recibido pero propone como "la m¨¢s ventajosa para los intereses de la tutelada" la del arquitecto t¨¦cnico Jos¨¦ Lino Rodr¨ªguez M¨¢rquez. Sin embargo, se le adjudica a Promociones Domicres, S.L., una empresa que hizo constar que entregar¨ªa 42.100 euros al efectuarse la compra, aunque no lo hizo.
La denuncia plantea muchos interrogantes sobre los motivos que indujeron a la Fundaci¨®n para a Tutela de Adultos a rechazar mejores ofertas, como la de Provao, S.L., que, adem¨¢s, se presenta al juzgado con posterioridad a las otras. Tambi¨¦n se hace constar la propuesta de Construcciones Mesejo, S.L., donde se advierte de que el edificio estaba incluido en el cat¨¢logo de elementos a conservar en unas determinadas condiciones que se detallan en una ficha adjunta.
Si el edificio estaba catalogado y no declarado en ruina, Mercedes Rodr¨ªguez pide que se investigue "c¨®mo se permiti¨® semejante irregularidad, qu¨¦ connivencia ten¨ªa el arquitecto t¨¦cnico, al parecer municipal, con la empresa adjudicataria Domicres. Y si el juez autoriz¨® la propuesta de esta empresa, tal y como se la present¨® la Funga, por qu¨¦ se cambia cuando se eleva a documento p¨²blico el 27 de julio de 2004", en todo lo relativo a las compensaciones, aunque p¨ªrricas, que recibir¨ªa la anciana.
El 19 de enero de 2009, el juzgado de Vilagarc¨ªa requiere por s¨¦ptima vez a la Funga para que, "de inmediato", ponga a disposici¨®n de Mercedes Rodr¨ªguez Mouriz todo su patrimonio. Su ¨²ltima respuesta es lo m¨¢s sorprendente: "Esta fundaci¨®n no tiene en su poder patrimonio alguno, lo ¨²nico que podr¨ªamos entregar es la copia simple de la escritura de compraventa".
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