La agilidad del ministro
La reforma de nuestra justicia requiere tiempo. Y tiempo es lo que tambi¨¦n necesita la propia actividad de administrar justicia, que exige la tramitaci¨®n de un procedimiento, que no es sino una sucesi¨®n de actos del juez y de las partes afectadas por un litigio y que tiene lugar de forma ordenada y sucesiva.
El problema, sin embargo, reside en que la inevitable dilaci¨®n temporal del proyecto de modernizaci¨®n de la justicia, anunciado por el ministro Francisco Caama?o, no debiera extenderse m¨¢s all¨¢ de lo estrictamente necesario pues, si recordamos esa frase hoy ya conocida por todos de que la justicia lenta no es justicia, tampoco una reforma judicial tard¨ªa servir¨ªa de mucho.
Resulta, pues, esencial encontrar un justo punto de equilibrio en el que entre todos podamos implementar los recursos y los medios que consigan una decidida celeridad en la tramitaci¨®n pol¨ªtica de las reformas. Y as¨ª, por fin, podamos ver el horizonte ins¨®lito de un panorama judicial presidido por la transparencia, la eficacia y la celeridad.
Si la justicia lenta no es justicia, una reforma judicial tard¨ªa tampoco servir¨¢ de mucho
Suele pensarse como burda aproximaci¨®n al problema de la lentitud de la maquinaria judicial, que su soluci¨®n pasa por acortar los procedimientos judiciales. Sin duda, ello tiene algo de cierto, pero no debe olvidarse que, en el seno de un Estado constitucional de Derecho, un procedimiento judicial requiere de inevitables tr¨¢mites de audiencia a las partes en condiciones de igualdad (principios de contradicci¨®n y defensa), del cumplimiento de las fases probatorias o del derecho a los recursos, entre otros. Si estos tiempos necesarios del procedimiento fueran eliminados esto implicar¨ªa la desaparici¨®n del proceso tal y como lo concibe nuestra Constituci¨®n (art¨ªculo 24) y, en consonancia, nuestras leyes de enjuiciamiento.
Adem¨¢s de ser ¨¢gil, una justicia de calidad debe garantizar el acceso de los ciudadanos. Sin embargo, la Administraci¨®n de Justicia en nuestro Estado auton¨®mico de hoy es lenta, cara y poco habituada a la transparencia y a la informaci¨®n.
La superaci¨®n o mejora de todos estos d¨¦ficit requiere del consenso de todos. Con esta intenci¨®n se suscribi¨®, en el a?o de 2001, el Pacto de Estado para la Reforma de la Justicia, al que algunos contribuimos desde distintos sectores del conocimiento profesional y pol¨ªtico, y que, ocho a?os despu¨¦s, se sigue reclamando para afrontar los problemas de la justicia, a trav¨¦s de la reciente aprobaci¨®n de una proposici¨®n en el Congreso de los Diputados a favor de un gran acuerdo entre todas las fuerzas parlamentarias.
Ahora bien, existen otros elementos determinantes de esta lentitud y mal funcionamiento de la Administraci¨®n de Justicia que habr¨ªa que erradicar. Destacan a mi juicio dos: la dificultad t¨¦cnica de aplicaci¨®n actual de nuestras leyes de procedimiento por un lado, y la consecuente ineficacia de nuestro actual esquema administrativo de organizaci¨®n judicial.
En relaci¨®n con el primero, hay que destacar el esfuerzo normativo llevado a cabo a lo largo de estos ¨²ltimos a?os para reformar ¨ªntegramente todas las normas de procedimiento (laboral, contencioso-administrativo y civil), a excepci¨®n de la vetusta Ley de Enjuiciamiento Criminal de 1882. Sin embargo, a pesar de todas estas reformas, sigue pendiente todav¨ªa la definitiva redefinici¨®n del recurso de casaci¨®n, que lleve a los Tribunales Superiores de Justicia el conocimiento de la ¨²ltima instancia dentro de cada comunidad aut¨®noma, quedando residenciada en el Tribunal Supremo la casaci¨®n en sentido estricto; es decir, el recurso extraordinario por el que se alcanza la unificaci¨®n de la doctrina y el control de la legalidad del ordenamiento, sin convertirse, como sucede actualmente, en una ulterior instancia de revisi¨®n, y poniendo fin con ello a la insoportable dilaci¨®n que padecen los asuntos en nuestro m¨¢s alto tribunal.
Por lo que se refiere al segundo de los factores determinantes del actual mal funcionamiento de la Administraci¨®n de Justicia, es decir, la probada ineficacia de la oficina judicial y la incorrecta distribuci¨®n del trabajo entre los funcionarios a su servicio, desde hace tiempo se est¨¢ trabajando en un nuevo dise?o de la oficina judicial que adem¨¢s de racionalizar el trabajo, procure la especializaci¨®n de sus funcionarios y separe de la oficina judicial de tramitaci¨®n estrictamente procesal las unidades administrativas, encargadas de una pura labor de gesti¨®n y control del servicio.
En todo caso, resulta evidente que no es posible abordar una mejora de la justicia en lo que a su celeridad se refiere sin un importante esfuerzo inversor en medios t¨¦cnicos y materiales, en el incremento del n¨²mero de jueces, magistrados, fiscales, secretarios judiciales y dem¨¢s personal implicado en lo que deber¨ªa ser una moderna y ¨¢gil tramitaci¨®n de nuestros procedimientos.
Confiemos pues en la agilidad demostrada por el nuevo ministro de Justicia, quien nada m¨¢s ser nombrado para el cargo anunci¨® un esfuerzo econ¨®mico cifrado en m¨¢s de 600 millones de euros y que acaba de ser confirmado por el propio presidente del Gobierno en el debate sobre el estado de la naci¨®n celebrado hace unos d¨ªas.
Ojal¨¢ todo ello sirva para que en los pr¨®ximos a?os los ciudadanos puedan disponer de un aparato judicial mucho m¨¢s ¨¢gil que el que actualmente tenemos.
Alfonso Villag¨®mez Cebri¨¢n es magistrado del Tribunal Superior de Justicia de Galicia y miembro de Jueces para la Democracia.
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