El PP s¨®lo apoyar¨¢ la ley de muerte digna si respeta las "creencias"
Arenas enfr¨ªa las perspectivas de un acuerdo en torno al proyecto andaluz
El proyecto de ley de muerte digna que aprob¨® el martes el Gobierno andaluz se enfrenta ahora a su ¨²ltimo tr¨¢mite: el debate de los grupos pol¨ªticos en el Parlamento auton¨®mico. Aunque la mayor¨ªa absoluta de los socialistas garantiza que la ley saldr¨¢ adelante, la Junta aspira a obtener tambi¨¦n el voto favorable de los dos grupos de la oposici¨®n, IU y PP. El apoyo de la coalici¨®n de izquierdas se da pr¨¢cticamente por hecho, pero el de los populares es todav¨ªa un enigma.
El PP evit¨® ayer pronunciarse con claridad sobre la ley a la espera de conocer en detalle el texto. Pero el presidente regional y vicesecretario de Pol¨ªtica Auton¨®mica del partido, Javier Arenas, acrecent¨® el misterio sobre la postura de su grupo con una declaraci¨®n deliberadamente ambigua: los populares estar¨¢n "dispuestos a dialogar" si el proyecto respeta "las creencias de las familias, los pacientes y los m¨¦dicos". Si no, se posicionar¨¢n "en contra".
En caso de conflicto priman los valores del enfermo sobre los del m¨¦dico
La postura de Arenas va m¨¢s all¨¢ de la mantenida el martes por su portavoz parlamentaria, Esperanza O?a, que es m¨¦dica de profesi¨®n. Ella minimiz¨® la trascendencia de la norma, ya que, seg¨²n dijo, regula pr¨¢cticas m¨¦dicas habituales, y asegur¨® que su grupo apoya la reglamentaci¨®n de estos derechos, aunque no comprometi¨® el respaldo a la ley hasta conocer el texto.
El requisito de respeto a las "creencias" del que ayer habl¨® Arenas no deber¨ªa ser un problema, pero si los populares quieren tensar la cuerda pueden encontrar un resquicio. El art¨ªculo 18 de la ley deja claro que, en caso de conflicto, priman los valores del enfermo sobre los del m¨¦dico, que deber¨¢ "abstenerse de imponer" sus propias creencias morales o religiosas.
El Gobierno andaluz ha descartado regular la objeci¨®n de conciencia para los m¨¦dicos porque, adem¨¢s de entender que esta potestad es s¨®lo estatal, consideran que todos los derechos y obligaciones de la ley est¨¢n dentro de lo que la comunidad m¨¦dica considera "buenas pr¨¢cticas cl¨ªnicas". A¨²n as¨ª, si un m¨¦dico se negara a cumplir alg¨²n art¨ªculo de la norma, tiene dos opciones: pedir la opini¨®n del comit¨¦ de ¨¦tica del centro o acudir a los tribunales. Pero para evitar que se repitan demoras como la que sufri¨® Inmaculada Echevarr¨ªa para que le desconectaran el respirador, la ley contempla que la instituci¨®n sanitaria (p¨²blica o privada) responsable de la atenci¨®n del paciente arbitre los medios para que los derechos de ¨¦ste no se vean mermados, "incluida la negativa o ausencia del profesional". Es decir, si un m¨¦dico se niega, el hospital tendr¨¢ que buscar a otro que respete la voluntad del enfermo.
El debate de la ley en el Parlamento se prolongar¨¢ a¨²n varios meses. La intenci¨®n es que la norma est¨¦ aprobada este a?o. El PP andaluz descarta dar libertad de voto a sus diputados cuando la ley llegue a la C¨¢mara. "No creo que vaya a haber un problema de conciencia", asegur¨® Arenas a este peri¨®dico, pese a que todav¨ªa no sabe si la apoyar¨¢ o no. Tampoco el PSOE ha previsto esta eventualidad porque estima que hay unanimidad entorno a la ley.
La inclusi¨®n del derecho a la muerte digna fue uno de los escollos principales para el acuerdo entre PP y PSOE en el Congreso de los Diputados durante la aprobaci¨®n del Estatuto de Autonom¨ªa de Andaluc¨ªa. Al final, la soluci¨®n satisfizo al PP, porque la redacci¨®n buscada "no afecta al derecho fundamental de la vida", asever¨® en su d¨ªa el ponente popular Federico Trillo.
Obligaciones
- La persona que se encuentre en el proceso de la muerte tiene derecho a rechazar la intervenci¨®n propuesta por los profesionales sanitarios, tras un proceso de informaci¨®n y decisi¨®n, aunque ello pueda poner en peligro su vida.
E El paciente tiene derecho
a revocar el consentimiento emitido de una intervenci¨®n concreta, lo que implicar¨¢ necesariamente la interrupci¨®n de dicha intervenci¨®n, aunque ello pueda poner en peligro su vida.
- El paciente en situaci¨®n terminal o de agon¨ªa tiene derecho a recibir sedaci¨®n paliativa, cuando lo precise.
- El paciente en situaci¨®n terminal tiene derecho a que se le proporcionen en su domicilio los cuidados paliativos, siempre que no est¨¦ contraindicado.
Derechos
- Los profesionales implicados en la atenci¨®n del paciente tienen la obligaci¨®n de respetar los valores, creencias y preferencias del enfermo en la toma de decisiones cl¨ªnicas y abstenerse de imponer sus propias creencias personales, morales, religiosas y filos¨®ficas.
- El m¨¦dico limitar¨¢ el esfuerzo terap¨¦utico cuando la situaci¨®n cl¨ªnica del paciente lo aconseje, evitando la obstinaci¨®n terap¨¦utica.
- La instituci¨®n sanitaria arbitrar¨¢ los medios para que los derechos del paciente no se vean mermados.
- Los centros facilitar¨¢n al enfermo terminal una habitaci¨®n individual con el nivel de confort e intimidad que requiere su estado.
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