El derecho a la vivienda en Andaluc¨ªa
El Parlamento de Andaluc¨ªa tiene previsto en su calendario para este curso pol¨ªtico el debate y aprobaci¨®n de un proyecto de ley sobre el derecho a la vivienda. Se trata de una iniciativa con la que el Gobierno andaluz aspira a garantizar, jur¨ªdicamente y en la pr¨¢ctica, uno de esos nuevos derechos reconocidos en el Estatuto aprobado en 2007. De este modo tambi¨¦n, se podr¨¢ concretar el desarrollo normativo necesario para dar cumplimiento en Andaluc¨ªa a un mandato constitucional contenido en el art¨ªculo 47 de nuestra norma fundamental.
Efectivamente, la intenci¨®n de este proyecto de ley no es otra que establecer una base legal s¨®lida para lograr que todos los andaluces puedan disfrutar de una vivienda digna y adecuada. La metodolog¨ªa para llevar esencial de este compromiso est¨¢ se?alada en el Estatuto, donde se menciona un listado amplio de obligaciones para los poderes p¨²blicos auton¨®micos, con medidas como la promoci¨®n p¨²blica de vivienda, el establecimiento de un sistema de ayudas que faciliten ese derecho, el acceso a la misma en condiciones de igualdad, lo que supone favorecer a aquellos colectivos con especiales necesidades en esta materia, as¨ª como la adopci¨®n de medias antiespeculativas del suelo.
El nuevo Estatuto reconoci¨® a la comunidad numerosas atribuciones en materia de urbanismo
El legislador andaluz no puede olvidar tampoco que en esta gu¨ªa estatutaria se han indicado adem¨¢s otras exigencias ineludibles para que el derecho a la vivienda deje de ser una mera proclamaci¨®n ret¨®rica, pero sin eficacia real hasta ahora. Me refiero a que la futura ley que regule este derecho debe afirmar su car¨¢cter vinculante, capaz de hacerse valer incluso ante los tribunales de justicia, y tiene que prever las prestaciones y servicios con los que se puede satisfacer a nivel individual por cada ciudadano.
Estos son, m¨ªnimamente enunciados, los presupuestos estatutarios que debe cumplir el Parlamento andaluz cuando apruebe en los pr¨®ximos meses la ley del derecho a la vivienda. Tiene, sin duda, competencia de sobra para ello, ya que el nuevo Estatuto reconoci¨® a la comunidad aut¨®noma numerosas atribuciones directamente vinculadas con el ejercicio de ese derecho, en materia de urbanismo, ordenaci¨®n territorial y espec¨ªficamente tambi¨¦n en vivienda. Carecen por tanto de fundamento las cr¨ªticas que se han hecho al proyecto, ante una posible invasi¨®n de las competencias municipales. Ahora bien, para que no resulte vulnerada la autonom¨ªa local por la comunidad, ¨¦sta tendr¨¢ que respetar aquellas funciones que, de igual modo nuestro Estatuto, otorga y reserva a las entidades locales sobre gesti¨®n, y planificaci¨®n de viviendas. La f¨®rmula de la cooperaci¨®n se convierte en una necesidad imperiosa. En el proyecto de ley se contemplan ya algunos mecanismos para hacer efectiva esa participaci¨®n entre las administraciones auton¨®mica y municipal, que esperemos se desarrolle en el futuro en t¨¦rminos de lealtad institucional y al margen del color pol¨ªtico de cada ayuntamiento.
As¨ª pues, tenemos en puertas una ley imprescindible para que los andaluces consigan la satisfacci¨®n de un derecho fundamental para su dignidad personal. El Parlamento de nuestra comunidad tiene, en consecuencia, una tarea para el futuro que requiere una dosis extraordinaria de responsabilidad, m¨¢s all¨¢ de estrategias electorales o meras declaraciones biensonantes.
Gerardo Ruiz-Rico es catedr¨¢tico de Derecho Constitucional y abogado.
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