El Superior anula el juicio que absolvi¨® al autor de 57 pu?aladas a dos gays
El razonamiento de la absoluci¨®n fue "absurdo", dice la sentencia
El razonamiento de que el miedo insuperable y la leg¨ªtima defensa pueden llevar a alguien a matar a dos personas de 57 pu?aladas es "defectuoso, absurdo, il¨®gico y arbitrario". As¨ª califica el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) la decisi¨®n del jurado que el pasado mes de febrero, decidi¨® absolver a Jacobo Pi?eiro Rial, un vecino de Cangas de 28 a?os, que una madrugada de julio de 2006, mat¨® a cuchilladas a los dos inquilinos de un piso de la calle Oporto de Vigo, homosexuales, porque tem¨ªa que lo violasen y matasen. La sentencia de la Sala de lo Civil y lo Penal del TSXG estima las peticiones de la fiscal¨ªa y de la acusaci¨®n particular, y anula el juicio, que deber¨¢ repetirse en la misma instancia en que se produjo, la Audiencia de Pontevedra, con jurado y magistrados distintos.
El fallo anulado ni siquiera declaraba probado que las v¨ªctimas fallecieran
Pi?eiro hab¨ªa accedido a la vivienda de la calle Oporto acompa?ando a una de sus v¨ªctimas, Isaac Al Dan¨ª P¨¦rez Trivi?o, y permaneci¨® en ella alrededor de un d¨ªa entero, bebiendo y drog¨¢ndose, hasta que mat¨® a Isaac y al ciudadano brasile?o Julio Anderson Luciano, roci¨® los cad¨¢veres con combustible y les prendi¨® fuego.
El jurado que sentenci¨® el caso en la Secci¨®n Quinta de la Audiencia pontevedresa estableci¨® que Pi?eiro hab¨ªa matado a sus v¨ªctimas, pero lo hab¨ªa hecho movido por un miedo insuperable producido por la amenaza de ser asesinado si no manten¨ªa relaciones sexuales con ellas. La sentencia no tuvo en cuenta que acuchill¨® a ambas v¨ªctimas en dos ocasiones, en la segunda cuando ya no pod¨ªan ni defenderse, y en el caso de Al Dan¨ª, despu¨¦s de forzar la puerta de la habitaci¨®n donde se hab¨ªa refugiado. La presidenta de la Secci¨®n Quinta lo hab¨ªa condenado a 20 a?os de prisi¨®n por provocar un incendio que pudo haber quemado el edificio entero.
La apelaci¨®n a un juicio con jurado no se puede realizar en base al desacuerdo con el fallo. A pesar de la pol¨¦mica originada por la absoluci¨®n, que el fiscal actuante lleg¨® a calificar de "fallo del sistema", los recursos presentadas por el ministerio p¨²blico y por la acusaci¨®n particular ejercida por la madre de Al Dan¨ª, Marta P¨¦rez Trivi?o, se basaban en quebrantamientos de forma, sobre todo en la falta de motivaci¨®n del veredicto.
La sentencia de la Sala de lo Civil y lo Penal enumera prolijamente y con detalle todos los absurdos, errores y contradicciones de la decisi¨®n del jurado popular. De hecho, en la sentencia del pasado febrero ni siquiera se declara probado que Isaac y Julio fallecieran, se?ala la emitida ayer, lo que llevar¨ªa a concluir "la imposibilidad de existencia de un delito de homicidio o asesinato, cabiendo ¨²nicamente el de lesiones, lo que no dejar¨ªa de ser un nuevo absurdo".
El TSXG echa sin embargo un capote a la instituci¨®n del jurado al considerar que la redacci¨®n del objeto del veredicto (la relaci¨®n de hechos sobre la que el jurado ten¨ªa que decidir) "no es un modelo en su g¨¦nero y no nos cabe duda de que la ciertamente defectuosa motivaci¨®n del jurado deriva en gran manera de aqu¨¦lla". Sea como sea, el quebrantamiento de forma es tan evidente que la Sala de lo Civil y lo Penal ni entra a estudiar otros argumentos que hab¨ªa presentado el fiscal Jos¨¦ Ram¨®n Pi?ol, como el de indefensi¨®n porque la magistrada de Pontevedra no hab¨ªa admitido a tr¨¢mite una pregunta de la acusaci¨®n p¨²blica.
Tambi¨¦n deniega la pretensi¨®n de la acusaci¨®n particular de que el nuevo juicio se realice con un tribunal profesional, en base a que tambi¨¦n se produjo un delito de hurto, que no compete al jurado. Obviamente, tambi¨¦n desestima la apelaci¨®n de la defensa, que pretend¨ªa una rebaja en la condena por incendio, por considerar que la r¨¢pida actuaci¨®n de los bomberos hab¨ªa rebajado el plus de peligrosidad que la magistrada de Pontevedra hab¨ªa tenido en cuenta para imponer la pena m¨¢xima posible. El fallo es recurrible ante el Supremo en el plazo de cinco d¨ªas.
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.