No hay mal que por bien no venga
Hace unos 20 a?os, en un sugerente libro titulado de manera no menos sugerente Why Americans hate Politics?, el columnista del Washington Post E. J. Dionne Jr., afirmaba que el aborto es un tema tan pol¨¦mico en los Estados Unidos y es tan dif¨ªcil encontrar una respuesta al mismo que sea aceptada de manera general, porque en este terreno se produce m¨¢s que la yuxtaposici¨®n la superposici¨®n de dos mayor¨ªas contrapuestas de casi la misma magnitud. Cuando se pregunta a los ciudadanos si creen que el aborto se toma demasiado a la ligera y que se practican demasiados abortos, una mayor¨ªa de algo m¨¢s del 70% tiende a dar una respuesta positiva a dicho interrogante. Pero cuando se pregunta si el Estado debe inmiscuirse en la decisi¨®n de una mujer embarazada acerca de la interrupci¨®n del embarazo, una mayor¨ªa tambi¨¦n superior al 70% considera que no, es decir, que es la mujer la que debe poder tomar la decisi¨®n sin interferencia de los poderes p¨²blicos y, por supuesto, sin el temor a una posible sanci¨®n penal. Casi el mismo n¨²mero de ciudadanos, conclu¨ªa, est¨¢n simult¨¢neamente en contra del aborto y a favor de la libre interrupci¨®n del embarazo por parte de la mujer.
La decisi¨®n de interrumpir el embarazo es la decisi¨®n m¨¢s personal que puede tomar un ser humano
No s¨¦ si hay estudios similares en otros pa¨ªses, pero me imagino que, si los hubiera o los hay, arrojar¨ªan o arrojar¨¢n un resultado similar. No conozco a nadie que est¨¦ a favor del aborto, pero tampoco conozco directamente a nadie que est¨¦ a favor de que se persiga penalmente a la mujer que interrumpe el embarazo. Ni siquiera el portavoz de la Conferencia Episcopal fue capaz de responder de manera positiva a la pregunta de si consideraba que una mujer que interrump¨ªa el embarazo deber¨ªa ir a la c¨¢rcel. Lo deseable ser¨ªa que no se tuviera que practicar ning¨²n aborto, pero si, por las razones que sean, una mujer decide interrumpir su embarazo, no tiene por qu¨¦ hacerlo en unas condiciones de inseguridad de cualquier tipo. ?sta es la posici¨®n claramente mayoritaria en la sociedad y es la que, en mi opini¨®n, deber¨ªa expresarse en el C¨®digo Penal. La divisi¨®n por mitad del Consejo General del Poder Judicial, que le impidi¨® emitir el dictamen preceptivo pero no vinculante sobre el proyecto de ley, no creo que sea en absoluto expresivo de lo que es la posici¨®n de la sociedad espa?ola en la materia.
La decisi¨®n de interrumpir el embarazo, como dijo el Tribunal Supremo de Estados Unidos, es la decisi¨®n m¨¢s ¨ªntima y personal que puede tomar un ser humano. Ning¨²n hombre puede encontrarse en esa situaci¨®n y puede, por tanto, ponerse en el lugar de la mujer que tiene que decidir si interrumpe el embarazo o no. No s¨¦ c¨®mo se puede justificar jur¨ªdicamente que los varones puedan participar en la constituci¨®n de una mayor¨ªa que defina la norma en este terreno. La regla de la mayor¨ªa presupone la vigencia de la igualdad entre quienes tienen que participar en la constituci¨®n de dicha mayor¨ªa. Y en este caso es imposible que se d¨¦. No hay ninguna raz¨®n desde una perspectiva jur¨ªdica, ni sustantiva ni procesal, para que una mujer se vea perturbada con la posible amenaza de la exigencia de responsabilidad penal en el momento en que tiene que tomar la decisi¨®n de interrumpir el embarazo.
Parece que, por fin, en esta legislatura se va a dar una respuesta al problema que tome como punto de partida no el hecho de que el aborto es un acto antijur¨ªdico que puede ser exonerado de responsabilidad penal en determinados supuestos, como se hizo en 1985, sino una respuesta que parta del derecho de la mujer embarazada a interrumpir el embarazo dentro de las primeras 14 semanas sin tener que dar explicaci¨®n de ning¨²n tipo del porqu¨¦ de su decisi¨®n. Parece que, por fin, se va a producir la equiparaci¨®n de Espa?a en este terreno con la casi totalidad de los pa¨ªses de la Uni¨®n Europea y se va a hacer una regulaci¨®n de la materia plenamente coherente con la Constituci¨®n.
Posiblemente sin la vulneraci¨®n masiva de derechos fundamentales de los titulares de la cl¨ªnica Isadora, del personal sanitario y de las mujeres que interrumpieron en dicha cl¨ªnica su embarazo, como consecuencia de la actuaci¨®n irregular de unos miembros de la Guardia Civil con la colaboraci¨®n tambi¨¦n irregular de un juez en plena campa?a de las ¨²ltimas elecciones generales, no se habr¨ªa generado la inquietud acerca de la inseguridad jur¨ªdica en este terreno con la legislaci¨®n actualmente vigente, que ha conducido a que se considera imprescindible la incorporaci¨®n de una ley de plazos a nuestro ordenamiento. Y es que, como dice el refr¨¢n, a veces no hay mal que por bien no venga.
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