Aguirre cambia la Ley del Suelo
La Comunidad podr¨¢ autorizar proyectos urban¨ªsticos de particulares sin el permiso de los ayuntamientos - La norma se aprobar¨¢ sin apenas ser debatida
![Soledad Alcaide](https://imagenes.elpais.com/resizer/v2/https%3A%2F%2Fs3.amazonaws.com%2Farc-authors%2Fprisa%2F82e6a88e-8927-4784-b476-a2e826f462af.png?auth=0cc0b2fac1bc78a65724bed1d02be18478095e204a4b1f5981367558965e3ffd&width=100&height=100&smart=true)
Dos meses ha tardado la presidenta de la Comunidad de Madrid, Esperanza Aguirre, en incumplir su propia promesa de modificar la Ley del Suelo con un amplio debate en la Asamblea de Madrid. "Quiero que la ley sea m¨¢s transparente, ¨¢gil y sostenible", dijo a los diputados auton¨®micos el pasado 15 de septiembre, durante el debate del estado de la regi¨®n.
La Ley del Suelo se modificar¨¢ antes de final de a?o, pero por la v¨ªa acelerada. Porque el Gobierno de Aguirre ha incluido la reforma en el anteproyecto de la Ley de Medidas Fiscales y Administrativas, conocida como Ley de Acompa?amiento, que de un plumazo revisar¨¢ 11 normas regionales. Eso evita la discusi¨®n pormenorizada del articulado de cada texto legal, primero en comisi¨®n y luego en el pleno de la C¨¢mara regional. Y los diputados votar¨¢n el pr¨®ximo diciembre en conjunto todas las modificaciones. La ley saldr¨¢ adelante, porque el PP cuenta con la mayor¨ªa absoluta: 64 diputados de los 120 de la Asamblea.
La medida estaba limitada hasta ahora a los proyectos de la administraci¨®n
Adem¨¢s de que la forma sea cuestionable, tambi¨¦n lo es el fondo de la reforma, seg¨²n las fuentes del sector consultadas, que la tachan de "aberraci¨®n jur¨ªdica". Aguirre modificar¨¢ el art¨ªculo 161 de la Ley del Suelo, que regula el procedimiento excepcional de urgencia de las actuaciones urban¨ªsticas de las administraciones p¨²blicas. Ahora lo ampliar¨¢ a proyectos de particulares.
Este procedimiento permite que, por razones motivadas de excepcionalidad, se eluda la obligaci¨®n de obtener licencia municipal en un proyecto urban¨ªstico, que se sustituye por una decisi¨®n motivada del Gobierno regional. Por ejemplo, es la v¨ªa que utiliz¨® la Comunidad de Madrid para dar luz verde al Campus de la Justicia, el macroproyecto para agrupar las sedes de los juzgados en Valdebebas.
Con la modificaci¨®n de la ley, el Gobierno regional permite este procedimiento excepcional para "cualquier tipo de proyecto", sea "promovido por particulares o administraciones p¨²blicas", seg¨²n la nueva redacci¨®n del art¨ªculo 161. Es decir, que se ampl¨ªa el supuesto a los proyectos de promotores privados.
La ley actual lo limita a actuaciones de los ayuntamientos, la Comunidad de Madrid o "entidades por ella creadas, de ella dependientes o adscritas a la misma". Porque se entiende que es un procedimiento excepcional destinado a actuaciones supramunicipales, como ha reiterado la jurisprudencia. El Tribunal Supremo establece, desde 1984, que no es necesaria licencia para grandes obras p¨²blicas del Estado o de las comunidades aut¨®nomas, que justifica en la distinci¨®n entre obras urban¨ªsticas y obras de ordenaci¨®n del territorio.
Adem¨¢s, el Supremo (14 de octubre de 1992) sostiene que "no s¨®lo las razones de urgencia o excepcional inter¨¦s p¨²blico han de estar debidamente justificadas, sino que su interpretaci¨®n ha de hacerse con car¨¢cter restrictivo". Parece dudoso que los proyectos de un promotor particular sean de inter¨¦s p¨²blico.
Adem¨¢s, la modificaci¨®n que est¨¢ tramitando el Gobierno de Aguirre permitir¨¢ aprobar fuera de un planeamiento urban¨ªstico -y, por tanto, en contra- un desarrollo urban¨ªstico de un particular (que no tiene por qu¨¦ ser el titular del suelo) como si fuera una simple licencia de obras. Este cambio contraviente la autonom¨ªa municipal, al permitir que los proyectos se salten los procedimientos de informaci¨®n de los municipios, que pasan de ser superiores a un mes a 15 o 10 d¨ªas, seg¨²n el caso. De ah¨ª que, previsiblemente, la Comunidad de Madrid va a tener de frente a los ayuntamientos, si persiste en esta reforma legal.Para compensar, la nueva Ley del Suelo establece la necesidad de que los ayuntamientos emitan un informe previo para actuaciones que no sean de la Comunidad. Por tanto, no ser¨¢ necesario para las actuaciones del Gobierno regional o de las entidades creadas por ¨¦l.
Es decir, que el Ejecutivo de Aguirre podr¨ªa decidir la construcci¨®n en cualquier localidad de un vertedero, un campo de golf o incluso un asentamiento para realojar a la poblaci¨®n marginal de la Ca?ada Real, por ejemplo, sin tener que contar con el visto bueno del Consistorio de ese t¨¦rmino municipal. Hasta podr¨ªa hacerlo en suelo no urbanizable, sin que pudiera impedirlo el Ayuntamiento afectado. Bastar¨ªa alegar inter¨¦s regional, ni siquiera p¨²blico.
Otro de los aspectos en reforma es el concepto de "urgente o de excepcional inter¨¦s p¨²blico" de la ley, que se sustituye por el de "urgencia o un motivado inter¨¦s regional". La reforma de la Ley del Suelo va en contra de la autonom¨ªa municipal y deja a la discreci¨®n del Ejecutivo de Aguirre la promoci¨®n urban¨ªstica.
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