Endurecer las penas no sirve
He le¨ªdo con gran preocupaci¨®n las reformas legales propuestas por la subcomisi¨®n del Congreso para el estudio del funcionamiento de la Ley Org¨¢nica 1/2004 de medidas de protecci¨®n integral contra la violencia de g¨¦nero. Como abogada, comparto absolutamente la necesidad de adoptar medidas eficaces y contundentes contra la violencia de g¨¦nero. Ahora bien, ?son las medidas propuestas por el Congreso las adecuadas? Me pregunto qu¨¦ es lo que se pretende con la propuesta de suprimir autom¨¢ticamente la custodia a los maltratadores ?Un mayor castigo para el maltratador o una mayor protecci¨®n para el menor? La pr¨¢ctica nos demuestra que el endurecimiento de las penas no conlleva necesariamente un descenso de los delitos. De hecho, la Ley Integral de la Violencia de G¨¦nero agrav¨® las penas, sin que se haya apreciado un descenso significativo de estos delitos.
?Por qu¨¦? Fallan la educaci¨®n, como medida de prevenci¨®n, y la rehabilitaci¨®n del condenado para evitar la reiteraci¨®n de estas conductas. ?Por qu¨¦ no nos volcamos en hacer efectivos los programas de rehabilitaci¨®n y reeducaci¨®n de maltratadores en lugar de agravar los castigos? Al maltratador se le impone una sentencia condenatoria cuya ejecuci¨®n, en la mayor¨ªa de los casos, se suspende. Pocos se arrepienten; gran parte reincide. Ser¨ªa m¨¢s l¨®gico que la ley exigiera, para suspender la condena, que el maltratador participara de forma activa en un programa de rehabilitaci¨®n y reeducaci¨®n en vez de endurecer las penas. Y si lo que se pretende es proteger a los ni?os, ?no deber¨ªan establecerse mecanismos para garantizar que el menor est¨¦ debidamente protegido en los periodos vacacionales en que permanecer¨¢ con el maltratador? Entiendo que deber¨ªan institucionalizarse las visitas tuteladas para los maltratadores habituales a fin de garantizar la seguridad y educaci¨®n del menor.
Y por ¨²ltimo, el alcoholismo o drogadicci¨®n, deber¨ªan, en mi opini¨®n, poder operar como una circunstancia mixta, actuando en cada caso como agravante o atenuante en funci¨®n de las circunstancias concretas que hayan concurrido en la comisi¨®n del delito.
Itziar D¨ªez Zearsolo es abogada
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