Los contratos indefinidos y sus costes
Si realiz¨¢semos una encuesta sobre qu¨¦ es lo m¨¢s caracter¨ªstico del personaje de Sherlock Holmes, no nos sorprender¨ªa que el resultado fuese su conocida expresi¨®n "Elemental, querido Watson". Lo que s¨ª resultar¨ªa sorprendente (al menos para quienes hubiesen contestado en ese sentido) es saber que tan extendida opini¨®n entra en conflicto con la realidad de los relatos originales de dicho personaje: ¨¦l nunca utiliz¨® esa expresi¨®n. De igual forma, existen algunas ideas sobre el funcionamiento del mercado de trabajo espa?ol que creemos que no se corresponden con la realidad. Precisamente, el objetivo de este art¨ªculo es ofrecer algunos datos que permitan aportar luz sobre ciertas cuestiones (relacionadas con los contratos indefinidos, los despidos y sus costes) que se encuentran en el centro del debate actual sobre una posible reforma laboral.
Los datos nos muestran que no es precisamente dif¨ªcil despedir en Espa?a (ni tampoco tan caro)
Existen ideas sobre el mercado de trabajo que no se corresponden con la realidad
La idea (extendida) es que las empresas son reacias a contratar a trabajadores de forma permanente porque, en caso de tener que extinguir la relaci¨®n laboral, resulta muy caro y dif¨ªcil realizar un despido. Este argumento tiene varias partes: 1) las empresas tienen miedo a contratar indefinidamente, 2) debido a que los costes de despido son muy elevados, 3) porque les va a resultar muy costoso desprenderse de los trabajadores en caso de necesitarlo en el futuro. Veamos cada una de ellas por separado.
La primera tiene que ver con la contrataci¨®n: como las empresas anticipan los costes esperados de una eventual extinci¨®n y como dichos costes son elevados, las empresas deciden utilizar otro tipo de contratos (temporales) para emplear a los trabajadores. Si esto fuera as¨ª, lo que nos encontrar¨ªamos es que casi todos los contratos que se realizan son de naturaleza temporal.
?Qu¨¦ nos dicen los datos? La informaci¨®n proporcionada por el Servicio P¨²blico de Empleo Estatal (SPEE) sobre contratos firmados en Espa?a nos muestra, por ejemplo, que como media en el periodo expansivo 2003-2007, aproximadamente, un 90% de los contratos fueron temporales, y un 10%, indefinidos. ?Pero cu¨¢ntos fueron estos ¨²ltimos? En t¨¦rminos absolutos, el n¨²mero de contratos indefinidos firmados pasaron de casi 1,3 millones (cerca del 9% del total) en 2003 a algo m¨¢s de 2,2 millones (el 12% del total) en 2007. Incluso en 2008, cuando el empeoramiento de la situaci¨®n econ¨®mica ya se dej¨® sentir, sobre todo en la segunda mitad del a?o, los contratos indefinidos firmados llegaron a 1,9 millones. Y los datos del a?o 2009 indican que, a pesar de la recesi¨®n, se han firmado m¨¢s de 1,3 millones. En total, entre 2003 y 2008 se firmaron en Espa?a 10,5 millones de contratos indefinidos, cifra similar al volumen de trabajadores con contrato indefinido existente en promedio en ese periodo (seg¨²n los datos de la EPA).
Esto significa que a las empresas no parece asustarles realizar contratos indefinidos, a juzgar por el n¨²mero que vienen firmando en los ¨²ltimos a?os. Lo curioso es que muchos de los contratos indefinidos firmados corresponden a la variedad de mayores costes de despido: estos contratos indefinidos ordinarios, que ya supon¨ªan uno de cada tres indefinidos firmados en 2003, pasaron a ser casi uno de cada dos en 2007 y 2008, cuando se firmaron casi un mill¨®n de este tipo cada a?o. Pero es que esa proporci¨®n se ha mantenido en 2009, con un total de 603.000 contratos indefinidos ordinarios firmados.
De los datos anteriores se deduce que las empresas s¨ª se aventuran a contratar a trabajadores de forma permanente. Pero ?por qu¨¦ utilizan estos contratos si sus costes de despido son tan elevados? Pues debe de ser porque no lo son tanto. Recordemos que existen dos tipos de contratos indefinidos: el ordinario (con una indemnizaci¨®n de 45 d¨ªas por a?o trabajado, con un m¨¢ximo de 42 mensualidades, en caso de despido improcedente) y el de fomento del empleo (con unos costes de despido improcedente m¨¢s reducidos: 33 d¨ªas con un m¨¢ximo de 24 mensualidades), creado con la reforma de 1997. Esta f¨®rmula supone cantidades cuantiosas pensando en trabajadores con, por ejemplo, 20 a?os de antig¨¹edad y altos salarios, pero invitamos a los lectores a que echen las cuentas de cu¨¢nto supone despedir a un mileurista con contrato indefinido que lleve tres a?os en la empresa.
Adem¨¢s, existen colectivos cuya contrataci¨®n de forma indefinida permite a las empresas obtener bonificaciones en las cuotas a la Seguridad Social (por un periodo de dos a?os antes de 2006 y de cuatro a?os desde entonces, aunque hay excepciones), lo que hace a¨²n m¨¢s atractiva su contrataci¨®n. Las bonificaciones act¨²an como un subsidio que reduce los costes laborales. Si adem¨¢s se trata de un contrato de fomento del empleo indefinido, los costes asociados a la rescisi¨®n son menores, por lo que las empresas se ahorrar¨ªan una parte de los costes de despido ordinarios. De hecho, los incentivos econ¨®micos para este tipo de contratos tienen una cuant¨ªa tal, que han podido ser utilizados por las empresas como si fueran temporales, porque los incentivos pod¨ªan superar los costes de despido en un horizonte de unos dos a?os desde la firma del contrato.
En el caso de los contratos ordinarios (aunque tambi¨¦n se aplica a los de fomento del empleo) hay un aspecto relevante que hay que mencionar. A partir de la Ley 45/2002, que reform¨® la regulaci¨®n de los salarios de tramitaci¨®n con el fin de facilitar el acceso a las prestaciones por desempleo, se produjo de facto una disminuci¨®n de los costes de despido por dos v¨ªas: por un lado, se eliminaron los salarios de tramitaci¨®n, y por otro lado, se eliminaron en su pr¨¢ctica totalidad los costes de transacci¨®n asociados al despido, al convertirlo en un proceso en esencia autom¨¢tico. Lo ¨²nico que tiene que hacer la empresa desde entonces para despedir a un indefinido es poner en el juzgado a disposici¨®n del trabajador la indemnizaci¨®n correspondiente en 48 horas, lo que supone asumir de hecho la improcedencia del despido.
Si, como se dice desde muchas instancias, despedir en Espa?a es muy dif¨ªcil y caro, los datos deber¨ªan decirnos que es as¨ª en efecto. Ve¨¢moslo. De acuerdo con la informaci¨®n sobre altas en las prestaciones por desempleo del SPEE, en 2008 y en 2009 (datos hasta noviembre), el n¨²mero de despidos de indefinidos se situ¨® en torno a un mill¨®n: de todos ellos, unas tres cuartas partes se produjeron a trav¨¦s del recurso a la Ley 45/2002. Pero si nos fijamos en los a?os de expansi¨®n econ¨®mica nos encontramos con unas cifras que van de los 455.000 en 2004 a los 639.000 en 2007. Estas cifras implican que en el periodo 2004-2007 los despidos afectaron a un 5,5% de la poblaci¨®n asalariada del sector privado con contrato indefinido, lo que es una cifra bastante respetable.
Por tanto, los contratos indefinidos tienen una duraci¨®n muy variable y no constituyen para los trabajadores que acceden a ellos una barrera de protecci¨®n contra la salida del empleo. Tambi¨¦n los datos nos muestran que no es precisamente dif¨ªcil despedir en Espa?a (ni tampoco tan caro, en el caso de trabajadores con antig¨¹edades no muy elevadas). No obstante, el mecanismo jur¨ªdico para ese despido r¨¢pido tiene un precio para la empresa y para el trabajador. La empresa debe pagar la indemnizaci¨®n de improcedencia, que llega hasta m¨¢s que doblar la indemnizaci¨®n de procedencia (20 d¨ªas de salario por a?o trabajado con un m¨¢ximo de 12 mensualidades). Y el trabajador debe pagar con una importante indefensi¨®n jur¨ªdica, pues este sistema de despido r¨¢pido, en la pr¨¢ctica, hace que la causa del despido se vuelva de hecho irrelevante.
Cualquier planteamiento de reforma laboral del mercado de trabajo espa?ol deber¨ªa tener en cuenta estos datos. Dando otra vez la voz (esta vez cierta) a Sherlock Holmes: "Es un error fatal dise?ar teor¨ªas antes de tener datos. Sin darse cuenta, uno empieza a torcer los hechos para acomodar las teor¨ªas, en vez de acomodar las teor¨ªas a los hechos".
Carlos Garc¨ªa Serrano y Miguel ?ngel Malo son profesores de la Universidad de Alcal¨¢ y de la Universidad de Salamanca, respectivamente.
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