Libertad vigilada y nuevos delitos
El proyecto de ley de reforma del C¨®digo Penal remitido por el Gobierno el pasado mes de noviembre afecta a 150 art¨ªculos. Estos son los apartados fundamentales de la reforma:
- Delitos sexuales. Se limita la concesi¨®n del tercer grado penitenciario a los condenados por delitos contra la libertad sexual de menores y se exige el cumplimiento de la mitad de la condena.
- Libertad vigilada. La libertad vigilada se impone en sentencia junto a la pena privativa de libertad para su ejecuci¨®n posterior a la excarcelaci¨®n del condenado. Su aplicaci¨®n tiene un m¨¢ximo de cinco a?os, ampliables a 10. Por ejemplo, consistir¨¢ en pulseras o medidas de televigilancia y control. Como no puede ser aplicado de forma retroactiva, hasta dentro de 30 ¨® 40 a?os esta reforma legal no tendr¨¢ efectos pr¨¢cticos.
- Penas a empresas. El texto afirma: "Se podr¨¢ imponer a dichas empresas, organizaciones, grupos, entidades o agrupaciones, una o varias consecuencias accesorias a la pena que corresponda al autor del delito, con el mismo contenido que las penas que se podr¨ªan imponer si tuviesen personalidad jur¨ªdica". Es decir, se extiende la condena a las empresas si han servido para cometer el delito de alguna persona o se han beneficiado de ello.
- Prescripci¨®n. La reforma "precisa el momento de inicio de la interrupci¨®n de la prescripci¨®n, estableci¨¦ndose que ¨¦sta se produce, quedando sin efecto el tiempo transcurrido, cuando el procedimiento se dirija contra persona determinada que aparezca indiciariamente como penalmente responsable". Y elevar el plazo m¨ªnimo de prescripci¨®n de los delitos a cinco a?os. Se trata de aclarar las distintas interpretaciones en el Tribunal Supremo y en el Tribunal Constitucional sobre la prescripci¨®n de los delitos.
- Terrorismo. La norma fija "la imprescriptibilidad de los delitos de terrorismo que hubieren causado la muerte de una persona".
- Acoso. "Se incrimina la conducta denominada de acoso laboral entendiendo por tal el hostigamiento psicol¨®gico u hostil en el marco de cualquier actividad laboral o funcionarial, que humille al que lo sufre, imponiendo situaciones de grave ofensa a la dignidad". Adem¨¢s, el proyecto de ley tipifica un nuevo delito de acoso inmobiliario.
- Inmigraci¨®n. Se endurecen los delitos relacionados con la inmigraci¨®n clandestina.
- Delitos sexuales. El proyecto de ley establece la "tipificaci¨®n de las conductas sexuales que afecten a los menores de forma separada de la regulaci¨®n propia para los adultos".
- Nuevos delitos. La reforma crea nuevos tipos penales como los delitos inform¨¢ticos o "la difusi¨®n de noticias o rumores sobre empresas donde se ofreciesen datos falsos para alterar o preservar el precio de cotizaci¨®n de un instrumento financiero", entre otros.
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