Protecci¨®n de Datos ordena al buscador que borre noticias sobre un artista
La Agencia Espa?ola de Protecci¨®n de Datos (AEPD) ha instado a Google a impedir que aparezcan en el buscador datos de la vida privada de un ciudadano sin su consentimiento. La resoluci¨®n considera que le ampara el llamado derecho de oposici¨®n previsto en la Ley Org¨¢nica de Protecci¨®n de Datos y que el afectado tiene "motivos fundados y leg¨ªtimos relativos" para reclamar esa privacidad porque en el buscador aparecen dos noticias que no guardan relaci¨®n con su actividad profesional de m¨²sico.
La AEPD asegura que "desde Google deber¨ªan haberse implementado las medidas necesarias para retirar datos de su ¨ªndice e imposibilitar el acceso posterior". Google ha recurrido la decisi¨®n ante la Audiencia Nacional. Mientras tanto, ayer segu¨ªan apareciendo en el buscador las dos pol¨¦micas noticias, referidas a la condena por el impago de una pensi¨®n compensatoria a su ex mujer y a la absoluci¨®n posterior por esos mismos hechos dictada por la Audiencia Provincial.
El caso data de octubre de 2008, cuando el afectado, que se niega a revelar su identidad y dar m¨¢s detalles sobre la actividad que realiza, se dirigi¨® a Google Spain SL ejercitando su derecho de oposici¨®n porque en el buscador aparec¨ªan dos noticias de un diario local que alud¨ªan al pleito por el impago de la pensi¨®n. La compa?¨ªa aleg¨® que no pod¨ªa impedir esa aparici¨®n porque las informaciones de los resultados de b¨²squeda se encuentran en p¨¢ginas web de terceros cuyo acceso es p¨²blico y que para eliminarlos necesitaban la colaboraci¨®n de webmaster.
Impedir el acceso
El artista acudi¨® en abril de 2009 a la AEPD y ahora se le ha dado la raz¨®n al considerar que "desde Google deber¨ªan haberse implementado las medidas necesarias para retirar los datos de su ¨ªndice e imposibilitar el acceso posterior a los mismos". Jos¨¦ Luis Rosillo, el abogado de Barcelona que ha defendido al perjudicado, asegura que "Google no es Internet, sino un motor de b¨²squeda de noticias que indexa, pero al que se puede oponer cualquier ciudadano".
La resoluci¨®n de la AEPD recuerda otra de 2007 dictada en un caso similar en la que se dice que ning¨²n ciudadano que no tenga relevancia p¨²blica "tiene que resignarse a soportar que sus datos de car¨¢cter personal circulen por la red sin poder reaccionar ni corregir la inclusi¨®n ileg¨ªtima de los mismos en un sistema de comunicaci¨®n como Internet".
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