El m¨¢ximo espa?ol es m¨¢s grave que la perpetua
El l¨ªmite m¨¢ximo de cumplimiento efectivo de prisi¨®n previsto en la legislaci¨®n espa?ola en la actualidad -40 a?os- es mucho m¨¢s grave que la cadena perpetua revisable que viene proponiendo el Partido Popular. El C¨®digo Penal de 1995 establec¨ªa que aunque un terrorista fuera condenado a miles de a?os de c¨¢rcel, el m¨¢ximo tiempo de cumplimiento no podr¨ªa exceder de un m¨¢ximo de 30 a?os de c¨¢rcel.
Sin embargo, el Partido Popular llev¨® a las Cortes una reforma del C¨®digo Penal que se convirti¨® en la ley 7/2003 de cumplimiento ¨ªntegro y efectivo de las penas, que elevaba el periodo m¨¢ximo de prisi¨®n a 40 a?os. Es cierto que no era aplicable a cualquier tipo de acumulaci¨®n de delitos sino a dos casos concretos. Uno, cuando se hubieran cometido dos o m¨¢s delitos de terrorismo y al menos uno de ellos estuviera castigado con una pena superior a 20 a?os de c¨¢rcel, lo que en la pr¨¢ctica ocurr¨ªa cada vez que hubiera habido alg¨²n asesinato.
El segundo caso se refer¨ªa a condenas por delitos que no fueran terrorismo, siempre que al menos en dos ocasiones se hubiera castigado con penas superiores a 20 a?os. Es decir, por ejemplo alguien que hubiera cometido varios atracos con v¨ªctimas mortales.
Un total de 40 a?os de prisi¨®n siempre ser¨¢n m¨¢s graves que una cadena perpetua revisable, por mucho que se regule la revisi¨®n a los 20 a?os, como en Francia. En la pr¨¢ctica, nunca superan los 30 porque de lo contrario la caracter¨ªstica perpetua es incompatible con la reinserci¨®n social del penado a la que debe ir dirigida la pena, como establece la Constituci¨®n.
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