"La inmunidad absoluta impedir¨ªa la prevenci¨®n de delitos"
El magistrado Jos¨¦ Manuel Su¨¢rez Robledano defendi¨®, en contra del criterio mayoritario de los otros dos jueces que formaban sala con ¨¦l, que las escuchas ordenadas por Garz¨®n en el caso G¨¹rtel son legales. El magistrado considera que el auto aprobado ayer, al que se opuso, concede un margen muy elevado de "impunidad y privilegio" a los abogados. Hasta el punto de que considera que con ese criterio, que ha permitido anular las escuchas a los cabecillas de la red, "el proceso espa?ol ser¨ªa un apartado islote en el mundo de las normativas de otros pa¨ªses democr¨¢ticos que no mantienen, como regla, las consecuencias derivadas en general y para todo tipo de comunicaciones entre los clientes en prisi¨®n preventiva y sus abogados que cooperan o se involucran en la ejecuci¨®n, la ocultaci¨®n o la continuidad de actividades delictivas".
"Esa fue la finalidad de las intervenciones decretadas", se?ala Su¨¢rez Robledano en su voto particular, "ya que para su acuerdo exist¨ªan previas imputaciones de tres abogados y de un asesor fiscal, imputaciones que no se han dejado sin efecto en la actualidad, siendo irrelevante, como ocurre en la generalidad de las intervenciones telef¨®nicas que parten de indicios comprobados en la instrucci¨®n, que no se mencionen por el nombre determinado a los intervinientes en las conversaciones, siempre que ¨¦stas re¨²nan las precisas condiciones de prueba de cargo y no de estrategias de defensa, que deben excluirse como evidencias en todo caso". "Pensemos que un interno en prisi¨®n preventiva se concierta con su abogado para que transmita -y eso nunca es derecho de defensa sino otra cosa muy diferente- y para que d¨¦ instrucciones de matar a una persona o hacer desaparecer el cad¨¢ver de la persona asesinada o para facilitar el blanqueo de dinero sucio procedente del tr¨¢fico de drogas, de la prostituci¨®n ilegal o del tr¨¢fico de influencias. La inmunidad absoluta que se da en esos casos a la confidencialidad en el locutorio impedir¨ªa la prevenci¨®n e investigaci¨®n y acaso hasta la comisi¨®n de delitos contra la vida o de otros considerados siempre con la categor¨ªa de graves en el C¨®digo Penal vigente".
Su¨¢rez Robledano considera la decisi¨®n de la sala "desmesurada y contraria a la interpretaci¨®n restrictiva que debe tener todo privilegio en conflicto con otros derechos fundamentales". El juez cita legislaci¨®n de Italia, Estados Unidos y otros pa¨ªses que amparan escuchas como las ordenadas por Garz¨®n.
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