El tribunal anula los 'pinchazos' en la c¨¢rcel pero mantiene preso a Correa
El auto, con un voto en contra, compara la orden de Garz¨®n con la tortura
La investigaci¨®n del caso G¨¹rtel, la mayor trama de corrupci¨®n conocida en democracia vinculada a un partido, en este caso el PP, se ha topado con un obst¨¢culo mayor: la anulaci¨®n de dos meses de grabaciones de las conversaciones mantenidas por los cabecillas de la red con distintos abogados. Este hecho complicar¨¢ la instrucci¨®n, pues a partir de ahora pueden llover los recursos para anular nuevas pruebas supuestamente conectadas a las que han sido anuladas.
Por dos votos frente a uno, la Sala de lo Penal del Tribunal Superior de Madrid admiti¨® ayer los recursos de los abogados de 22 supuestos corruptos y anul¨® las escuchas. En las conversaciones invalidadas, Francisco Correa y Pablo Crespo, los cerebros de la trama, tratan con los abogados sobre la forma de ocultar y usar los fondos que guardaban en para¨ªsos fiscales; reconocen la financiaci¨®n ilegal del PP y se lamentan de que la polic¨ªa haya requisado documentos que prueban los sobornos a cargos populares. La resoluci¨®n rechaza la puesta en libertad de Correa y Crespo al considerar que se mantienen los indicios que motivaron su ingreso en prisi¨®n.
Los dos jueces que han anulado las escuchas sostienen que la intervenci¨®n de las comunicaciones ordenada por Garz¨®n vulnera el derecho de defensa al entender que el art¨ªculo 51.2 de la Ley General Penitenciaria, invocado para justificar la medida, s¨®lo es v¨¢lido para casos de terrorismo.
Los magistrados contrarios a las escuchas, Emilio Fern¨¢ndez Castro y el presidente del Tribunal, Francisco Jos¨¦ Vieira, consideran "muy deficiente" el art¨ªculo 579 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, citado por el fiscal en su recurso a favor de las escuchas, que ampara la intervenci¨®n judicial de las comunicaciones en la c¨¢rcel sin restricciones de ning¨²n tipo en funci¨®n del delito investigado.
El auto llega a comparar las escuchas en la c¨¢rcel con la tortura: "Desaparecida, afortunadamente, en nuestro Derecho la facultad de obtener la confesi¨®n forzada del culpable a trav¨¦s de la tortura, la generalizaci¨®n de la intervenci¨®n de las comunicaciones de los imputados con sus abogados permitir¨ªa renacer, en cierto modo, ese m¨¦todo inquisitorial, sustituy¨¦ndolo por el aprovechamiento de situaciones en las que la apariencia de confianza en la comunicaci¨®n con el abogado permitir¨ªa obtener datos incriminadores directamente del acusado, en contra de su voluntad".
Durante las deliberaciones, Vieira lleg¨® a coincidir con Jos¨¦ Manuel Su¨¢rez Robledano -el juez que ha hecho un voto particular a favor de validar todas las escuchas- respecto a la legalidad de la intervenci¨®n de una de las comunicaciones, la del letrado Jos¨¦ Antonio L¨®pez Rubal, imputado por blanqueo. A ¨²ltima hora, Vieira cambi¨® de opini¨®n y se sum¨® a la tesis de la nulidad total de las escuchas, seg¨²n fuentes conocedoras de las deliberaciones. En el auto, los magistrados citan una sentencia del Supremo que defiende las escuchas cuando "existe una constancia suficientemente contrastada de que el abogado ha podido integrarse en la actividad delictiva". Pues bien, seg¨²n el auto, Garz¨®n no cumpli¨® con estas exigencias y s¨®lo habl¨® de conjeturas. El voto particular establece que se trataba de "indicios objetivados antes".
Los dos jueces explican que las pruebas derivadas de lo descubierto por las escuchas de la c¨¢rcel deber¨¢n ser anuladas siempre que se pruebe lo que denominan "conexi¨®n de antijuricidad", algo que deber¨¢ decidir el instructor.
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