Dos bomberos muertos
Lo que m¨¢s me llama la atenci¨®n, entre las reacciones habidas tras la muerte de dos bomberos en el incendio de Fornelos de Montes, es el extraordinario inter¨¦s de la informaci¨®n oficial por dirigir todas las miradas exclusivamente hacia la conducta de quien caus¨® el incendio, poniendo especial ¨¦nfasis en una (presunta, por el momento) actuaci¨®n intencional especialmente reprobable, que, en concreto, en palabras del presidente de la Xunta, se llev¨® a cabo adem¨¢s con "nocturnidad y alevos¨ªa".
Este modo de enfocar la noticia, difundido y amplificado hasta la saciedad por determinados medios de comunicaci¨®n, me recuerda la reacci¨®n ante casos an¨¢logos, como el del Prestige, en los que el objetivo inmediato es buscar un chivo expiatorio que atraiga toda la atenci¨®n y sobre el que debe recaer "todo el peso de la ley". A este chivo expiatorio se le imputar¨ªan todas las consecuencias da?osas que se derivan causalmente de su acci¨®n y en concreto, en el caso de Fornelos, las muertes de los bomberos. Todo ello con una doble finalidad: de un lado, para tranquilizar a la opini¨®n p¨²blica, transmiti¨¦ndole el mensaje de que el problema de los incendios forestales est¨¢ plenamente controlado y de que se aumentar¨¢ la presi¨®n policial y se propondr¨¢, por en¨¦sima vez, el incremento de las penas para tales delitos; de otro lado, para evitar que el foco de atenci¨®n se desv¨ªe hacia aspectos comprometidos para los poderes p¨²blicos, singularmente los destinados a la prevenci¨®n de los incendios.
La informaci¨®n oficial trata de dirigir todas las miradas a la conducta de quien caus¨® el incendio
Sin embargo, semejante enfoque se quiebra ya en su base jur¨ªdica, puesto que, a la vista de los datos que conocemos, nada autoriza a pensar que al autor del incendio de Fornelos vayan a poder imput¨¢rsele unos delitos de homicidio, ni siquiera en su modalidad imprudente. En efecto, aunque es obvio que, seg¨²n el concepto l¨®gico-cient¨ªfico de causa, la muerte de los bomberos no se habr¨ªa producido si el incendio no se hubiese iniciado, ello no implica que exista un nexo de causalidad jur¨ªdica entre el incendio y las muertes, por mucha intenci¨®n que exista en el incendiario y por mucha "alevos¨ªa" que se le atribuya (agravante, por cierto, no aplicable en los delitos de incendio). Al contrario, la actuaci¨®n libre de los bomberos en la tarea posterior de salvamento rompe el nexo jur¨ªdico de causalidad entre la conducta inicial del incendio y las muertes, del mismo modo que suceder¨ªa en el caso de quien arroja intencionadamente al agua a una persona que no sabe nadar y como consecuencia de ello se produce tanto la muerte por ahogamiento de la v¨ªctima como la del socorrista que intent¨® rescatarlo: la muerte del socorrista no podr¨¢ ser atribuida al autor del empuj¨®n.
Hay que respaldar, desde luego, que se persiga a los incendiarios y que se les castigue con todo el rigor que permita nuestra ley, el cual no es poco (prisi¨®n de 10 a 20 a?os cuando el incendio comporte un peligro para la integridad de las personas, aunque no se hubiese producido resultado lesivo alguno); mas con ello no se habr¨¢ conseguido casi nada de cara al futuro.
No va ser posible descubrir y encarcelar a todos los enfermos mentales, alcoh¨®licos u otra clase de toxic¨®manos, psic¨®patas o simplemente a las personas dispuestas a encender una mecha a cambio de dinero. Por tanto, lo sensato es encaminar nuestros esfuerzos a prevenir los incendios o al menos a conseguir que sus efectos no sean devastadores y, sobre todo, a evitar que conlleven un peligro para la vida de las personas. De ah¨ª que, entre otras medidas, debamos reclamar medios para mantener limpios nuestros montes, as¨ª como un modelo racional de ordenaci¨®n del territorio, evitando que las casas y las industrias se dispersen por doquier, mezcl¨¢ndose con los montes arbolados, lo cual dificulta enormemente su extinci¨®n y es adem¨¢s la causa de innumerables perjuicios econ¨®micos ulteriores, dado que la Administraci¨®n tendr¨¢ que indemnizar tambi¨¦n por los da?os causados a los particulares en las labores de extinci¨®n. Y, por supuesto, debamos exigir tambi¨¦n que no se escatime dinero para dotar de los medios necesarios a los bomberos forestales, para formarlos adecuadamente y no someterlos a horarios de trabajo extenuantes.
Por cierto, el incumplimiento de estas medidas no ser¨¢ factor causal de los resultados lesivos en sentido jur¨ªdico-penal, pero s¨ª lo es, desde luego, seg¨²n el concepto l¨®gico-cient¨ªfico de causa.
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