Urge priorizar valores
En contra de lo que suele afirmarse de una manera bastante gratuita, no se puede decir que el derecho a la objeci¨®n de conciencia con car¨¢cter general sea un derecho constitucional fundamental. En la Constituci¨®n espa?ola, tal derecho solo aparece ligado expresamente a un supuesto espec¨ªfico, la objeci¨®n de conciencia al servicio militar, cuyo contenido real es, en este momento, irrelevante. La Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo en su famosa sentencia de 11 de febrero de 2009 en relaci¨®n con la negativa de unos padres andaluces a que sus hijos recibieran la asignatura de Educaci¨®n para la Ciudadan¨ªa lo dec¨ªa claramente: "La jurisprudencia constitucional espa?ola no ofrece base para afirmar la existencia de un derecho a la objeci¨®n de conciencia con alcance general".
Por tanto, para poder justificar su existencia en otros supuestos hay que hacer dos cosas. Una es buscar un v¨ªnculo t¨¢cito con otros derechos constitucionales. Lo habitual es hacerlo con el art¨ªculo 16 de nuestra Carta Magna, que establece el derecho a la libertad ideol¨®gica, religiosa y de culto. Lo segundo es regular espec¨ªficamente esos supuestos. Esto ¨²ltimo es imprescindible porque en los supuestos donde suelen plantearse problemas de objeci¨®n de conciencia se produce un conflicto entre valores importantes, pero que deben ser jerarquizados. Esto se ve muy bien en el caso de la objeci¨®n de conciencia al aborto. De un lado tenemos obligaci¨®n de respetar la conciencia personal del profesional implicado, pero, por otro lado, tenemos obligaci¨®n de respetar los derechos que la sociedad ha otorgado a la gestante respecto a la gesti¨®n de su propio embarazo. Una sociedad pluralista debe tratar de buscar soluciones que respeten ambos valores al mismo tiempo. Pero llegado el caso, si resulta imposible hacerlo y debemos priorizar uno sobre otro, parece claro que, en el marco de un Estado pluralista y democr¨¢tico, la obediencia a la ley debe estar por encima de la conciencia personal. De lo contrario, estaremos socavando los mismos fundamentos de la convivencia. Por eso es imprescindible y urgente regular estas situaciones.
Pablo Sim¨®n Lorda es profesor del ?rea de Ciudadan¨ªa y ?tica en la Escuela Andaluza de Salud P¨²blica.
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