Estrasburgo convalida el fallo del 'caso Lasa-Zabala'
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha rechazado el recurso de los condenados del caso Lasa-Zabala contra Espa?a, y ha declarado que no hubo violaci¨®n del art¨ªculo 6 del Convenio Europeo de los Derechos del Hombre.
En julio de 2001, el Tribunal Supremo conden¨® a penas de entre 71 y 75 a?os de c¨¢rcel al ex general de la Guardia Civil Enrique Rodr¨ªguez Galindo, al ex gobernador civil de Guip¨²zcoa Julen Elgorriaga, al ex comandante ?ngel Vaquero y a los ex guardias Enrique Dorado y Felipe Bayo, por la detenci¨®n ilegal y el asesinato de los presuntos etarras Jos¨¦ Antonio Lasa y Jos¨¦ Ignacio Zabala. Los condenados invocaron ante el TEDH que las sentencias de la Audiencia Nacional y del Tribunal Supremo vulneraron el art¨ªculo 6.1 (derecho a un juicio justo) 6.2 (presunci¨®n de inocencia) y 3. (derechos de la defensa) del Convenio.
Sin embargo, el TEDH ha dado validez a las declaraciones hechas bajo secreto del sumario por el guardia Felipe Bayo, aunque este se desdijo en el juicio. Bayo relat¨® que el 16 de octubre de 1983 ¨¦l y el guardia Dorado secuestraron en Francia a Lasa y a Zabala, y siguiendo instrucciones del general Galindo, les llevaron al palacio de La Cumbre, en San Sebasti¨¢n, donde fueron torturados. A la vista del estado en que quedaron, el general Galindo, con el conocimiento de Elgorriaga y Vaquero, orden¨® su desaparici¨®n. Dorado y Bayo les llevaron a Bussot (Alicante), cavaron una fosa, y el primero les dispar¨® tres tiros en la cabeza. Despu¨¦s les enterraron cubiertos con cal viva. En 1985, un cazador hall¨® los restos, que quedaron en el cementerio municipal de Alicante hasta que fueron identificados en 1995.
Pruebas corroboradas
El TEDH ha estimado que en ciertas circunstancias, las autoridades judiciales pueden recurrir a pruebas obtenidas durante la instrucci¨®n, siempre que sean corroboradas por otras pruebas. La sentencia de Estrasburgo dice que hubiera sido mejor que el juez Javier G¨®mez de Lia?o hubiera dejado a las dem¨¢s partes o¨ªr a Bayo y poder interrogarle sobre las confesiones que hizo a puerta cerrada, pero la Corte coincide con el Supremo en que los dem¨¢s inculpados no pidieron otra declaraci¨®n de Bayo cuando el secreto fue levantado.
El TEDH constata que las decisiones judiciales espa?olas estuvieron ampliamente motivadas y que la declaraci¨®n de culpabilidad no se fund¨® solo en las declaraciones de Bayo, por lo que declara por unanimidad que no hubo violaci¨®n del Convenio.
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