Las llamadas comerciales no podr¨¢n repetirse en tres meses
Las operadoras autorregulan las promociones telef¨®nicas
"?Est¨¢ usted contento con su compa?¨ªa de m¨®vil? Si se cambia a la nuestra le ofrecemos...". Todos hemos recibido alguna llamada comercial de este tipo. Y, las vamos a seguir recibiendo, pero al menos estar¨¢n sujetas a ciertos l¨ªmites. Telef¨®nica, Vodafone, Orange, Yoigo y Ono han firmado un c¨®digo deontol¨®gico para autorregular sus operaciones de televenta, con el objetivo de procurar ser lo menos molestos posible en las llamadas comerciales que realizan a los usuarios para convencerles de una promoci¨®n o de que se cambien de compa?¨ªa.
La m¨¢s novedosa es que se comprometen a no volver a llamar en tres meses a un usuario que rechace una promoci¨®n y a limitar los horarios en que se pueden realizar las telepromociones a los d¨ªas laborables de 9 a 22 horas y la ma?ana de los s¨¢bados (de 9 a 14 horas), evit¨¢ndose las comunicaciones en domingos y festivos.
La publicidad se limitar¨¢ a laborables de 9 a 22 y s¨¢bados hasta las 14 horas
Otra mejora que agradecer¨¢n los consumidores es que no solo los comerciales deber¨¢n identificar de forma clara e inequ¨ªvoca la operadora que efect¨²a la llamada o en cuyo nombre se realiza, sino que estar¨¢n obligadas a identificar el n¨²mero desde el que llaman, de forma que el mismo aparezca en la pantalla del terminal (es decir, que no podr¨¢n ser n¨²meros ocultos o sin posibilidad de rellamada como hasta ahora).
El dec¨¢logo tambi¨¦n recoge otras pr¨¢cticas que ya est¨¢n explicitadas de una u otra forma en la normativa legal, como que las compa?¨ªas deben tener procedimientos que garanticen que no se contactar¨¢ con los consumidores incluidos en listas en las que se exprese el deseo de no recibir este tipo de llamadas o publicidad, y que se comprometen a no utilizar medios enga?osos ni desleales para la competencia, para obtener del consumidor datos o contestaciones que pudieran interpretarse como una aceptaci¨®n al cambio de operadora.
Se trata de un c¨®digo de buenas pr¨¢cticas, es decir, que no son de obligado cumplimiento al ser un acuerdo privado y voluntario entre partes. En realidad, esta autorregulaci¨®n viene a completar la Ley de Competencia Desleal y Publicidad, que regula, entre otros aspectos, el spam publicitario por tel¨¦fono, fax e Internet. Esta norma, que entr¨® en vigor el pasado 1 de marzo, ya limita las llamadas comerciales, con medidas como la creaci¨®n de una lista ¨²nica de usuarios que no desean recibir publicidad.
La normativa, que prev¨¦ multas de hasta 600.000 euros, no se est¨¢ cumpliendo de forma estricta a juzgar por el n¨²mero de quejas de los usuarios. Tal vez por este car¨¢cter voluntario, las asociaciones de consumidores como Ceaccu y Facua han recibido con escepticismo y tibieza esta autorregulaci¨®n, ya que opinan que no ser¨¢ eficaz.
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