La Audiencia inhabilita nueve a?os a la alcaldesa de Zamudio por prevaricaci¨®n
La alcaldesa de Zamudio, la peneuvista Sorkunde Aiarza, no podr¨¢ presentarse a las elecciones municipales del pr¨®ximo mes de mayo, en las que su partido ya hab¨ªa decidido que optase a la reelecci¨®n. La Audiencia de Vizcaya ha ratificado en su integridad el fallo dictado el 31 de mayo pasado por un juzgado de Bilbao, que le conden¨® a nueve a?os de inhabilitaci¨®n por un delito de prevaricaci¨®n (adoptar una decisi¨®n injusta a sabiendas). Aiarza estaba acusada de "m¨²ltiples irregularidades" al ordenar el derribo de una obra de un vecino.
La inhabilitaci¨®n se refiere a cargos p¨²blicos en "corporaciones locales u otro an¨¢logo", lo que afectar¨ªa tambi¨¦n a las Juntas Generales de Vizcaya. El PNV le hab¨ªa incluido tambi¨¦n en su plancha electoral foral.
La sentencia de la Audiencia, fechada el pasado lunes y contra la que ya no cabe recurso ordinario, concluye que la regidora actu¨® "a sabiendas de su manifiesta ilegalidad" y de "forma arbitraria".
El caso se remonta a octubre de 2006, cuando el due?o de una finca de Zamudio pidi¨® una licencia municipal para unas obras de delimitaci¨®n de sus terrenos. Ante la falta de respuesta municipal y ampar¨¢ndose en el silencio administrativo positivo, acometi¨® los trabajos en mayo de 2007. Nada m¨¢s ejecutarlos, Aiarza orden¨® por decreto que los retirara en cinco d¨ªas. Sin transcurrir ese periodo, convoc¨® una comisi¨®n y acord¨® la demolici¨®n, pese a que hab¨ªa sido advertida tanto por una funcionaria como por la Ertzaintza de que el afectado hab¨ªa interpuesto una denuncia en el juzgado.
La Audiencia explica que, entre otras infracciones, figura el derribo sin contar con informes jur¨ªdicos y t¨¦cnicos, as¨ª como hacer caso omiso de dicha denuncia. "Era su ¨²ltima oportunidad para reflexionar", apunta el tribunal, pero Aiarza la "despreci¨®". "Lo razonable era esperar a la decisi¨®n del juzgado", a?ade. El fallo le condena tambi¨¦n a indemnizar al vecino con 2.000 euros y rechaza los argumentos de la defensa de que se ocupaba suelo p¨²blico, porque, en ese caso, el consistorio no habr¨ªa exigido "la regulizaci¨®n de la falta de licencia".
La Audiencia tambi¨¦n desestima que se trate de un asunto menor, ya que el vecino "tiene derecho a demandar que la actuaci¨®n se ajuste a la legalidad vigente".
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