Zapatero declarar¨¢ el "estado de alarma" si la crisis a¨¦rea contin¨²a
El Gobierno decretar¨¢ esta figura constitucional si los controladores no ceden - Rubalcaba avisa que los controladores se arriesgan a graves penas de c¨¢rcel
El presidente del Gobierno, Jos¨¦ Luis Rodr¨ªguez Zapatero, ha convocado para las 9.00 de la ma?ana de hoy una reuni¨®n extraordinaria del Consejo de Ministros de car¨¢cter extraordinario para declarar el estado de alarma si la situaci¨®n del control a¨¦reo "no se normaliza completamente". En ese caso, se movilizar¨¢ a todos los controladores y aquellos que no acudan a su puesto de trabajo ser¨¢n puestos a disposici¨®n judicial y se arriesgan a "penas graves de prisi¨®n", seg¨²n se?al¨® el vicepresidente primero del Gobierno, Alfredo P¨¦rez Rubalcaba, pasadas las dos de esta madrugada.
La Constituci¨®n prev¨¦ los estados de alarma, excepci¨®n y sitio en su art¨ªculo 116, desarrollado por una ley org¨¢nica de 1981 que nunca ha sido aplicada.
La Fiscal¨ªa abre diligencias para investigar si hay posibles delitos
El estado de alarma puede declararse por un m¨¢ximo de 15 d¨ªas y la ley permite al Ejecutivo tomar medidas de gran calado en el decreto, como la limitaci¨®n de la circulaci¨®n de personas, la requisa de bienes, la ocupaci¨®n de industrias o el racionamiento del consumo. Pero en este caso es probable que se limite a la imposici¨®n de "prestaciones personales obligatorias" dirigidas a los controladores.
Si incumpliesen esas prestaciones personales, que en realidad consistir¨ªan en su movilizaci¨®n para efectuar su trabajo, se arriesgar¨ªan a penas de prisi¨®n, de acuerdo con la ley.
Fuentes del Ejecutivo llegaron a afirmar ya durante la tarde que al militarizar el control a¨¦reo, los controladores que no obedezcan podr¨ªan incurrir en delito de sedici¨®n. La Fiscal¨ªa de Madrid precis¨® que ha abierto diligencias por si pudiera estarse cometiendo un delito de sedici¨®n contra el tr¨¢fico a¨¦reo que castiga con penas de hasta ocho a?os a los "empleados de aeropuertos que, en n¨²mero suficiente para perturbar el servicio, abandonen colectivamente sus funciones en la aeronave o el aeropuerto, en actitud de protesta, desobediencia coactiva o represalia" con la intenci¨®n de interrumpir la navegaci¨®n, seg¨²n la ley penal y procesal de la Navegaci¨®n A¨¦rea.
Adem¨¢s, las normas aprobadas ayer por el Consejo de Ministros imponen un severo r¨¦gimen de sanciones a los controladores que no se sometan al mando militar, una vez decretada la militarizaci¨®n el tr¨¢fico a¨¦reo. La ley permite tambi¨¦n exigirles indemnizaciones multimillonarias en concepto de responsabilidad civil.
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