La Xunta intent¨® derribar la casa de una ex conselleira del PSOE sin sentencia firme
La Conseller¨ªa de Medio Ambiente deber¨¢ esperar para derribar la casa en Vilaboa (Pontevendra) de la diputada socialista y ex conselleira del bipartito Carmen Gallego, despu¨¦s de que el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) se lo ordenase en un acuerdo firmado el pasado d¨ªa 21. La raz¨®n es que, en contra de la interpretaci¨®n legal que hizo el departamento de Agust¨ªn Hern¨¢ndez, el Tribunal Supremo no avala el derribo de la vivienda ni ha declarado firme la sentencia del tribunal con sede en A Coru?a.
El TSXG precisa en su auto que "est¨¢ pendiente de resoluci¨®n en el Tribunal Supremo un incidente de nulidad de actuaciones" promovido por los afectados, por lo que ordena a la Xunta que "no debe llevar a cabo las labores materiales de demolici¨®n de la vivienda" hasta que no se resuelva dicho incidente. El tribunal s¨ª autoriza a Medio Ambiente a realizar trabajos preparatorios de esa demolici¨®n, como la elaboraci¨®n del correspondiente proyecto.
La resoluci¨®n del tribunal gallego da la raz¨®n a la diputada y a su ex marido frente a la conseller¨ªa. El departamento de Hern¨¢ndez interpretaba que un auto del Tribunal Supremo del pasado 8 de octubre era firme, por lo que orden¨® la demolici¨®n, en tanto que los afectados subrayaban que cab¨ªa recurso, como as¨ª confirma ahora el Tribunal Superior de Xustiza. En aquel auto, el Supremo inadmit¨ªa un recurso de los afectados sin entrar en el fondo del asunto, porque la cuant¨ªa en juego no alcanzaba el l¨ªmite legal de 150.000 euros.
Gallego consider¨® la decisi¨®n judicial la "demostraci¨®n palpable de una persecuci¨®n pol¨ªtica". "El tribunal de justicia le est¨¢ diciendo a la Xunta que se ha pasado de frenada, porque quer¨ªa efectuar el derribo sin una sentencia firme", acus¨® la actual portavoz socialista de Medio Ambiente en el Parlamento. El fondo del asunto consiste en si la vivienda est¨¢ en un n¨²cleo rural tradicional, igual que otras 80 casas de la zona no denunciadas, en cuyo caso no incurrir¨ªa en ilegalidad por estar a menos de 100 metros del mar.
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