Decisi¨®n cuestionable
Fabra se libra de cuatro delitos por una laxa interpretaci¨®n de la doctrina sobre prescripci¨®n
Al acusado de graves delitos puede resultarle indiferente verse libre de cargos porque hayan prescrito o por haber sido absuelto. No es lo mismo. La prescripci¨®n acarrea el archivo de la causa pero no impide que los hechos denunciados sucedieran. Solo la absoluci¨®n, tras un juicio contradictorio y con garant¨ªas, supone una declaraci¨®n de inocencia en toda regla. Sorprende, por ello, que el Partido Popular exulte de gozo ante el archivo, por razones de prescripci¨®n, del grueso de la causa por fraude fiscal, tr¨¢fico de influencias y cohecho seguida al presidente de la Diputaci¨®n de Castell¨®n y l¨ªder del partido en la provincia, Carlos Fabra, y no ponga tacha alguna, moral o pol¨ªtica, a su posible candidatura en las pr¨®ximas elecciones.
La argumentaci¨®n que emplea la Audiencia de Castell¨®n para declarar prescritos cuatro de los cinco delitos fiscales imputados a Fabra -los relativos a los ejercicios econ¨®micos de 2000 a 2003- resulta cuando menos pol¨¦mica. Niega que su autorizaci¨®n para investigar hace cinco a?os la evoluci¨®n del patrimonio de Fabra en esos ejercicios interrumpiera el plazo de prescripci¨®n de los delitos detectados. Y ello a pesar de que esa investigaci¨®n descubri¨® que Fabra ingres¨® en ese tiempo hasta 5,3 millones de euros sin justificar a cambio de presuntos favores realizados desde la Diputaci¨®n que preside. La vigente doctrina sobre la prescripci¨®n del delito, dise?ada por el Tribunal Constitucional en el caso de los Albertos, estableci¨® la necesidad de que medie un acto judicial sobre la denuncia presentada para detener el plazo de la prescripci¨®n. Al negar a su propia decisi¨®n capacidad para interrumpir ese plazo, la Audiencia de Castell¨®n hace una interpretaci¨®n manifiestamente laxa de esa doctrina: a favor del presunto defraudador, cuya actuaci¨®n queda impune, y en contra de los intereses de la Hacienda P¨²blica.
Solo queda en pie la denuncia originaria por fraude, tr¨¢fico de influencias y cohecho correspondiente a 1999. Sorprende todav¨ªa m¨¢s, por ello, que se archiven actuaciones judiciales -las de los ejercicios 2000 a 2003- cuya relaci¨®n con la denuncia originaria es evidente: se trata de delitos conexos, con un ¨²nico prop¨®sito delictivo, y que justifican una respuesta judicial conjunta. Al disgregarlos y archivar la mayor parte de ellos por prescripci¨®n, la Audiencia de Castell¨®n da al traste con una laboriosa y accidentada instrucci¨®n sumarial de seis a?os y acrecienta la sensaci¨®n de impunidad frente a la corrupci¨®n.
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