Regalo envenenado para la SGAE
El Constitucional hace repetir un juicio que la sociedad perdi¨® por mala aplicaci¨®n del canon digital - Los jueces deber¨¢n contemplar ahora la nueva normativa de la UE
La sentencia europea contra la aplicaci¨®n indiscriminada del canon digital ya ha llegado a los tribunales espa?oles. Ayer se conoci¨® que el Tribunal Constitucional ha ordenado la incorporaci¨®n del fallo europeo al marco jur¨ªdico espa?ol. A la vez, el Tribunal de Luxemburgo ratific¨® su sentencia del pasado 21 de octubre ante una nueva cuesti¨®n prejudicial planteada por un juzgado de Tenerife.
Ambas decisiones planear¨¢n en las negociaciones para fijar las nuevas tarifas del canon que mantienen -con dos a?os de retraso- la patronal tecnol¨®gica Ametic y las entidades de gesti¨®n, deudores y acreedores de la compensaci¨®n por copia privada, respectivamente. La pr¨®xima cita es el martes en la sede del Ministerio de Cultura.
La Uni¨®n Europea ratifica su sentencia contra el gravamen "indiscriminado"
La sentencia del Constitucional es un regalo envenenado para la SGAE. Por un lado, obliga a repetir un juicio que la sociedad perdi¨® en 2005, pero en su nuevo fallo el magistrado deber¨¢ tener en cuenta "las normas del ordenamiento interno, incluyendo el Derecho comunitario aplicable. Esto se refiere directamente a la sentencia del Tribunal de Justicia de la Uni¨®n Europea emitida el 21 de octubre de 2010, que denunciaba la forma "indiscriminada" en que el canon por copia privada ha sido aplicado a veces en Espa?a a las empresas y a los profesionales.
Fue hace ya m¨¢s de cinco a?os cuando un juez de Alcal¨¢ de Henares consider¨® que los soportes digitales no deb¨ªan estar sometidos a la compensaci¨®n si no se probaba que solo estaban destinados a la copia privada de material protegido. El magistrado oblig¨® a devolver 1,72 euros al demandante, el inform¨¢tico Reynaldo Cordero.
La SGAE present¨® recurso de amparo ante el Constitucional porque consideraba que se hab¨ªa vulnerado su derecho a defenderse en una causa por la que ten¨ªa "inter¨¦s leg¨ªtimo" en su condici¨®n de entidad recaudadora de la compensaci¨®n, prevista en el art¨ªculo 25 de la Ley de Propiedad Intelectual (LPI).
Es la segunda vez que el Constitucional ordena la repetici¨®n de un juicio sobre el canon digital. En octubre de 2006, la Audiencia de M¨¢laga ya sentenci¨® que grabar un juicio en CD no estaba sujeto al pago. El demandante, el arquitecto malague?o Eduardo Serrano, argument¨® que ese disco iba a ser empleado para grabar el acta de ese mismo juicio y no almacenar¨ªa ninguna obra sujeta a copyright.
Ayer, a su vez, se daba a conocer que el Tribunal de Justicia de la Uni¨®n Europea (TJUE) ratificaba la sentencia contra el canon del pasado octubre. En un auto fechado el 30 de noviembre, el presidente del TJUE explica que solicit¨® al juzgado de lo mercantil n¨²mero 1 de Tenerife, que hab¨ªa planteado tres cuestiones prejudiciales, si "a la vista de la sentencia deseaba mantenerlas". El juzgado canario contest¨® que las retiraba y, en consecuencia, Luxemburgo archiv¨® la causa que enfrenta a los productores audiovisuales (EGEDA ) y a la empresa Magnatrading. Ahora, el juzgado tinerfe?o deber¨¢ emitir la sentencia sobre este caso, al igual que se espera el fallo de la Audiencia de Barcelona sobre el asunto SGAE / Padawan.
La justicia europea dictamin¨® que Espa?a aplicaba el canon de forma indiscriminada, un abuso que incumpl¨ªa la directiva europea sobre los derechos de autor porque lo pagan las personas f¨ªsicas (consumidores) y las jur¨ªdicas (empresas, aut¨®nomos, administraciones...) cuando los productos que estos ¨²ltimos adquieren est¨¢n "manifiestamente reservados" a otros usos, y no a la copia privada.
La clave de la sentencia, que afecta a 20 pa¨ªses comunitarios, est¨¢ en las excepciones al canon. De momento, el Gobierno todav¨ªa no ha fijado excepci¨®n alguna en la l¨ªnea de la sentencia mediante real decreto como fija la LPI.
La reuni¨®n del martes en Cultura entre las entidades de gesti¨®n y la patronal tecnol¨®gica tendr¨¢ como objetivo comenzar a pactar las nuevas tarifas sobre los aparatos y soportes sujetos a la compensaci¨®n por copia privada. La LPI les da un plazo de cuatro meses para conseguirlo y, como ya ocurri¨® en 2007, si no son capaces de pactar, ser¨¢n Industria y Cultura quienes lo fijen mediante una orden ministerial conjunta. Fuentes de la patronal aseguran que las excepciones al canon no forman parte de la agenda, pero que inevitablemente la sentencia planear¨¢ sobre ella.
Babelia
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