El Supremo condena a Sanidad a pagar 200.000 euros a una paciente
La mujer qued¨® inv¨¢lida en 2008 tras someterse a una operaci¨®n de hernia
![F. Javier Barroso](https://imagenes.elpais.com/resizer/v2/https%3A%2F%2Fs3.amazonaws.com%2Farc-authors%2Fprisa%2F0cf5fb59-eab8-46c8-bcca-f112a1a7846c.png?auth=a4a5a56abc078449e8165721b2b449479e5bd0384d1cd2f70900262c80af7937&width=100&height=100&smart=true)
Mar¨ªa Teresa P¨¦rez G¨®mez, de 56 a?os, recibir¨¢ 200.000 euros de la Consejer¨ªa de Sanidad. As¨ª lo ha ordenado la Secci¨®n Sexta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, tras considerar probado que la paciente qued¨® inv¨¢lida permanente tras someterse a una operaci¨®n de hernia umbilical en el hospital Puerta de Hierro en mayo de 2000. El fallo de este tribunal anula la resoluci¨®n previa del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), que daba la raz¨®n al Gobierno regional.
La demanda por mala actuaci¨®n profesional de los m¨¦dicos fue defendida por el abogado Rafael Mart¨ªn Bueno y por la Asociaci¨®n de V¨ªctimas de Negligencias Sanitarias (Avinesa). El letrado mantuvo que los profesionales no supieron atajar la grave infecci¨®n que sufri¨® la paciente tras la intervenci¨®n quir¨²rgica.
El fallo del alto tribunal anula una sentencia anterior del TSJM
La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Juan Carlos Trillo Alonso, recoge que Mar¨ªa Teresa P¨¦rez fue intervenida de una hernia umbilical gigante. Fue dada de alta dos d¨ªas despu¨¦s. El 22 de mayo la paciente tuvo que acudir al servicio de urgencias al sufrir un fuerte dolor abdominal y sangrar la herida, adem¨¢s de presentar mal olor en esta lesi¨®n, malestar general y fiebre. Tras lavarle la herida, le dieron el alta y le prescribieron antibi¨®ticos y que fuera a ver a su cirujano a los tres d¨ªas. El especialista la recibi¨® el 25 de mayo y detect¨® que ten¨ªa fiebre (39 grados). En los siguientes d¨ªas y tras ingresar varias veces en el hospital, fue intervenida de nuevo hasta en tres ocasiones. Presentaba una infecci¨®n generalizada, taquicardias y tensi¨®n baja, adem¨¢s de una fuerte depresi¨®n. La enferma no recibi¨® el alta hasta el 10 de enero de 2001, pese a lo cual tuvo que seguir tratamiento rehabilitador hasta el 29 de junio de 2006.
En mayo de 2002, un juzgado de lo Social de Madrid declar¨® a Mar¨ªa Teresa P¨¦rez como inv¨¢lida permanente total, lo que le daba derecho a percibir una pensi¨®n de 542,54 euros (el 75% de la base reguladora).
El Tribunal Supremo rechaza los argumentos del TSJM y mantiene que los servicios sanitarios deben ejecutar "correctamente y a tiempo" las t¨¦cnicas vigentes en funci¨®n del conocimiento de la pr¨¢ctica diaria. Los magistrados particularizan en el caso de Mar¨ªa Teresa P¨¦rez: "A la vista de los antecedentes expuestos, mal puede sostenerse razonablemente que los servicios sanitarios prestados a la recurrente los d¨ªas 22 y 25 de mayo de 2000 se ajustaran a lo que puede considerarse como t¨¦cnicamente correcto". "Existe una relaci¨®n de causalidad entre ese incorrecto tratamiento y los padecimientos sufridos por la recurrente, en atenci¨®n al informe pericial judicial. Un diagn¨®stico precoz y un tratamiento m¨¦dico quir¨²rgico eficaz podr¨ªan haber evitado o minimizado el da?o y las severas complicaciones que sufre la paciente", concluyen los jueces del Supremo.
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