Tr¨¢fico defiende la legalidad del cambio frente a las dudas del PP
"Las sanciones se imponen por atentar contra la seguridad vial, pero [el objetivo de la rebaja del l¨ªmite de velocidad] es reducir el consumo energ¨¦tico. No est¨¢ claro que tenga buena cobertura jur¨ªdica". La secretaria general del PP, Mar¨ªa Dolores de Cospedal, sembraba dudas sobre el cambio normativo aprobado el viernes por el Consejo de Ministros y que entr¨® ayer en vigor. A partir de las seis de la ma?ana, y en principio hasta el 30 de junio, el m¨¢ximo en autopistas y autov¨ªas bajaba de los 120 a los 110 kil¨®metros por hora para turismos y motocicletas. El Real Decreto 303/2011 modific¨® el Reglamento General de Circulaci¨®n en lo que se refiere a este l¨ªmite, y la Ley sobre Tr¨¢fico para dejar al margen del cambio el carn¨¦ de puntos.
El decreto se motiva: "Razones diferentes a las relacionadas con la siniestralidad pueden exigir el establecimiento de determinados l¨ªmites de velocidad que permitan conseguir objetivos en otros ¨¢mbitos o ¨¢reas no relacionados con la seguridad vial. Es el caso de la reducci¨®n del consumo de energ¨ªa".
Interpretaci¨®n torticera
As¨ª, el objetivo no es reducir los accidentes sino el gasto de combustible. Las dudas del PP se explican por este motivo, y por este motivo la empresa Dvuelta (especializada en recurrir sanciones de tr¨¢fico) present¨® ayer un recurso ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo, solicitando adem¨¢s la suspensi¨®n cautelar de la medida. Adem¨¢s, la empresa puntualiza que los l¨ªmites podr¨ªan haberse modificado en funci¨®n de la Ley de Hidrocarburos, pero para ello deber¨ªa haberse esgrimido un escasez de suministro, "circunstancia que no se ha producido ni ha sido invocada".
En opini¨®n de la Direcci¨®n General de Tr¨¢fico, el recurso solo busca "llamar la atenci¨®n" con "una interpretaci¨®n torticera" de la ley. Seg¨²n explica Ram¨®n Ledesma, subdirector de Normativa del organismo, el cambio normativo es "absolutamente legal" y cuenta con el aval del Consejo de Estado. "La ley no entra a valorar los motivos por los que se establecen los l¨ªmites de velocidad", asegura. Y a?ade: "Si no, el conductor tendr¨ªa que preguntarse por las razones de cada se?al y las consecuencias de incumplir la norma dependiendo de los motivos de esta". Ledesma pone como ejemplo la rebaja de velocidad en carreteras catalanas, en vigor hasta hace semanas, por motivos, entre otros, medioambientales.
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