La Sala del 61 siempre ha fallado por unanimidad contra los 'abertzales'
Los alineamientos ideol¨®gicos no influyen en las votaciones de la ley de partidos
La Sala Especial del art¨ªculo 61, encargada de la aplicaci¨®n de la Ley de Partidos Pol¨ªticos, y m¨¢s espec¨ªficamente de los intentos de la izquierda abertzale radical por presentarse a todas las elecciones desde la ilegalizaci¨®n de Batasuna, no funciona por las mismas pulsiones que las dem¨¢s salas, donde, seg¨²n que temas, es m¨¢s n¨ªtido el debate entre conservadores y progresistas. Hasta ahora, ninguna de las sentencias contrarias a las distintas formaciones, nuevos partidos, agrupaciones de electores o listas de abertzales empotrados en partidos legales ha tenido votos particulares de magistrados disidentes. Todas se han acordado por unanimidad. En general, puede decirse que la Sala Especial, en cuanto toca a la ley de partidos, y m¨¢s concretamente a las formaciones herederas de Batasuna, no vota por bloques ideol¨®gicos.
La mayor¨ªa ha resuelto con mano izquierda las posiciones extremas
Eso no quiere decir que no haya habido debates, incluso disidencias que, sin embargo, luego no se han plasmado en votos discrepantes expl¨ªcitos. El caso m¨¢s sonado de esas discrepancias en la Sala Especial se registr¨® en mayo de 2009, en la votaci¨®n sobre la lista de los candidatos de Iniciativa Internacionalista-La solidaridad entre los Pueblos (II-SP) a las elecciones europeas, lista que encabezaban el dramaturgo Alfonso Sastre y la abogada Doris Benegas. Cinco magistrados de la Sala Especial -el ponente Jos¨¦ Luis Calvo y cuatro de los magistrados m¨¢s modernos- se pronunciaron a favor de la admisi¨®n de la lista.
Pero no puede decirse que fuese una votaci¨®n ideol¨®gica: seis progresistas, entre ellos algunos tan reconocidos como Juan Antonio Xiol, Gonzalo Moliner, Fernando Ledesma o Encarnaci¨®n Roca, votaron junto a conservadores tan decantados como ?ngel Calder¨®n o Juan Saavedra, en contra de admitir la lista de Sastre. En total, 11 votos a cinco, en contra de la admisi¨®n. Se acord¨® que el auto no contuviera votos disidentes, por lo que oficialmente fue una decisi¨®n un¨¢nime.
En alg¨²n otro caso, las posiciones extremas se han resuelto con mano izquierda por parte de la mayor¨ªa. As¨ª sucedi¨® cuando, en el debate sobre la inscripci¨®n de ASB (Abertzale Sozialisten Batasuna) en mayo de 2007, el magistrado conservador Manuel Marchena, que acaba de acceder al Supremo, plante¨® la inadmisi¨®n de las demandas del Gobierno y de la Fiscal¨ªa por una cuesti¨®n de forma. Aquel momento se super¨® sobre la marcha, dando un tr¨¢mite de audiencia a los demandantes. Tras reanudarse la deliberaci¨®n, un grupo de conservadores entre los que estaban Marchena, el presidente del Supremo Francisco Hernando y ?ngel Calder¨®n, intentaron ilegalizar, "de oficio", al partido Acci¨®n Nacionalista Vasca (ANV). La mayor¨ªa se impuso y el debate sobre la ilegalizaci¨®n no prosper¨®.
Las demandas contra Sortu tienen una dificultad objetiva de prueba, aunque el Gobierno conf¨ªa en poder demostrar que, pese a su "rechazo" del terrorismo, son los herederos de Batasuna. A eso se contrae la cuesti¨®n: si son o no son, y si se puede probar suficientemente.
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