Una nueva sentencia anula varios tramos m¨¢s de la M-30
Las sentencias que anulan las obras de la M-30 se acumulan en los despachos del Ayuntamiento de Madrid. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha hecho p¨²blica otra que anula varios tramos de la gran obra del alcalde Alberto Ruiz-Gallard¨®n en la pasada legislatura. La semana pasada se conoci¨® una sentencia m¨¢s en el mismo sentido.
La conocida ayer responde a un recurso del Partido Socialista contra las obras de la M-30. Los argumentos que manejan los jueces son id¨¦nticos a los que expusieron en la otra sentencia que anulaba tramos de la carretera: el Consistorio deber¨ªa haber sometido las obras de la M-30 a un estudio de impacto medioambiental previo, algo que solo realiz¨® con posterioridad al inicio del proyecto y a instancias de una advertencia de la Comisi¨®n Europea.
El efecto pr¨¢ctico de estas nueva sentencia, que anula varios tramos de la M-30, es el mismo que el de la anterior: ninguno. La autov¨ªa (que el Ayuntamiento considera una calle) se queda como est¨¢ y, por supuesto, no se demoler¨¢. En cualquier caso, es sintom¨¢tico que ya existan dos fallos contra las obras de la M-30 del TSJM que, adem¨¢s, no son recurribles.
Estudio de impacto
El candidato socialista a la alcald¨ªa de Madrid, Jaime Lissavetzky, se comprometi¨® ayer a realizar un estudio de impacto ambiental como exige la Uni¨®n Europea si gana las elecciones, y reiter¨® que los fallos judiciales "vuelven a sacarle los colores al alcalde por esta obra", informa Europa Press.
La postura de Gallard¨®n, sin embargo, es diametralmente opuesta. A pesar de que los fallos anulan claramente muchos de los tramos de la M-30, el alcalde dijo el pasado jueves que la sentencia conocida entonces, que maneja los mismos argumentos que la hecha p¨²blica ayer, "sustancialmente" da la raz¨®n al Ayuntamiento de Madrid, ya que los jueces afirman que el proyecto de la M-30 no infringe el Plan General de Ordenaci¨®n Urbana de Madrid, y que la omisi¨®n de la previa evaluaci¨®n medioambiental "supone una infracci¨®n del ordenamiento jur¨ªdico, pero no alcanza el grado de nulidad de pleno derecho, sino de anulaci¨®n susceptible de convalidaci¨®n". Y, seg¨²n Gallard¨®n, el Ayuntamiento ya ha realizado esa convalidaci¨®n de acuerdo con la Uni¨®n Europea.
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