Una resoluci¨®n con dos ambig¨¹edades
La resoluci¨®n 1973 del Consejo de Seguridad ha dado origen a cr¨ªticas. Algunas provenientes de pol¨ªticos que conocen perfectamente los entresijos de la toma de decisiones de lo que es para unos el club m¨¢s exclusivo del planeta, para otros el pin¨¢culo de la oligarqu¨ªa mundial. Para todos el ¨²nico ¨®rgano de Naciones Unidas competente para pronunciarse con fuerza de ley en materias de paz y seguridad. El n¨²mero de sus miembros no ha variado. Desde hace m¨¢s de 20 a?os han fracasado todos los proyectos para ampliarlo.
Pocas son las resoluciones que se adoptan sin forcejeos, a veces al m¨¢s elevado nivel pol¨ªtico. Sobre todo las del cap¨ªtulo VII. En un tenso proceso de negociaci¨®n sobre sucesivos borradores, tanto en Nueva York como en las capitales, se hilvanan las diferentes posiciones, intereses, percepciones y desiderata. Este proceso no discurre en total oscuridad. De sus altos y bajos se enteran otros Estados. En el caso de la UE con cierto lujo de detalles. El borrador final se adopta cuando ninguno de los miembros permanentes del Consejo (el n¨²cleo del n¨²cleo decisional) opone su veto. La concertaci¨®n entre ellos es mucho m¨¢s intensa que con los dem¨¢s. Disponen de una maquinaria perfectamente engrasada y probada en innumerables ocasiones que examina el alcance de todas y cada una de las palabras del proyecto de resoluci¨®n (el diablo est¨¢ en los detalles). Cuentan con asesoramiento militar propio. Otros de los no permanentes tambi¨¦n disponen de gran experiencia.
La resoluci¨®n no la vet¨® ning¨²n permanente. Las preguntas cr¨ªticas son dos: por qu¨¦ si Rusia y China hubieran estado descontentas no lo interpusieron; por qu¨¦ no votaron en contra Alemania, India o Brasil. No hubiera servido para nada si cinco de los no permanentes la hubiesen apoyado (fueron siete). De la necesidad no cabe hacer virtud. La resoluci¨®n est¨¢ ajustada a la Carta y al reglamento del Consejo, que funcion¨® en un ejemplo de libro de texto. Como cuando autoriz¨® la acci¨®n militar en Irak en 1991 (resoluci¨®n 678).
Las cr¨ªticas emitidas, entre otros, por el primer ministro ruso y el secretario general de la Liga ?rabe no responden a la realidad de los hechos. La resoluci¨®n no evita ambig¨¹edades. Algo consustancial en el procedimiento y en el tema. Un largo pre¨¢mbulo expone antecedentes y principios orientadores. La cr¨ªtica a las autoridades libias (a Gadafi) es dura. Algunos de sus comportamientos podr¨ªan considerarse cr¨ªmenes contra la humanidad. Se reafirma la soberan¨ªa, independencia, territorial integridad y unidad nacional de Libia.
Lo que cuenta es la parte dispositiva, adoptada expresamente al amparo del cap¨ªtulo VII. Su principal medida est¨¢ expresada claramente en la jerga habitual del Consejo. Es militar. El objetivo estriba en establecer una zona de exclusi¨®n a¨¦rea para proteger a la poblaci¨®n civil en ¨¢reas amenazadas por ataques de las fuerzas gubernamentales. El abanico de medidas complementarias es muy amplio: embargo de armas, prohibici¨®n de vuelos para aparatos libios, congelaci¨®n de activos financieros y recursos econ¨®micos, restricciones nominativas de viajes, etc¨¦tera.
Destacan dos ambig¨¹edades. Existe una clara referencia a la no introducci¨®n de fuerzas de ocupaci¨®n. El objetivo pol¨ªtico ¨²ltimo no se identifica con precisi¨®n. De aqu¨ª surgen dos interrogantes. El primero es esencial. ?Permite derrumbar al r¨¦gimen de Gadafi? El segundo instrumental: ?excluye la introducci¨®n de fuerzas de tierra que no sean de ocupaci¨®n? El Consejo, es decir, los 15 Estados que lo componen, supervisar¨¢ las acciones de las autoridades libias y la revisi¨®n de las medidas.
No se trata de un cheque en blanco. No puede serlo. Ahora bien, aunque el Consejo es soberano tambi¨¦n est¨¢ condicionado por su propia resoluci¨®n. Sobre la revisi¨®n incidir¨¢ la evoluci¨®n en el teatro. ?Continuar¨¢ Gadafi masacrando a su poblaci¨®n? ?Cesar¨¢ en sus ataques? ?En qu¨¦ medida es compatible la integridad territorial libia con el r¨¦gimen? ?Qui¨¦nes patrocinar¨¢n y qui¨¦nes apoyar¨¢n una modificaci¨®n sustancial de lo decidido? La pol¨ªtica dar¨¢ las respuestas. Estamos en una situaci¨®n clausewitziana. ?Y Espa?a? Ha actuado acorde con la legalidad internacional. Lo hizo en 1990-1991. No en 2003.
?ngel Vi?as es catedr¨¢tico de la Universidad Complutense de Madrid y exembajador de la UE ante la ONU.
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.