L¨ªmites a los derechos de los militares
La supresi¨®n del arresto para las faltas leves, que son el 90% de las que se cometen en los cuarteles, y la introducci¨®n de una nueva sanci¨®n econ¨®mica (de hasta 10 d¨ªas en las faltas leves; 20, en las graves; y un a?o en las muy graves) constituyen las principales novedades del c¨®digo disciplinario militar. Pero tambi¨¦n acota el alcance de la Ley de Derechos y Deberes de los miembros de las Fuerzas Armadas, actualmente a tr¨¢mite en el Senado.
Sobre la libertad de expresi¨®n, el texto es muy restrictivo. Califica de falta grave "expresar p¨²blicamente opiniones que, relacionadas estrictamente con el servicio, no se ajusten a los l¨ªmites derivados de la disciplina". Tambi¨¦n "hacer peticiones, reclamaciones o quejas a trav¨¦s de los medios de comunicaci¨®n"; as¨ª como "no guardar la debida discreci¨®n" sobre datos que se conozcan por el cargo o funci¨®n, incluso si no est¨¢n clasificados. Adem¨¢s, tipifica como falta grave participar en reuniones no autorizadas en unidades militares; participar o acudir de uniforme a reuniones o manifestaciones de car¨¢cter pol¨ªtico o sindical; promover o participar en acciones de negociaci¨®n colectiva o huelgas; y afiliarse a partidos o sindicatos, y participar en sus actividades.
"El inexacto cumplimiento de la normativa sobre el derecho de asociaci¨®n de los militares" se castigar¨¢ como falta leve, mientras que puede ser expulsado el militar que vulnere "reiteradamente los deberes de neutralidad pol¨ªtica o sindical, o las limitaciones en el ejercicio de las libertades de expresi¨®n o informaci¨®n, o de los derechos de reuni¨®n y manifestaci¨®n".
Por el contrario, la expulsi¨®n del militar condenado a prisi¨®n por delito doloso o a m¨¢s de un a?o de c¨¢rcel por delito imprudente ya no ser¨¢ autom¨¢tica, sino solo cuando afecte al servicio o a la imagen de las Fuerzas Armadas.
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